BOLETÍN Nº 20 - 30 de enero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 53/2018, de 13 de noviembre, del Director General de Comunicación y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza la transmisión de la licencia de servicio de comunicación audiovisual de TDT local para la demarcación de Pamplona/Iruña que tiene otorgada Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A. a favor de la mercantil Nafar Ikusentzunezkoak, S.A.

Con fecha 16 de octubre de 2018, la mercantil Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A. registró una solicitud de negocio jurídico (transmisión de la licencia) a una mercantil de su propio grupo empresarial, Nafar Ikusentzutekoak, S.A, de la que la transmitente es el único accionista y aduciendo una cuestión de mejora en la organización del grupo empresarial. El objeto de la transmisión es una licencia de TDT local para la demarcación de Pamplona/Iruña (adjudicada por Orden Foral 48/2013, de 28 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales).

Según se explica en la solicitud de negocio jurídico, la sociedad a la que se propone transmitir la licencia ha sido registrada en el Registro Mercantil de Pamplona con fecha 27 de julio de 2018, dispone de un capital social de 60.200 euros y se subrogará los compromisos adquiridos por la transmitente en el concurso público por el que obtuvo la licencia.

Junto con la solicitud, se presentan, entre otros documentos, la composición accionarial y capital social de las mercantiles implicadas; el compromiso escrito que recoge expresamente la subrogación de derechos y obligaciones del titular transmitente de la licencia; y la escritura pública del negocio solicitado y registro mercantil de dicho documento.

La normativa de aplicación a esta solicitud es la siguiente: el artículo 22 del Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre Servicios de Comunicación Audiovisual en la Comunidad Foral de Navarra, y el artículo 29 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

La normativa básica audiovisual exige una cadencia de dos años desde el otorgamiento de la licencia para la celebración de negocios jurídicos, plazo ya vencido en el caso que nos ocupa. En este caso concreto, además, de acuerdo con los pliegos del concurso público por el que en 2013 la mercantil titular de esta licencia consiguió tal otorgamiento, Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A. presentó compromiso escrito de no transmitir o arrendar las licencias objeto de esta solicitud de negocio jurídico a un tercero por un plazo adicional de trece años, es decir, para todo el período estipulado para la licencia.

Sin embargo, en este caso no se puede hablar de negocios jurídicos con terceros, dado que por la documentación aportada se deduce que el negocio jurídico solicitado corresponde a una reorganización del mismo grupo societario, por lo que no opera para esta solicitud el plazo adicional de 13 años citados en el párrafo anterior.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

RESUELVO:

1.º Autorizar el cambio de titularidad de la licencia de servicio de comunicación audiovisual de TDT local para la demarcación de Pamplona/Iruña que tiene otorgada Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A. a favor de la mercantil Nafar Ikusentzunezkoak, S.A.

2.º Esta autorización comporta la subrogación de Nafar Ikusentzunezkoak, S.A. en los derechos y obligaciones del anterior titular de la licencia, Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A.

3.º Establecer el plazo de un mes a contar a partir de la fecha de notificación de la autorización del negocio jurídico para que las partes presenten al Servicio de Comunicación mediante Registro General Electrónico el acuerdo autorizado debidamente suscrito y registrado.

4.º Una vez que se registre el acuerdo autorizado, se realizará de oficio la modificación oportuna en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de Navarra y se ordenará la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, una vez que alcance firmeza.

5.º Establecer el plazo de un mes desde la notificación de la autorización del negocio solicitado de una tasa de 3.000 euros, en concepto de la licencia de TDT local correspondiente a ámbito superior a 50.000 habitantes, de acuerdo con la vigente Ley Foral 38/2013, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que recoge las tasas por las prestación de servicios administrativos en materia de comunicación audiovisual.

6.º Notificar la presente Resolución a Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A. y a Nafar Ikusentzunezkoak, S.A., y dar traslado de la misma al Servicio de Comunicación de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Navarra y al Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual.

7.º Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados recurso de alzada ante la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 13 de noviembre de 2018.–El Director General de Comunicación y Relaciones Institucionales, Pello Pellejero Goñi.

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