BOLETÍN Nº 20 - 30 de enero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 56E/2018, de 24 de julio, del Director General de Comunicación y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza el arrendamiento de una licencia de prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad de Tafalla (F.M. 96.3).

Con fecha 31 de enero de 2018, la mercantil Agrupación Radiofónica S.A. presentó un escrito en el que solicitaba autorización para celebrar un contrato de arrendamiento de su licencia en la localidad de Tafalla y frecuencia 96.3 a favor de la Sociedad Española de Radiodifusión, S.L.U.

Con fecha 24 de mayo de 2018, las mercantiles implicadas en el negocio jurídico aportaron, dentro del plazo de subsanación concedido al efecto, el borrador del acuerdo para el que ambas partes solicitaban autorización.

El artículo 22 del Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, dispone que los negocios jurídicos sobre licencias de comunicación audiovisual se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo General de la Comunicación Audiovisual (LGCA). Esta normativa exige una cadencia de dos años desde el otorgamiento de la licencia para la celebración de negocios jurídicos, plazo ya vencido en el caso que nos ocupa. Además, está prohibido el subarriendo y tiene que cumplir la oferta mediante la cual se obtuvo la adjudicación de la licencia. La propuesta de acuerdo del arrendamiento de la licencia Agrupación Radiofónica S.A. a favor de Sociedad Española de Radiodifusión cumple estas condiciones.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 129/2015 de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

RESUELVO:

1. Autorizar el arrendamiento de licencia de prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónica de Tafalla FM 96.3 a favor de Sociedad Española de Radiodifusión, S.L.U. entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2021, prorrogable hasta el fin de la vigencia de la licencia, si así lo solicitan las partes antes del 30 de junio de 2021, inclusive, y se garantiza la continuidad del cumplimiento de los requisitos para el negocio jurídico.

2. Fijar la tasa por el arrendamiento establecido en el negocio jurídico autorizado para el primer año de vigencia de la autorización en 101,47 euros, que deberá abonarse en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha de notificación de la autorización del negocio jurídico. Y establecer la obligatoriedad para las partes de comunicar mediante Registro General Electrónico al Servicio de Comunicación antes del 30 de junio de 2019 y del 30 de junio de 2020, respectivamente, el canon anual acordado para el segundo y tercer año de vigencia del arrendamiento, a los efectos de establecer la tasa correspondiente a la segunda y tercera anualidad de esta autorización, respectivamente.

3. Establecer un plazo de un mes a contar a partir de la fecha de notificación de la autorización del negocio jurídico para que las partes presenten al Servicio de Comunicación mediante Registro General Electrónico el acuerdo autorizado debidamente suscrito y registrado. Una vez que se registre el acuerdo autorizado, se realizará de oficio la modificación oportuna en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de Navarra y se ordenará la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, una vez que alcance firmeza.

4. Notificar la presente Resolución a Agrupación Radiofónica, S.A y Sociedad Española de Radiodifusión, S.L.U., y dar traslado de la misma al Servicio de Comunicación de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Navarra; y al Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual.

5. Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados recurso de alzada ante la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 24 de julio de 2018.–El Director General de Comunicación y Relaciones Institucionales, Pello Pellejero Goñi.

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