BOLETÍN Nº 160 - 16 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORTES

Retribuciones y régimen de dedicación
de los miembros de la corporación municipal

Considerando lo dispuesto en el artículo 75, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y en el artículo 56, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, se aprueba por 10 votos a favor de NAVARRA SUMA, PSOE Y CET, y 1 abstención CIC-EH BILDU la adopción del siguiente

ACUERDO:

Primero.–Establecer las siguientes retribuciones o asistencias de los miembros de la Corporación, por su dedicación al cargo y concurrencia efectiva a las sesiones del Ayuntamiento Pleno:

–Alcaldía: el Ayuntamiento pagará, como retribución por dedicación parcial al cargo de Alcalde con una dedicación mínima necesaria de 11:00 horas a 15:00 horas la cantidad bruta anual de 13.415 euros anuales y se hará cargo de la Seguridad Social Empresarial, que se harán efectivos mensualmente con las deducciones que correspondan. No se descontará cantidad alguna al titular, por las sustituciones del cargo que realicen los Tenientes de Alcalde, ni se pagará a éstos últimos retribuciones por tal concepto. El cobro de retribuciones por dedicación parcial al cargo, es incompatible con la percepción de asistencias a órganos colegiados.

–Resto de Corporativos: percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones del Pleno del Ayuntamiento, en la cuantía de sesenta euros brutos por sesión pagaderos por trimestres. En el caso de que cualquier corporativo quiera cobrar asistencias deberá comunicarlo expresamente mediante presentación de instancia en el Registro General del Ayuntamiento.

Segundo.–Determinar que todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados, en los términos y cuantía que se establezca cada año en materia retributiva, para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tercero.–Autorizar el gasto con cargo a las partidas 1-9120-10000 Retribuciones Corporativos; 1-9120-23100 Gastos Representación Corporativos; y 1-2110-1600000 Cuotas de la Seguridad Social del presupuesto vigente.

Cuarto.–Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en Tablón de Edictos y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cortes.

Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra el puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de ésta Resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo acordado.

Cortes, 9 de julio de 2019.–El Alcalde-Presidente, Fernando Sierra Estoduto.

Código del anuncio: L1909435