BOLETÍN Nº 199 - 8 de octubre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAUN

Retribuciones de los miembros de la corporación. Alcaldía

El Pleno del Ayuntamiento de Larraun, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“ACUERDO:

Vista la Resolución 958/2019, de 18 de junio, del director general de Administración Local.

Considerando el artículo 75 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Teniendo en cuenta que mediante la Ley Foral 18/2017, de 27 de diciembre, se establecieron la cuantía y reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes para los años 2018 y 2019.

Atendiendo a los artículos 3, 4 y 13 de la Ley Foral 18/2017.

El Ayuntamiento de Larraun, por mayoría,

ACUERDA:

Aprobar la distribución de las retribuciones, del 30 de julio de 2019 en adelante, con el siguiente detalle:

1. Al alcalde:

Primero.–El alcalde tendrá una dedicación parcial en el cargo del 42,85%. Se acuerda que dedicará 15 horas semanales a su trabajo en el Ayuntamiento, distribuidas entre los días laborales del año. Su horario se ajustará a las necesidades del cargo.

Segundo.–Se establece lo siguiente para las remuneraciones de Alcaldía:

–2.258,12 euros brutos al año, repartidos en 12 mensualidades, y dos pagas extraordinarias, de 875,58 euros brutos cada una. A esas cantidades se les aplicará las retenciones solicitadas por el trabajador, teniendo en cuenta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la cuota de la Seguridad Social. Asimismo, el Ayuntamiento se hará cargo del pago de la cuota empresarial. Las retribuciones del alcalde se actualizarán anualmente con la subida del IPC, si el órgano competente no establece algo diferente.

2. Respecto al resto de cargos electos que no tienen asignada dedicación, en lo que atañe a los gastos generados en los desplazamientos realizados en el ejercicio de su cargo, el tema se decidirá en el siguiente pleno.

3. Este acuerdo tendrá efecto retroactivo desde el 30 de julio de 2019.

4. A esas retribuciones se les aplicará las retenciones establecidas por ley, en lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

5. Por consiguiente, este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, según lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local.

6. Se realizará la modificación presupuestaria correspondiente en los presupuestos de 2019, ya que es condición indispensable.”

Mugiro (Larraun), 19 de agosto de 2019.–El Alcalde, Mikel Huarte Martija.

Código del anuncio: L1912558