BOLETÍN Nº 148 - 31 de julio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 101/2019, de 5 de junio, del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, por la que se procede a la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en Aberin y Oteiza.

Con fecha 27 de febrero de 2019, don Eduardo Ryan Murúa, en representación de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ha solicitado autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

–Expediente: SAT10965.

–Ubicación de la instalación: Aberin y Oteiza.

–Finalidad: mejorar la calidad de suministro en la zona.

–Características técnicas: Línea aérea de alta tensión a 13,2 kV de unión entre líneas “Estella-Allo” y “Estella-Arinzano”, entre el apoyo 310 del circuito “Estella-Allo” hasta el apoyo 806 del circuito “Estella-Arinzano” (2.665 metros de conductor 100-AL1/17-ST1A).

–Presupuesto: 106.528,41 euros.

I.–Información pública.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública mediante publicación de anuncio en Diario de Navarra y Boletín Oficial de Navarra número 54, ambos de fecha 20 de marzo de 2019, remitiéndose asimismo a los Ayuntamientos de Aberin y Oteiza, para su exposición al público. Por otra parte, el expediente se expuso al público en el portal web Gobierno Abierto de Navarra.

Ayuntamientos:

Remitida separata al Ayuntamiento de Oteiza solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 28 de febrero y 2 de abril de 2019), no se ha manifestado al respecto.

El Ayuntamiento de Aberin, en documento de fecha 30 de abril de 2019, comunica su conformidad con la separata del proyecto.

Alegaciones:

Con fecha 15 de abril de 2019, don José Joaquín Garnica Hermoso, en representación de don Luis Hermoso Echegaray, presenta alegaciones en las que solicita que los apoyos 317 y 319 se ubiquen en los bordes de la parcela 93 del polígono 3 de Aberin, de su propiedad.

Trasladada las alegaciones a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con fecha 14 de mayo de 2019 la empresa distribuidora manifiesta que el trazado sometido a información pública es el que a priori reúne las mejores condiciones técnicas para su ejecución, así mediante Resolución 1E/2019, de 3 de enero, de la Directora de Servicio de Territorio y Paisaje del Gobierno de Navarra, se ha concedido Autorización de Afecciones Ambientales a la instalación proyectadas.

No obstante, se atenderá en parte la solicitud del alegante, puesto que el apoyo 317 se podrá ajustar al límite de la parcela, respetando en todo caso los 3 metros al camino situado al oeste de la finca afectada; sin embargo, el apoyo 319 deberá mantenerse en la ubicación proyectada porque ajustarlo al lindero este de la parcela supondría un vano entre los apoyos 318 y 319 de una gran longitud, que sumado a la orografía del terreno, exigiría apoyos de unas dimensiones excesivas para poder cumplir la distancia al terreno.

Por lo que se refiere al perjuicio que implica la ubicación de estos apoyos en la finca, se deberá de acordar una indemnización por imposición de servidumbre de paso conforme a lo establecido en el artículo 156 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. No obstante, en el momento procedimental oportuno, en el caso de no alcanzar el mutuo acuerdo previo, la Administración le requerirá la correspondiente Hoja de Aprecio en la que el alegante deberá concretar el valor en que se estime la servidumbre impuesta.

Por lo expuesto anteriormente, procede estimar parcialmente las alegaciones de don Luis Hermoso Echegaray.

II.–Organismos y empresas afectadas.

Consta en el expediente informe de Nedgia Navarra, S.A., de 30 de abril de 2019 (E-NAV-20190005), en el que prestan su conformidad al proyecto, estableciendo el correspondiente condicionado. Con fecha 9 de mayo de 2019, Iberdrola Distribución, S.A.U. manifiesta su conformidad a dicho condicionado.

Remitida separata a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 28 de febrero y 10 de abril de 2019), no se ha manifestado al respecto.

Mediante Resolución 1E/2019, de 3 de enero, de la Directora de Servicio de Territorio y Paisaje del Gobierno de Navarra, se concedió Autorización de Afecciones Ambientales a la instalación proyectada.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 48/2016, de 15 de enero, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación (Boletín Oficial de Navarra número 20, de 1 de febrero de 2016), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial don Raúl Reviejo García, concediéndole un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

4. Reconocer a la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

5. Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por don Luis Hermoso Echegaray, según lo indicado anteriormente.

6. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

7. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

8. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

9. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial y al Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas, a los efectos oportunos.

10. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

11. Notificar esta Resolución a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., a Nedgia Navarra, S.A. y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

12. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Oteiza, al Ayuntamiento de Aberin, y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 5 de junio de 2019.–La Jefa de la Sección de Infraestructuras Energéticas, Laura Larraya Irigoyen. Suplente del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial. (En virtud de la Resolución 167/2017, de 30 de noviembre, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 240, de 18 de diciembre de 2017).

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