1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 426/2019, de 3 de julio, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se resuelve la modificación de los conciertos educativos en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, y Bachillerato, para el curso 2019/2020.
Por Resolución 159/2018, de 26 de marzo (Boletín Oficial de Navarra número 65, de 5 de abril) se aprobaron las normas para la aplicación del régimen de conciertos para los niveles de Segundo Ciclo de Infantil y Bachillerato y por Resolución 503/2018, de 19 de julio, (Boletín Oficial de Navarra número 146, de 30 de julio) se aprobaron dichos conciertos educativos, por un periodo de cuatro años. Posteriormente la Resolución 637/2018, de 17 de septiembre, la amplía para el curso 2018/2019.
Por Resolución 232/2015, de 22 de mayo, (Boletín Oficial de Navarra número 117, de 18 de junio) se aprobaron los conciertos educativos, por un periodo de seis años en el nivel de Educación Primaria, según las normas dictadas por la Resolución 133/2015, de 23 de marzo, (Boletín Oficial de Navarra número 63, de 1 de abril), posteriormente se modificó para el curso 2015/2016 por Resolución 117/2015, de 25 de septiembre. Para el curso 2016/2017, se modificaron las unidades concertadas por Resolución 445/2016, de 29 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 152, de 8 de agosto). Para el curso 2017/2018, se modificaron las unidades concertadas mediante Resolución 649/2017, de 31 de julio (Boletín Oficial de Navarra número 167, de 30 de agosto), y finalmente para el curso 2018/2019 se modificaron las unidades concertadas mediante Resolución 461/2018, de 28 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 137, de 17 de julio).
Por Resolución 108/2019, de 5 de marzo, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, se dictaron normas sobre la modificación de los conciertos educativos, en Educación Infantil, Primaria y Bachillerato, para el curso 2019/2020.
Vistos las solicitudes y alegaciones presentadas, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos aprobado por Decreto Foral 416/1992, de 14 de diciembre.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1.d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y del Sector Público Institucional Foral.
RESUELVO:
1.º Aprobar la modificación del concierto de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, y Bachillerato, con los Centros docentes privados que se relacionan en el Anexo con efectos de comienzo del curso 2019/2020.
2.º En los centros en que se imparte Bachillerato, el concierto de sus unidades se prevé sin ampliación de la ratio correspondiente a las horas comunes, excepto en el caso del colegio Nuestra Señora del Puy, de Estella, Luis Amigó, de Mutilva, y Fundación Educativa Jesuitinas, de Pamplona, cuya dotación se indica en el Anexo, y a la vista de la matrícula real en septiembre de 2019, se procederá, en su caso, a realizar las modificaciones horarias correspondientes del concierto, de este nivel educativo.
3.º Las modificaciones de los conciertos educativos aprobados por esta Resolución, se formalizarán mediante diligencia que suscribirán, por una parte, la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, y por otra, los titulares de los correspondientes centros o persona con representación legal debidamente acreditada.
4.º La Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio notificará a los interesados la fecha y lugar en que deban personarse para firmar la diligencia a que se refiere el punto anterior.
5.º Notificar la presente Resolución a los centros interesados. Contra la presente Resolución podrán los centros interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.
6.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
7.º Trasladar la presente Resolución y Anexo, a la Intervención delegada en el Departamento de Educación, la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, a la Secretaria General Técnica del Departamento de Educación, a los Servicios de Inspección, de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades, de Formación Profesional, y a la Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, a los efectos oportunos.
Pamplona, 3 de julio de 2019.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.
ANEXO Modificación de conciertos de educación infantil. Curso 2019/2020 |
POBLACIÓN | CENTRO | N.º DE UNIDADES 2018/2019 | N.º DE UNIDADES 2019/2020 | OBSERVACIONES |
Concertadas | Solicitadas | Concedidas |
ESTELLA | SANTA ANA | 5 | 6 | 6 | |
ETXARRI ARANATZ | ANDRA MARI IKASTOLA | 4 | 4 | 4 | |
TAFALLA | GARCÉS DE LOS FAYOS | 3 | 4 | 4 | |
TUDELA | COMPAÑÍA DE MARÍA | 11 | 12 | 12 | |
VIANA | ERENTZUN IKASTOLA | 3 | 3 | 3 | |
| | 26 | 29 | 29 | |
Modificación de conciertos de educación primaria. Curso 2019/20120 |
POBLACIÓN | CENTRO | N.º DE UNIDADES 2018/2019 | N.º DE UNIDADES 2019/2020 | OBSERVACIONES |
Concertadas | Solicitadas | Concedidas |
ABARZUZA | ESCUELAS PÍAS DE ANDERAZ | 1,5 | | | (2) |
ALTSASU/ALSASUA | IÑIGO ARITZA IKASTOLA | 8 | 8 | 8 | |
BERA | LABIAGA IKASTOLA | 5 | 6 | 6 | |
BERA | SAGRADO CORAZÓN-JESUSEN BIHOTZA | 4 | 5 | 4 | (1) |
BURLADA | IRABIA-IZAGA | 32 | 32 | 32 | |
ESTELLA | SANTA ANA | 12 | | 11 | (1) |
ETXARRI ARANATZ | ANDRA MARI IKASTOLA | 12 | 11 | 11 | (1) |
PAMPLONA | SANTA TERESA DE JESÚS | 12 | 12 | 12 | |
TAFALLA | IKASTOLA GARCÉS DE LOS FAYOS | 10 | 9 | 9 | (1) |
TUDELA | COMPAÑÍA DE MARÍA | 24 | 23 | 23 | (1) |
VILLAVA | LA PRESENTACIÓN | 9 | | 8 | (1) |
| | 129,5 | 106 | 124 | |
(1) El número de unidades que se conciertan es suficiente para que los alumnos escolarizados en cursos anteriores en el Centro terminen sus estudios. (2) El centro ha cesado su actividad. |
Modificación conciertos de bachillerato. Curso 2019/2020 |
POBLACIÓN | CENTRO | N.º DE UNIDADES 2018/2019 | N.º DE UNIDADES 2019/2020 | OBSERVACIONES |
Concertadas | Solicitadas | Concedidas |
BURLADA | IRABIA-IZAGA | 5 | 6 | 6 | |
CIZUR MENOR | SAN FERMÍN IKASTOLA | 8 | 8 | 8 | |
ESTELLA | NTRA. SRA. DEL PUY | 4 | 6 | 4 | (1) (2) (3) (4) |
MUTILVA | LUIS AMIGÓ | 4 | 5 | 4 | (1) (4) |
PAMPLONA | FUND. EDUCATIVA JESUITINAS | 4 | 5 ud o, 4 ud + 26 h | 4 | (1) (2) (4) |
PAMPLONA | MIRAVALLES-EL REDÍN | 9 | | 10 | |
SARRIGUREN | SANTA MARÍA LA REAL | 8 | 8 | 8 | |
VILLAVA | PAZ DE ZIGANDA IKASTOLA | 5 | 6 | 6 | |
| | 47 | 39 | 50 | |
(1) El número de unidades que se conciertan es suficiente para que los alumnos escolarizados en cursos anteriores en el Centro terminen sus estudios. (2) Se conceden 24 horas lectivas semanales adicionales al concierto para impartir materias de modalidad en primer curso. (3) Se conceden 24 horas lectivas semanales adicionales al concierto para impartir materias de modalidad en segundo curso. (4) A la vista de la matrícula real en septiembre de 2019, se procederá, en su caso, a realizar las modificaciones correspondientes del concierto. |
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