BOLETÍN Nº 146 - 29 de julio de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y delegación de competencias

Decreto de Alcaldía 1/2019.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1 b) y 23.1 de la LBRL 7/1985, 35.2 d), 112.3, 8 de la Ley Foral 6/1990 y 52 y 53 del Real Decreto 2586/1986 ROF.

RESUELVO:

Primero.–Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los/ as siguientes Concejales/as:

–Uxua Olcoz (EH Bildu).

–Goizeder Juango (IT).

–Ignacio Moros(IT).

–Soco Ojer (IU).

–Amaia Jaurrieta (Geroa Bai).

Segundo.–Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, así integrada, y sin perjuicio de su asistencia permanente a Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones de conformidad con el artículo 53 del ROF, las siguientes competencias de Alcaldía que expresamente se delegan:

1. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado y disponer gastos dentro del límite de su competencia, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de Haciendas Locales de Navarra. Queda exceptuada de la delegación, los supuestos contemplados en la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos para los que no se exige otros requisitos que la factura y/o reserva de crédito (servicios y suministros hasta 15.000 euros, IVA excluido) y en el caso de contratos de obras, quedan excluidos de la delegación aquellos que no alcancen los 40.000 euros, IVA excluido. Si estos importes se modifican o fueran superiores en las posteriores leyes forales de contratos públicos, se entenderán modificados los importes citados a los nuevos límites que se dispongan.

2. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a 4 años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere el porcentaje indicado. Queda exceptuada de la delegación, los supuestos contemplados en la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos para los que no se exige otros requisitos que la factura y/o reserva de crédito (servicios y suministros hasta 15.000 euros, IVA excluido) y en el caso de contratos de obras, quedan excluidos de la delegación aquellos que no alcancen los 40.000 euros, IVA excluido. Si estos importes se modifican o fueran superiores en las posteriores leyes forales de contratos públicos, se entenderán modificados los importes citados a los nuevos límites que se dispongan.

3. Aprobar los proyectos de obras y servicios.

4. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobada por el pleno, aprobar las bases para las pruebas de selección del personal y para la provisión de puestos de trabajo.

5. La concesión de las siguientes licencia municipales, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al pleno a la junta de Gobierno Local:

–Licencias de obras, quedando excluidas los actos sujetos a declaración responsable o comunicación previa según lo dispuesto en el artículo 189.ter, LF 35/2002, concretamente:

a) La realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial de conformidad con la normativa sectorial que resulte aplicable.

b) Aquellas obras de escasa entidad o dimensión que se determinen en las ordenanzas municipales de Tafalla.

c) Cerramientos y vallados.

d) Carteles publicitarios visibles desde la vía pública.

e) Obras menores.

f) Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas y ensayos.

–Licencias de segregación.

–Licencias de demolición.

–Informar los expedientes de actividades sujetas al régimen de Intervención para la protección ambiental según lo especificado en la LF 4/2005.

–Licencias de actividad, quedando excluidas, las actividades sujetas a declaración responsable según lo especificado en el artículo 27.2 de la Orden Foral 448/2014, esto es, las incluidas en el anexo II de esta Orden Foral y no incluidas en el anexo III.

–La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al pleno, así como los proyectos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización.

–La resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial.

–La resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra acuerdos adoptados por la junta de gobierno por delegación de Alcaldía.

–Licencia para tenencia de perros peligrosos.

Tercero.–Notificar la presente Resolución a las personas designadas a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.

Cuarto.–Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra y publicarlos igualmente en el Tablón de anuncios y Sede Electrónica Municipal.

Quinto.–Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento del artículo 38.d) del ROF.

Sexto.–Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el día siguiente a la fecha del presente Decreto.

Séptimo.–Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno con carácter semanal, el día, martes a las 19:30 horas en primera convocatoria y una hora más tarde, en segunda. El martes coincidente con la sesión de Pleno, se reunirá a las 19:00 horas.

Tafalla, 1 de julio de 2019.–El Alcalde, Jesús Arrizubieta Astiz.

Código del anuncio: L1909263