BOLETÍN Nº 210 - 23 de octubre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SUNBILLA

Aprobación definitiva de aplicación de contribuciones especiales para financiación de obras en la calle Ramón Latasa

El pleno del Ayuntamiento de Sunbilla, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2019, aprobó inicialmente el expediente de aplicación de contribuciones especiales para las obras de “Redes de Abastecimiento, Saneamiento y Pluviales de la calle Ramón Latasa de Sunbilla”.

Sometido dicho acuerdo a exposición pública durante treinta días hábiles mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de Navarra número 153, de 7 de agosto de 2019 y notificación individual a los afectados, se ha presentado una alegación.

En sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2019, el pleno del Ayuntamiento de Sunbilla ha adoptado por mayoría absoluta el acuerdo de resolución de alegaciones y aprobación definitiva de la Ordenación e Imposición de estas contribuciones especiales, publicándose a continuación el texto del acuerdo para la producción de efectos jurídicos.

Asimismo se notificará a los sujetos pasivos las cuotas individuales provisionales que correspondan.

Contribuciones especiales. Redes y pavimentación calle Ramón Latasa.

El pleno del Ayuntamiento de Sunbilla, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2019, se aprobó por unanimidad el siguiente acuerdo:

Primero.–Aprobar inicialmente el expediente de imposición de contribuciones especiales para la renovación de las redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales, y pavimentación de Ramón Latasa karrika, Sunbilla.

Segundo.–Aprobar inicialmente el acuerdo de ordenación concreto de contribuciones especiales con el contenido siguiente:

a) Sujetos Pasivos.

Todos los propietarios de parcelas a las que sirven la renovación de redes y pavimentación de la calle Ramón Latasa karrika.

b) Base Imponible.

En el caso de la renovación de redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales, el 20% del coste de las obras, incluidos los honorarios de proyecto y dirección y trabajos periciales, descontada la subvención y el IVA correspondiente al proyecto de ejecución a los honorarios de la redacción del proyecto y la dirección de obra, que supone 4.635,13 euros a sufragar por los vecinos.

En el caso de la renovación de la pavimentación, el 20% del coste de las obras, incluidos los honorarios de proyecto y dirección y trabajos periciales, descontada la subvención, que supone 2.634,15 euros a sufragar por los vecinos.

El importe soportado por el Ayuntamiento son los 44.763,20 euros restantes.

Esta cantidad se fija de conformidad con el artículo 112.3 de la Ley Foral de Haciendas Locales con el carácter de mera previsión y será objeto en su caso de la oportuna rectificación una vez terminadas las obras y conocido el coste real de las mismas.

c) Módulos de reparto.

Renovación de redes:

–1/3 del presupuesto (1.545,04 euros) en proporción a los metros lineales de límite de la parcela con la calle.

–1/3 del presupuesto (1.545,04 euros) en proporción al valor catastral de la parcela.

–1/3 del presupuesto (1.545,04 euros) en proporción a la superficie de la parcela.

Renovación de la pavimentación:

–1/3 del presupuesto (878,05 euros) en proporción a los metros lineales de límite de la parcela con la calle.

–1/3 del presupuesto (878,05 euros) en proporción al valor catastral de la parcela.

–1/3 del presupuesto (878,05 euros) en proporción a la superficie de la parcela.

d) Cuotas singulares.

Las cuotas individuales resultado de aplicar los módulos de reparto se encuentran en el expediente.

e) Forma de pago.

Efectivo en el ejercicio económico en que finalice la obra o aplazado según solicitud del sujeto pasivo, y siempre que la cuota supere los 520 euros.

El resto de la cuota se podrá fraccionar hasta un máximo de 2 años, abonando cada año la cantidad mínima de 520 euros sin intereses.

f) Disposiciones aplicables.

Para todo lo relativo al cobro, recaudación y lo no previsto expresamente en este acuerdo, será de aplicación la Ordenanza de las Contribuciones Especiales, la Ordenanza Fiscal General y la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Tercero.–Aprobar la relación de contribuyentes, así como las cuotas individuales resultantes de aplicar a la Base imponible los módulos de reparto en relación concreta de cada una de las fincas y propietarios afectados, y según resulta de las bases de reparto que se aprueban en este acuerdo y que obran en el expediente.

Asimismo, los propietarios afectados por la realización de las obras podrán constituirse en Asociaciones Administrativas de Contribuyentes.

Cuarto.–Notificar de forma individualizada a los beneficiarios de la obra las cuotas individuales que resultan de la contribución aprobada, así como el presente acuerdo.

Quinto.–Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo que se hace público advirtiendo que contra el mismo cabe interponer:

a) Recurso potestativo de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento de Sunbilla en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, o,

b) Interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en virtud del artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

c) Y con carácter potestativo, recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Sunbilla, 20 de septiembre de 2019.–La Alcaldesa-Presidenta, Amets Inda Gorriarán.

Código del anuncio: L1913155