BOLETÍN Nº 140 - 19 de julio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 18 de junio de 2019, por el que se declara el Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera), como Lugar de la Memoria Histórica de Navarra y se inscribe en el Registro de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra.

La Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra, tiene por objeto regular la declaración, protección, conservación y difusión de los lugares de la memoria histórica de Navarra, con la finalidad de que sirvan como espacios de transmisión de la memoria y contribuyan a promover una cultura de paz y convivencia. El artículo 7 de la citada ley foral establece el procedimiento a seguir por el Departamento competente en Memoria Histórica del Gobierno de Navarra, que culminará con la declaración de Lugar de la Memoria Histórica de Navarra de aquellos lugares o espacios físicos que se compruebe cumplen con los requisitos exigidos, a estos efectos, en dicha ley foral.

El reconocimiento como Lugar de la Memoria Histórica de Navarra conllevará su inscripción preventiva y definitiva, en caso de así reconocerse, en el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra, adscrito a la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, llevando implícito el reconocimiento singular y aplicación del régimen de protección establecido en dicha ley foral, como la declaración de utilidad pública o interés social.

Por Resolución 14/2019, de 17 de abril, del Director General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, se inició el procedimiento para la declaración e inscripción del Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera) como Lugar de la Memoria Histórica de Navarra. Dicha resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 87, de 7 de mayo de 2019, abriendo un periodo de información pública por el plazo de un mes. Finalizado el plazo no se ha aportado alegación alguna.

Simultáneamente se procedió a la anotación preventiva del Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera) en el Registro de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra, registrada con la nomenclatura: LM-2019-0014-Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera).

Concluidos los trámites de audiencia e información pública, por la Comisión Técnica de Coordinación en materia de Memoria Histórica se ha emitido informe favorable a los efectos de la inscripción, dejando expedita la vía para que el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera Relaciones Ciudadanas e Institucionales, proceda a declarar el Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera) como Lugar de la Memoria Histórica de Navarra e inscribir el mismo en el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ACUERDA:

1.º Resolver favorablemente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 7.f) de la Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de Memoria Histórica de Navarra, el procedimiento de declaración e inscripción del Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera).

2.º Declarar el Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera) como Lugar de la Memoria Histórica de Navarra.

3.º Proceder a su inscripción en el Registro de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra con el número de inscripción: LM-2019-0014-Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera).

4.º Aplicar al Espacio Memorial de Argaitzeko Harrobia (Bera) el régimen de protección, conservación y difusión de los lugares de la memoria histórica de Navarra, establecido en la Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra, con la finalidad de que sirva como espacio de transmisión de la memoria y contribuya a favorecer una cultura de paz y convivencia.

5.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Portal de Gobierno Abierto, para general conocimiento.

6.º Trasladar este acuerdo a la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, y al Instituto Navarro de la Memoria.

7.º Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Bera/Berako Udala, advirtiendo que contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses.

Pamplona, 18 de junio de 2019.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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