BOLETÍN Nº 209 - 22 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 102E/2019, de 1 de octubre, del Director General de Medio Ambiente, por la que procede declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Emilio Jordan Valdizan, para transformación de varias parcelas de secano a regadío en Corraliza la Carne en Fustiñana.

Con fecha 08/04/2017 tuvo entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje el expediente señalado en el párrafo anterior.

A la vista de la documentación técnica presentada para la solicitud, se requirió al promotor, mediante escrito notificado en fecha 10 de mayo de 2017, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación.

Habiendo transcurrido ampliamente el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, de conformidad con lo con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Emilio Jordan Valdizan, para transformación de varias parcelas de secano a regadío en Corraliza la Carne en Fustiñana y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el decreto foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al interesado, al Ayuntamiento de Fustiñana, al Servicio de Medio Natural, a la Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio, al Guarderío de Medio Ambiente (Demarcación de Tudela), para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 1 de octubre de 2019.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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