BOLETÍN Nº 172 - 2 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BERRIOZAR

Convocatoria para la creación de una lista de contratación de técnicos/as de euskera

1.–Normas generales.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la creación de una lista de contratación temporal de técnicos/as de euskera para las Entidades Locales de Navarra firmantes del Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Berriozar. La lista creada tendrá carácter preferente y dejará sin efectos las anteriores relaciones de personas aspirantes.

1.2. A la publicación de esta convocatoria, estas son las entidades locales firmantes del Convenio de Colaboración para la Creación de la Lista de Contratación de Técnicos y Técnicas de Euskera: Ayuntamiento del Valle de Aranguren, Ayuntamiento de Villava, Ayuntamiento de Auritz-Burguete, Ayuntamiento de Barañain, Ayuntamiento de Baztan, Ayuntamiento de Berrioplano, Ayuntamiento de Berriozar, Ayuntamiento de Burlada, Ayuntamiento del Valle de Egüés, Ayuntamiento de Galar, Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares, Ayuntamiento de Estella-Lizarra, Ayuntamiento de Esteribar, Ayuntamiento de Orkoien, Ayuntamiento de Tafalla, Ayuntamiento de Huarte, Ayuntamiento de Zizur Mayor, Ayuntamiento de Lizoáin-Arriasgoiti, Ayuntamiento de Noain-Valle de Elorz, Junta General del Valle de Aezkoa, Junta General del Valle de Roncal, Junta General del Valle de Salazar, Mancomunidad de Euskara de Bortziriak, Mancomunidad de Irantzu, Mancomunidad de Euskara de Navarra Norte, Mancomunidad de Malerreka, Mancomunidad de Sakana y Mancomunidad de Valdizarbe.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican. También con los complementos reconocidos en la plantilla orgánica de la entidad local correspondiente.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente.

2.–Funciones a desempeñar.

2.1. Elaboración, gestión, seguimiento y control de los planes generales y sectoriales para la normalización y fomento del euskara en la entidad local correspondiente.

2.2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la entidad local correspondiente, en lo referente a la normalización y fomento del euskara, así como su control y seguimiento.

2.3. Prestar apoyo y ayuda técnica a los servicios prestados por la entidad local correspondiente, así como a los demás sectores de la sociedad de dicha entidad local en sus actividades relacionadas con el euskara.

2.4. Asesorar a las asociaciones del municipio correspondiente y demás agentes sociales del mismo, en materias relacionadas con la sociolingüística.

2.5. Participar en las comisiones de euskara de la entidad local correspondiente.

2.6. Impulsar las relaciones con otros Ayuntamientos, Mancomunidades, Servicios de Euskara e Instituciones Forales, así como su coordinación.

2.7. Impulsar las relaciones con asociaciones y grupos, tanto locales como foráneos, que trabajan en la normalización y fomento del euskara, así como su coordinación.

2.8. Cualquier otra que le sea encomendada por la entidad local correspondiente, siempre y cuando esté relacionada con el puesto de trabajo.

3.–Requisitos de los/las aspirantes.

3.1. Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales suscritos por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar los/las cónyuges de las personas españolas o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título que certifica la capacitación lingüística en euskera de nivel C1 según el Marco Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente.

d) Estar en posesión del título de diplomatura o grado universitario, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

g) Estar en posesión de permiso de conducir como mínimo de clase B.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

4.–Solicitudes.

4.1. Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Berriozar (plaza Euskal Herria 1) o por alguno de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

a) En el registro electrónico de la Administración al que se dirigen, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Las solicitudes se deberán cumplimentar según el modelo del primer anexo, que estará disponible en la Oficina de Atención Ciudadana (plaza Euskal Herria 1) y en www.berriozar.es (administración electrónica / sede electrónica / anuncios oficiales).

En la solicitud las personas aspirantes deberán declarar que, en la fecha de finalización del plazo para presentación de solicitudes, cumplen todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

4.2. Junto con la solicitud, las personas aspirantes presentarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada de los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos en los puntos c, d y g del apartado 3.1 de la presente convocatoria.

c) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se quieran presentar en la fase de concurso según la base 7 de la convocatoria.

4.3. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Admisión de aspirantes y procedimiento.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar www.berriozar.es (administración electrónica / sede electrónica / anuncios oficiales). En caso de no haber personas excluidas se aprobará directamente la relación de admitidas como definitiva.

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, junto con la fecha y lugar de realización de la primera prueba de selección prevista en la convocatoria y la relación de las personas que formarán el tribunal calificador, y ordenará su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar.

