BOLETÍN Nº 170 - 29 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARAÑÁIN

Retribuciones y régimen de dedicación
de los miembros de la corporación municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Barañáin, en sesión extraordinaria celebrada el 4 de julio de 2019, adoptó acuerdo por el que:

Primero.–Establecer el desempeño del cargo de Alcaldía por parte de doña María Lecumberri Bonilla en régimen de dedicación exclusiva, de forma que se perciba por el ejercicio de dicho cargo la retribución establecida en la propuesta de alcaldía obrante en el expediente comprensiva del sueldo de nivel A que para cada año establezca Gobierno de Navarra, 55% de complemento de exclusividad y 12,98% de complemento de puesto de trabajo así como del resto de retribuciones personales básicas (antigüedad) que le corresponden en el puesto de Auxiliar de Enfermería del Gobierno de Navarra. El Ayuntamiento de Barañain asumirá, si fuera el caso, el pago de las cuotas empresariales que corresponda indicando que, su percepción será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades todo ello en los términos de la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Segundo.–Aprobar las cantidades correspondientes a las asistencias por la concurrencia efectiva a sesiones obrante en el expediente como Anexo I debidamente diligenciado, a abonar a los corporativos que no tengan dedicación exclusiva ni parcial por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación y demás reuniones de diferentes organismos municipales, de conformidad con la propuesta de alcaldía indicada y en las condiciones establecidas en dicha propuesta.

Tercero.–Proceder, ex artículo 75.5 de la Ley de Bases de Régimen Local, a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barañain del presente acuerdo.

Cuarto.–Notificar el presente acuerdo a la Alcaldía, a los grupos municipales, a Intervención e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos.

Contra este acuerdo cabe interponer:

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano municipal autor de la presente Resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala del mismo orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, en virtud del artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3. Y, con carácter potestativo, recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución.

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Barañáin, 2 de agosto de 2019.–La Alcaldesa-Presidenta, María Lecumberri Bonilla.

ANEXO I

ÓRGANO

CANTIDAD

(euros)

Sesión de Pleno

100,00

Junta de Gobierno Local

60,00

Presidentes Comisión Informativa

60,00

Presidentes organismos autónomos y auditorio

60,00

Junta portavoces

25,00

Asistencia comisión informativa

25,00

Asistencia organismos autónomos

25,00

Delegación alcaldía

25,00

Código del anuncio: L1910588