BOLETÍN Nº 170 - 29 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

FUSTIÑANA

Nombramiento de la Junta de Gobierno Local
y delegación de competencias

1. El Pleno del Ayuntamiento de Fustiñana en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de julio de 2019 adopto entre otros el siguiente Acuerdo:

De conformidad y con arreglo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Bases de Régimen Local y Reglamento de Organización y Funcionamiento de las entidades Locales se Acuerda:

Crear la Junta de Gobierno Local.

Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias del Pleno:

j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria.

k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto –salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior– todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

2. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre) el día doce de julio de 2019, el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, adoptó la siguiente Resolución:

Designar miembros de la Junta de Gobierno Local doña María Dolores Arrondo Aguerri y doña Estibaliz Laraña Pérez concejales de este Ayuntamiento.

3. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre) el día doce de julio de 2019, el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, Decreta:

Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias de Alcalde:

f) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer de gastos dentro de los limites de su competencia, ordenar pagos y rendir cuentas conforme a lo dispuesto en la Ley de Haciendas Locales.

g) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.

q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno.

Lo que se hace público a los efectos previstos en los artículos 46.1 y 44.2 del R.O.F. y normas concordantes.

Fustiñana, 12 de julio de 2019.–El Alcalde-Presidente, Sergio Vitas Aguirre.

Código del anuncio: L1909540