5.4. Con la publicación de la lista de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los efectos previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6.–Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

a) Presidente: el alcalde del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: concejal responsable del área de euskera del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

b) Vocal: técnico o técnica de euskara de la Red de Servicios de Euskera de Navarra.

Suplente: técnico o técnica de euskara de la Red de Servicios de Euskera de Navarra.

c) Vocal: técnico o técnica de euskara de la Red de Servicios de Euskera de Navarra.

Suplente: técnico o técnica de euskara de la Red de Servicios de Euskera de Navarra.

d) Vocal: persona delegada sindical del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: persona delegada sindical del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

e) Vocal-secretaria: técnica de euskera del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: secretaria del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

6.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo, los y las aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

7.–Desarrollo del concurso.

7.1. La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 25 puntos distribuidos de la siguiente forma:

a) Por haber trabajado en una entidad local en funciones de técnico/a de euskara, por cada año, 3 puntos, hasta un máximo de 12 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

b) Por haber trabajado en otra administración pública en funciones de técnico/a de euskara, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

c) Por haber trabajado en asociaciones o entidades privadas en la normalización del euskara como dinamizador/a, coordinador/a o técnico/a, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

d) Postgrado en Planificación Lingüística: 5 puntos.

e) Por asistencia a cursos de duración superior a 10 horas, que a juicio del Tribunal guarden relación con el puesto de trabajo a que se refiere la convocatoria, máximo 2 puntos.

Los puntos se distribuirán de la siguiente forma:

–Por cada curso de 10-30 horas de duración: 0,25 puntos.

–Por cada curso de 31-50 horas de duración: 0,50 puntos.

–Por cada curso de 51-100 horas de duración: 0,75 puntos.

–Por cada curso de más de 101 horas de duración: 1 punto.

No se tendrán en cuenta los cursos sobre lingüística, pedagogía o glotodidáctica.

7.2. Para acreditar la experiencia laboral se presentarán, por un lado, los certificados expedidos por las entidades contratantes (detallando el tipo de trabajo, la fecha de comienzo y de fin de contrato, así como tipo de jornada), y por otro lado, el certificado de vida laboral de la Seguridad Social. Para calcular el periodo de los contratos en vigor, se contabilizará como último día el último día del plazo para la presentación de solicitudes en esta convocatoria.

7.3. El tribunal podrá solicitar a las personas aspirantes la documentación complementaria pertinente que necesite para puntuar la fase de concurso.

7.4. La puntuación obtenida por los y las candidatas en la fase de concurso se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar con anterioridad a la celebración de la fase de oposición.

8.–Oposición.

8.1. La valoración máxima del conjunto de las pruebas será de 75 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no consigan la mitad de la puntuación fijada como máxima en cada prueba y ejercicio.

8.2. Se llevarán a cabo tres pruebas. En la primera se evaluarán los conocimientos teóricos relacionados con la plaza, en la segunda la capacitación lingüística escrita en euskera necesaria para el puesto de trabajo y en la tercera las capacidades y recursos relacionados con el perfil de técnico o técnica de euskera.

Cada prueba constará de los siguientes ejercicios:

a) Primera prueba. Medirá el conocimiento de los contenidos teóricos básicos necesarios en el puesto de trabajo.

Único ejercicio. Prueba de test sobre el temario del segundo anexo. Máxima puntuación: 20 puntos (la persona aspirante deberá obtener un mínimo de 10 puntos para pasar a la siguiente prueba).

El test tendrá 80 preguntas (más 5 de repuesto) a responder en hora y media; cada pregunta tres opciones entre las que elegir la respuesta correcta. Cada respuesta correcta sumará 0,25 puntos y cada respuesta errónea tendrá una penalización de 0,05 puntos.

b) Segunda prueba. Medirá la capacitación lingüística escrita en euskera necesaria para el puesto de trabajo. Concretamente:

–Capacidad para entender, en su totalidad, textos especializados y para escribir en registros tanto formales como informales. Capacidad para escribir cualquier tipo de texto de forma correcta y adecuada y para corregir y mejorar los textos escritos por otra persona.

–Capacidad para hacer traducciones de forma correcta y adecuada.

Único ejercicio de dos horas. Máxima puntuación: 10 puntos (la persona aspirante deberá obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la siguiente prueba).

Los ejercicios de la primera y segunda prueba se harán el mismo día, pero no se corregirá el ejercicio de la segunda prueba de las personas aspirantes que no hayan superado el ejercicio de la primera prueba.

