BOLETÍN Nº 175 - 5 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SARTAGUDA

Aprobación definitiva de imposición de contribuciones
especiales para obras

El Pleno del Ayuntamiento Sartaguda en sesión 28 de febrero de 2019 adoptó el siguiente:

ACUERDO:

1.º Aprobar inicialmente el expediente para la imposición y ordenación de Contribuciones Especiales como consecuencia de las Obras de Reforma y Rehabilitación (parcial) calle Jimeno Jurío y Bodegas cuyo establecimiento y exigencia se legitima por el aumento de valor de los inmuebles del área beneficiada, delimitada por el proyecto de ejecución redactado por el Arquitecto Técnico don Jesús García Quintana en octubre del 2019.

2.º Sujetos pasivos: Propietarios de las parcelas sitas en las calles objeto de actuación, incluidas dentro de la zona especialmente beneficiada por las obras, conforme a la documentación técnica obrante en el proyecto, y que afecta a la totalidad o a diferentes tramos de las siguientes calles:

–Calle Jimeno Jurío.

–Calle Eras (ml posterior de Jimeno Jurío).

–Calle Portillo, Frontón, Jimeno Jurío, Bodegas.

3.º Base Imponible: El coste total de las obras, incluida la redacción y dirección de obras asciende a 364.220,65 euros IVA incluido. A este coste se le descuenta el IVA deducible de las redes tanto de la ejecución como de redacción y dirección del proyecto, así como las subvenciones del Gobierno de Navarra según siguiente desglose:

Determinación Base Imponible.

Coste Ejecución Obras IVA incluido: 331.556,89 euros.

Proyectos y Dirección Obras IVA incluido: 32.663,76 euros.

Total, coste previsto: 364.220,65 euros.

IVA deducible Redes Obra, Proyecto y Dirección: 27.595,26 euros.

Subvención PIL libre determinación: 29.988,13 euros.

Subvención inversiones financieramente sostenibles: 229.484,97 euros.

Coste soportado Ayuntamiento: 77.152,29 euros.

Importe Contribuciones Especiales: 60.021,90 euros.

Según lo expuesto en el cuadro precedente 77.152,29 euros es el coste de la obra soportado por el Ayuntamiento que sirve de base para las contribuciones especiales, de este importe, según el artículo 116 Ley Foral 2/1995, Haciendas Locales de Navarra, se podrá repercutir hasta el 90% a los vecinos mediante contribuciones especiales, es decir, un máximo de 69.437,00 euros.

4.º Criterios de reparto: Se aplica como módulo de reparto los metros lineales de fachada siendo el valor del módulo un coste fijo de 90 euros el metro cuadrado. No se incrementará dicho coste en el supuesto de incremento final del coste de la obra (En el supuesto de aumento de unidades o posibles modificaciones) ni tampoco se reducirá a la baja siempre cuando entre dentro del límite del 90% del coste soportado por el Ayuntamiento.

5.º Aprobar la relación de contribuyentes que figura en el expediente, así como las cuotas individuales resultantes de aplicar a la base imponible los criterios de reparto establecidos.

6.º En lo no previsto de este Acuerdo, rige la Ordenanza de Contribuciones Especiales vigente.

7.º Someter el presente acuerdo conforme a lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, a exposición pública durante un periodo de treinta días desde la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que los interesados en el expediente puedan formular las alegaciones al mismo que consideren procedentes y al objeto de que los mismos puedan constituirse en Asociación Administrativa de Contribuyentes conforme a lo previsto en los artículos 119 y 120 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

8.º Trasladar a los interesados que, a instancia de los sujetos pasivos, cabe autorizar el fraccionamiento o aplazamiento de las cuotas a satisfacer por periodo no superior a cinco años y previa la constitución de las garantías pertinentes, como disponen los artículos 92 y 115 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

El anuncio de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 41 de 28 de febrero de 2019 no habiéndose formulado reclamaciones, reparos u observaciones, contra el mismo, por lo que el acuerdo de imposición ha pasado a ser definitivo.

Todo lo que se publica a los efectos oportunos.

Sartaguda, 22 de agosto de 2019.–El Alcalde, José Ignacio Eguizabal Martínez.

Código del anuncio: L1911187