BOLETÍN Nº 164 - 22 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

RIBAFORADA

Retribuciones de los miembros de la corporación municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Ribaforada, en sesión celebrada el día 16 de julio de 2019, adoptó el acuerdo cuyo texto íntegro, en su parte dispositiva, a continuación se transcribe:

“Primero.–Establecer para todos los Concejales de este Ayuntamiento que no tienen dedicación ni exclusiva ni parcial, la percepción del siguiente importe bruto, por cada asistencia a los siguientes órganos colegiados:

–Asistencia a los siguientes órganos colegiados municipales:

  • Asistencia a Pleno: 80 euros.
  • Asistencia a Junta de Gobierno Local: 80 euros.
  • Asistencia a las Comisiones Informativas Permanentes, a las Mesas de Contratación y Junta de Portavoces de este Ayuntamiento: 35 euros.

–Asistencia a los órganos colegiados, distintos de los municipales, en los que exista representación municipal y quede acreditado que no abonan asistencias a los miembros asistentes: 35 euros.

Segundo.–El presente acuerdo surtirá efectos a partir del 15 de junio de 2019, y el abono efectivo de la cuantía que corresponda se efectuará de forma trimestral, estableciéndose el siguiente límite máximo anual por las asistencias establecidas en el punto primero del presente acuerdo:

–Para corporativos que formen parte de la Junta de Gobierno Local: se establece un límite máximo anual de 4.000 euros.

–Para los corporativos que no formen parte de la Junta de Gobierno Local: se establece un límite máximo anual de 2.000 euros.

Para el segundo semestre de dos mil diecinueve el límite máximo anual será la mitad del importe indicado anteriormente.

Tercero.–Indicar que el importe bruto establecido en el punto primero del presente acuerdo está sujeto a las retenciones que correspondan en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y que la percepción de dichas asistencias queda condicionada a la previa existencia de consignación presupuestaria suficiente.

Cuarto.–Trasladar el presente acuerdo a Intervención Municipal, con la indicación de que se deberá solicitar, antes del mes de mayo de cada año, la subvención correspondiente al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Foral 18/2017, de 27 de diciembre, por la que se establece la cuantía y reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por transferencias corrientes para los años 2018 y 2019, o la que le sustituya en su caso.

Quinto.–Publicar un anuncio del presente acuerdo, en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia, a los efectos oportunos.”

Ribaforada, 19 de julio de 2019.–El Alcalde, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

Código del anuncio: L1909720