BOLETÍN Nº 150 - 2 de agosto de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 343E/2019, de 17 de junio, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación del Plan Municipal de Doneztebe en las parcelas 321, 474 y 500 del polígono 1, promovido por Alfredo Zugarramurdi Zozaya.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se trata de una Modificación menor, por lo que se somete a Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente el 12 de enero de 2018 y se ha sometido a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 22, de 31 de enero de 2018. Durante este periodo, no se han recibido alegaciones de contenido ambiental.

El objetivo de la Modificación es ampliar el núcleo urbano de la localidad, generando un suelo residencial en el entorno de las unidades UC 2, UC 10 y UC 4, de tal manera que se incorporan las parcelas 321, 414 y 500 del polígono 1 para albergar 4 viviendas unifamiliares o bifamiliares.

El ámbito de la Modificación se ubica próximo a la confluencia de los ríos Bidasoa y Ezkurra, comprende una superficie de 9.866,66 m², linda con el límite del suelo urbano (unidades UC 10 y UC 2), con el río Ezkurra por el sudeste, por el norte con la parcela 321, que queda parcialmente incluida en el ámbito, y por el oeste con la parcela 169, correspondiente a la zona verde del suelo ya urbano.

La Modificación conlleva el cambio de categoría urbanística en las parcelas citadas, que pasan de suelo no urbanizable a suelo urbanizable de uso residencial. Las medidas adoptadas para prevenir los riesgos por inundabilidad han quedado recogidas en la normativa urbanística de tal forma que las edificaciones se proyectaran a una cota superior a la avenida de periodo de retorno de 500 años y con condiciones específicas para los sótanos y semisótanos.

Además de la propuesta residencial, se plantea como Sistema General Adscrito un recorrido peatonal y ciclista paralelo al río Ezkurra por su margen izquierda, que une la calle Elizagibela con el puente de la antigua vía del tren. Esta vía peatonal se ha retranqueado respecto a la propuesta aprobada inicialmente, quedando fuera de la Zona de Flujo Preferente y atravesando zonas de prados y huertas, sin valores ambientales reseñables.

La Modificación conlleva un cambio de uso de un terreno destinado a praderas en el que no se identifican valores ni elementos ambientales reseñables, por lo que no se prevén afecciones ambientales significativas.

El Servicio de Territorio y Paisaje informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

Considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica simplificada se ha desarrollado adecuadamente y, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y por el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

RESUELVO:

1.º Formular Informe Ambiental Estratégico favorable de la “Modificación del Plan Municipal de Doneztebe/Santesteban, en las parcelas 321, 474 y 500 del polígono 1”, promovida por Alfredo Zugarramurdi Zozaya, considerando que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Doneztebe/Santesteban y a la Sección de Urbanismos a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de junio de 2019.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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