Junto a las notas de las dos primeras pruebas se publicará el día y hora para la realización del primer ejercicio de la tercera prueba.

c) Tercera prueba. Valorará el conocimiento de los contenidos prácticos necesarios en el puesto de trabajo y las capacidades y recursos relacionados con el perfil de técnico o técnica de euskera.

Primer ejercicio. El tribunal propondrá dos situaciones relacionadas con el trabajo de promoción del euskera. Las personas aspirantes elegirán una de ellas para desarrollar de forma escrita durante un máximo de tres horas de la forma que crea adecuada. Máxima puntuación: 20 puntos (se deberá obtener un mínimo de 10 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

Segundo ejercicio. Exposición oral durante veinte minutos ante el tribunal de la propuesta desarrollada en el primer ejercicio (las personas aspirantes recibirán con anterioridad una copia digital de su ejercicio). La exposición se acompañará obligatoriamente de una presentación informática. Máxima puntuación: 15 puntos (se deberá obtener un mínimo de 7,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

Una vez terminada la exposición el tribunal podrá hacer preguntas relacionadas con el ejercicio.

Tercer ejercicio. Las personas aspirantes se distribuirán en grupos de tres o cuatro personas de forma aleatoria. Cada grupo, de forma conjunta, deberá realizar el ejercicio que el tribunal le pida (diez minutos de preparación individual en silencio y veinte minutos para desarrollar oralmente el ejercicio de forma conjunta). En este ejercicio se valorarán las siguientes competencias: capacidad para el trabajo en equipo y para participar, capacidad para la negociación y llegar a acuerdos, capacidad para organizar las reuniones de trabajo, capacidad para promover la creatividad, claridad y efectividad en cuanto a las ideas propuestas, capacidad para prever las situaciones y problemas, capacidad para hacer propuestas y aportaciones y capacidad para escuchas al resto de personas del equipo.

Máxima puntuación: 10 puntos (se deberá obtener un mínimo de 5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

En todos los ejercicios de la tercera prueba se evaluará la corrección y adecuación de la comunicación oral en euskera.

8.3. Los ejercicios de la primera y segunda pruebas y el primer ejercicio de la tercera prueba se realizarán mediante sistema de plicas y las personas aspirantes utilizarán bolígrafo azul. El lugar, día y hora de la apertura pública de plicas se anunciarán con una antelación de 48 horas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar.

8.4. Todas las pruebas se realizarán en euskara.

8.5. No se permitirá llevar al examen material de consulta para la realización de ninguno de los ejercicios.

8.6. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistas del Documento de Identidad.

9.–Valoración de las pruebas.

9.1. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

9.2. Una vez terminada cada prueba, el Tribunal hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración de la siguiente prueba.

10.–Relación de aprobados/as.

10.1. Terminada la calificación de la última prueba, el Tribunal hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar la relación de aprobados/as por orden de puntuación obtenida, partiendo de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en las pruebas y en la fase de concurso.

10.2. Si se da el caso de puntuaciones finales iguales entre dos o más personas, quedará por delante en la lista de contratación la persona con mayor puntuación en el primer ejercicio de la tercera prueba. Si también hay igualdad de puntos en ese ejercicio, se decidirá el orden según las puntuaciones en el segundo ejercicio de la tercera prueba y, seguidamente, en el ejercicio de la primera prueba. Si persiste el empate se decidirá por sorteo.

11.–Gestión de las listas de contratación.

11.1. La lista de contratación surgida de esta convocatoria tendrá una vigencia cuatro años y será la preferente a la hora de cubrir las vacantes en las plazas de técnicos-as de euskera de las Administraciones Locales firmantes del Convenio de Colaboración para Contrataciones Temporales de Técnicos/as de Euskera.

11.2. En el llamamiento a las personas aspirantes regirán las siguientes normas generales:

a) Para cubrir las ofertas se llamará hasta tres veces a cada persona, siguiendo el orden de la lista (se utilizará el teléfono móvil y la dirección de correo electrónico). Las personas aspirantes facilitarán un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico que tendrán siempre actualizadas. Si la persona candidata no responde en un plazo de 48 horas se llamará a la persona siguiente.

b) La persona que no responda en el plazo de seis meses a las llamadas hechas pasará a la situación de “no disponible”.

c) La persona que acepte un contrato no recibirá ninguna otra oferta mientras el contrato esté en vigor, con dos excepciones:

–Que la nueva oferta sea de una duración de seis meses o más.

