BOLETÍN Nº 161 - 19 de agosto de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1637E/2019, de 24 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se modifica la Resolución 507E/2019, de 3 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones al fomento del empleo en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la incorporación de socios en las mismas.

Por la Resolución 507E/2019, de 3 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones al fomento del empleo en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la incorporación de socios en las mismas.

La convocatoria subvenciona la incorporación como socios-trabajadores con carácter indefinido en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de personas desempleadas, de trabajadores con contrato de trabajo temporal en la empresa solicitante o la transformación de socios-trabajadores de duración determinada en socios-trabajadores con carácter indefinido.

La incorporación se puede producir por la adquisición de participaciones o acciones a la propia cooperativa o sociedad laboral, o por la adquisición a un socio, es decir, a un particular. La situación de la transmisión entre particulares es muy común en casos de jubilación de uno de los socios de la empresa, que cede su participación al socio que entra. Ambas circunstancias son igualmente deseables para la consecución del objetivo de la convocatoria, que se centra en favorecer la incorporación del nuevo socio, y con ello impulsar la economía social a través de la sucesión del negocio.

Sin embargo, la convocatoria aprobada por la Resolución 507E/2019 trata de manera diferente las dos situaciones mencionadas, favoreciendo en mayor medida cuando la adquisición se hace directamente a la empresa. Con la modificación que ahora se realiza, se consigue dar el mismo tratamiento a las dos formas de transmisión.

Por otra parte, se modifica la base 7.1.b), relativa a la documentación que ha de presentar la entidad solicitante al objeto de acreditar su personalidad jurídica y la incorporación del nuevo socio-trabajador.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 507E/2019, de 3 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones al fomento del empleo en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la incorporación de socios en las mismas, en los siguientes términos:

1.1. Suprimir el segundo párrafo de la base 4.2 y el segundo párrafo de la base 7.1.s).

1.2. Modificar la base 7.1.b), que queda redactada de la siguiente forma:

Escritura o acta de constitución de la entidad, a la que se acompañarán los estatutos de la misma. Dicha documentación deberá figurar actualizada a la fecha de solicitud.

En el supuesto de que el nuevo socio que se integra en la sociedad no figure en la escritura de constitución, deberá aportarse, además de la documentación señalada con anterioridad, escritura pública donde conste su incorporación y participación, o documento con valor probatorio suficiente en el que se hagan constar dichos extremos. En cualquier de los casos deberá constar la fecha de efectos de aquella.

Cuando la adquisición sea como consecuencia de la transformación de una persona socia-trabajadora de duración determinada en socia-trabajadora con carácter indefinido se deberá presentar acuerdo del Consejo Rector y contrato societario que recoja dicha transformación.

2.º Estas modificaciones se aplicarán a las solicitudes referidas a pagos de aportaciones destinadas a la integración con carácter indefinido como socio-trabajador realizados a partir del 1 de enero del 2019.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 24 de junio de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

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