BOLETÍN Nº 180 - 12 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 262E/2019, de 29 de agosto, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua, por la que se deniega el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Planta de tratamiento de RAEEs, cuyo titular es Fundación Aspace Navarra para el Empleo, ubicada en término municipal de Aoiz/Agoitz.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 1273/2008, de 2 de julio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, habiendo sido modificada por última vez mediante la Resolución 394/2013, de 21 de mayo, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

La instalación dispone de autorización de apertura de acuerdo al procedimiento de presentación de Declaración Responsable establecido en la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueban las normas de desarrollo del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

Mediante Resolución 98E/2017, de 28 de abril, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua, fue modificada la autorización ambiental integrada de la instalación solicitando la presentación de una nueva declaración responsable y mediante Resolución 281E/2017, de 19 de octubre, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua, fue actualizada la autorización dado que quedaba sometida al régimen de autorización ambiental integrada, en aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.

Con fecha 28/06/2019 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su Autorización Ambiental Integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos gestionados del Anejo III de la Autorización Ambiental Integrada, de un nuevo residuo con código LER 160215*, correspondiente componentes retirados de RAEEs.

El Servicio de Economía Circular y Agua ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

160215*

Puertas de frigorífico

No procede su inclusión dado que la instalación no dispone de autorización de apertura de acuerdo a la Resolución 281E/2017, de 19 de octubre, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua, por la que se adecuaban las condiciones de funcionamiento de esta instalación a las señaladas en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de treinta días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

Primero.–Denegar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Planta de tratamiento de RAEEs, cuyo titular es Fundación Aspace Navarra para el Empleo, ubicada en término municipal de Aoiz/Agoitz.

Segundo.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución

Cuarto.–Trasladar la presente Resolución a Fundación Aspace Navarra para el empleo y al Ayuntamiento de Aoiz/Agoitz, a los efectos oportunos.

Pamplona, 29 de agosto de 2019.–El Jefe de la Sección de Planificación Estratégica y Control en Economía Circular, suplente del Director del Servicio de Economía Circular y Agua (en virtud de lo dispuesto en la Resolución 767/2016, de 4 de octubre, de la Directora general de medio ambiente y ordenación del territorio), Pedro Zuazo Onagoitia.

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