BOLETÍN Nº 177 - 9 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 2226E/2019, de 19 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se modifica la Resolución de autorización de gasto para subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años para 2019.

Por Resolución 838E/2018, de 2 de noviembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se autorizó un crédito de 900.000 euros, con cargo al Presupuesto de Gastos del 2019, para la concesión de las subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años, reguladas por la Resolución 1496/2017, de 23 de mayo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número 382393 de la Base de datos Nacional de Subvenciones, con cargo a la partida presupuestaria 950001 96100 4709 241205 “Incentivos a la contratación de jóvenes por empresas. Conferencia Sectorial”.

El volumen de solicitudes presentadas hasta el momento y el interés del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare por continuar fomentando la contratación de jóvenes, hace prever la necesidad de incrementar el crédito autorizado para la concesión de las mismas.

Por otra parte, teniendo en cuenta la experiencia de años anteriores, se prevé que, antes de que acabe el ejercicio presupuestario, exista disponibilidad de crédito, proveniente de otras partidas presupuestarias del Gobierno de Navarra.

El artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones dice, en su apartado 3, que la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional máxima cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requiera de una nueva convocatoria.

Dentro de los supuestos posibilitados por el artículo 31, la previsión es que nos encontremos en el 2.º, es decir, que la cuantía adicional en las partidas mencionadas se produzca por haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una ampliación de crédito.

El mismo artículo 31 dice que, la convocatoria deberá hacer constar expresamente que el órgano competente para aprobar la convocatoria deberá autorizar el crédito adicional y publicarlo en los mismo términos que la convocatoria.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 838E/2018, de 2 de noviembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, añadiendo un segundo párrafo al punto primero, de la siguiente forma:

“De igual modo, podrá autorizarse una cuantía adicional máxima por importe de 1.000.000 euros, cuya efectividad queda condicionada a su autorización como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias legalmente previstas. La autorización, en su caso, de este crédito adicional se realizará por el órgano competente y se publicará en los mismos términos que la convocatoria, no implicando la apertura de un nuevo plazo para presentar subvenciones, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar”.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 19 de agosto de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

Código del anuncio: F1910895