–Que la persona tenga un contrato de jornada parcial.

d) La persona que no acepte una oferta pasará al último puesto de la lista, si no justifica alguna de estas situaciones:

–Tener un contrato laboral en vigor.

–Incapacidad temporal para trabajar.

–Licencia por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.

–Estar al cuidado de un hijo o hija menor de 6 años.

–Estar al cuidado de una persona familiar que no pueda valerse por sí misma, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Las personas que se encuentren en una de esas situaciones deberán justificarlas de forma fehaciente y por medio de documentos, en el plazo de siete días naturales desde que se haga la oferta rechazada. Las personas que así lo justifiquen permanecerán en su puesto de la lista y no se les hará ninguna nueva oferta hasta que comuniquen por escrito que están dispuestas a aceptar nuevas ofertas de trabajo.

e) Pasarán al último puesto de la lista las personas que estén en una de estas situaciones:

–Rechazar una oferta de trabajo sin alguna de las razones detalladas en el apartado d).

–No firmar el contrato una vez aceptada la oferta.

–Rechazar el contrato una vez firmado.

12.–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a las personas candidatas que:

–El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes en la convocatoria es el Ayuntamiento de Berriozar.

–La finalidad del tratamiento es la selección de personal para la provisión de puestos de trabajo objeto de esta convocatoria.

–La base jurídica es: artículo 6.1.c) del RGPD, tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, y artículo 6.1.b) del RGPD, tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

–Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

–Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos (RDL 5/2015 de 30 de octubre) incluida la publicación en el portal de transparencia de acuerdo con el artículo 19.2.f de la Ley Foral 5/2018. Serán también destinatarias de los datos las distintas entidades locales que precisen cubrir una plaza de técnico de euskera y lo soliciten al Ayuntamiento de Berriozar de conformidad con el Convenio firmado entre las administraciones.

–Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales, a través de la persona delegada de protección de datos en dpd@berriozar.es o la web donde encontrarán más información (www.berriozar.es).

–Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

13.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Berriozar, 10 de agosto de 2019.–El Alcalde, Raul Maiza González.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Temario para la valoración de conocimientos teóricos

Contacto entre lenguas:

1. Conceptos básicos: multilingüísmo, interferencias, variabilidad lingüística, diglosia, ecología lingüística, derechos lingüísticos, minorización, sustitución...

2. Modelos teóricos para la recuperación de lenguas minorizadas.

3. Política lingüística y planificación lingüística.

4. Comunidades lingüísticas minorizadas en el mundo: situación, estatus jurídico, oficialidad. Principales acuerdos y declaraciones internacionales.

Factores de desarrollo de las comunidades lingüísticas minorizadas:

5. Motivación. Metodologías y medios para impulsar la motivación de los y las hablantes.

6. Conocimiento. Posibles herramientas y vías de trabajo para conseguir el aumento del número de hablantes en las comunidades lingüísticas.

7. Uso. Modos y medios a utilizar para aumentar el uso de la lengua de las personas hablantes.

Programas e iniciativas para la mejora de la situación de las comunidades lingüísticas minorizadas:

8. Pasos a tener en cuenta en el diseño de planes y proyectos; esto es, metodología para la organización de acciones encaminadas a conseguir los objetivos marcados en el desarrollo de comunidades lingüísticas determinadas.

9. Diagnóstico de situación. Metodologías y técnicas para la investigación sociolingüística.

10. Función de la evaluación en la planificación lingüística y técnicas de evaluación.

11. Principios teóricos y técnicas sobre comunicación. Necesidades y usos avanzados en la sociedad actual en los ámbitos de la información y comunicación.

Comunidad lingüística del euskera:

12. Legislación asociada al euskera (legislación foral y ordenanzas municipales). Estatus legal del euskera.

13. Situación demolingüística de la comunidad lingüística del euskera.

14. Historia sociolingüística del euskera.

15. Infraestructuras y medios para la normalización del euskera. Situación actual de las acciones y entidades para la promoción del euskera, historia y aportaciones realizadas. Cooperación entre promotores sociales y administración. Acciones principales realizadas para la recuperación de la comunidad lingüística del euskera.

Administración local:

16. Bases de la Administración Local: órganos de gobierno, cooperación entre entidades, competencias, contratos, mancomunidades...

17. Conocimiento del euskera en los puestos de la administración.

18. Ley Foral 17/2019 de igualdad entre mujeres y hombres. Artículos 12, 13, 17, 18 y 21.

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