BOLETÍN Nº 139 - 18 de julio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1295/2019, de 25 de junio, del Rector en funciones de la Universidad Pública de Navarra por la que se autoriza el gasto y se aprueba la Convocatoria de 7 ayudas para Contratos Posdoctorales adscritas a Grupos e Institutos de Investigación de la Universidad Pública de Navarra.

La Comisión de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, en sesión celebrada el 21 de marzo de 2019, acordó aprobar la Convocatoria de 7 ayudas para Contratos Posdoctorales adscritas a Grupos e Institutos de Investigación de la Universidad Pública de Navarra.

Visto el informe emitido por la Asesoría Jurídica de la Universidad.

Visto el informe emitido por el Servicio de Asuntos Económicos.

Visto la certificación de reserva de créditos emitida por la Sección de Contabilidad.

Vista la propuesta del Vicerrector de Investigación.

Una vez intervenido y fiscalizado favorablemente.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria de 7 ayudas para Contratos posdoctorales adscritos a Grupos incluidos en el Plan de Competitividad 2019 e Institutos de investigación de la Universidad Pública de Navarra para el año 2019, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo a la presente resolución que se formalizarán mediante contratos de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología, artículo 22 de la Ley de la Ciencia, con una dotación de 14 pagas mensuales de 1.600euros, con fecha prevista de inicio el 1 de septiembre de 2019.

Segundo.–Autorizar el gasto originado por la presente convocatoria por un importe máximo de 205.251,2euros, que se imputará a las siguientes partidas de gastos del Presupuestos de la Universidad Pública de Navarra:

–Presupuesto de 2019:

32300013108 Personal Investigador: 52.266,67 euros.

32300016000 Seguridad Social: 16.150,40 euros.

–Presupuesto de 2020:

32300013108 Personal Investigador: 104.533,33 euros.

32300016000 Seguridad Social: 32.300,80 euros.

Tercero.–Se podrá ampliar la dotación de las ayudas y el número de ayudas en el supuesto de que existiese un mayor presupuesto para financiar la convocatoria.

Cuarto.–Comunicar la presente resolución al Vicerrector de Investigación, a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, a la Sección de Contabilidad, al Servicio de Recursos Humanos, a los responsables de Grupos e Institutos de Investigación a los que se adscribirán los contratos.

Quinto.–Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Universidad Pública de Navarra. Asimismo, desde el Servicio de Investigación se procurará su máxima difusión a través de los medios electrónicos de la Universidad Pública de Navarra.

Sexto.–La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma y sus bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 25 de junio de 2019.–El Rector en funciones, Francisco J. Arregui San Martín.

Convocatoria de 7 ayudas posdoctorales
adscritas a Grupos e Institutos de investigación
de la Universidad Pública de Navarra año 2019

Anexo Resolución 1295/2019, de 25 de junio

Capítulo I

Objeto y modalidades de la convocatoria

1.–Modalidades de ayuda.

La convocatoria de 7 ayudas posdoctorales adscritas a los Grupos de Investigación se regulará por las disposiciones comunes y específicas contenidas en ella, y su concesión estará sujeta a la existencia de disponibilidad presupuestaria. La convocatoria comprende las siguientes ayudas:

–1 ayuda adscrita al Grupo Biofilms Microbianos.

–1 ayuda adscrita al Grupo Comunicación, señales y microondas.

–1 ayuda adscrita al Grupo de Ejercicio físico, salud y calidad de vida.

–1 ayuda adscrita al Grupo Historia y Economía.

–1 ayuda adscrita al Grupo Inteligencia Artificial y Razonamiento Aproximado.

–1 ayuda adscrita al Grupo Psicología clínica y psicopatología.

–1 ayuda adscrita al IMAB (Institute for Multidisciplinary Research in Applied Biology).

2.–Requisitos de los solicitantes.

2.1. Las ayudas para la formación de personal investigador postdoctoral de la Universidad Pública de Navarra tienen como finalidades principales potenciar la capacidad investigadora de los investigadores que acaban de obtener el título de Doctor, así como incrementar la actividad investigadora de los Grupos e Institutos de Investigación la Universidad Pública de Navarra.

2.2. Serán requisitos comunes:

a) Ser Doctor o Doctora a fecha 31 de agosto de 2019.

b) Que el director o directora de la ayuda esté adscrito al Grupo o Instituto de Investigación al que se solicita la ayuda.

3.–Régimen jurídico de las ayudas.

3.1. Son derechos y deberes de los beneficiarios de las ayudas aquellos que se determinen en la presente convocatoria y cualesquiera otros que se establezcan en la legislación vigente que les sea de aplicación.

3.2. Los contratos se regirán por lo establecido en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

3.3. El beneficiario o beneficiaria de la ayuda se incorporará al Grupo de Investigación o Instituto al que se adscriba la ayuda.

3.4. En ningún caso las ayudas recogidas en esta convocatoria establecen un compromiso de posterior incorporación de los beneficiarios a la plantilla de la Universidad Pública de Navarra.

3.5. La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas o becas financiadas con fondos públicos o privados, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del beneficiario o beneficiaria de la ayuda, con las siguientes excepciones, previa autorización del Vicerrector de Investigación:

–Percepciones por tareas docentes e investigadoras siempre que estén directamente asociadas con la investigación desarrollada por el personal investigador en formación y con los complementos provenientes de participación autorizada en proyectos de I+D y de contratos realizados en aplicación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

–Las ayudas complementarias para fomentar la formación y movilidad de investigadores.

–Percepciones esporádicas por actividades que a juicio del Vicerrector de Investigación no interfieran en el desarrollo del objeto de la ayuda concedida.

4.–Forma y plazo de presentación de solicitudes.

4.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se podrán presentar en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, Pamplona, en el Registro del Campus de Tudela, avenida de Tarazona s/n, Tudela, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4, apartados b y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, 31006 Pamplona.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

5.–Impresos y documentación de solicitud.

a) Impreso normalizado, que puede descargarse de la siguiente dirección: http://www.unavarra.es/investigacion/ayudas-y-convocatorias/personal-investigador. Una vez cumplimentada la solicitud deberá entregar un ejemplar firmado en Registro General junto con la documentación exigida en cada caso. El visto bueno del director o directora de la ayuda, que ha de ser miembro del grupo o instituto de investigación al que se adscribirá el contrato que se recoge en este impreso de solicitud será interpretado como la aceptación del firmante como tutor a los efectos establecidos en el Estatuto del Personal Investigador en Formación y en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como de aceptación de las bases establecidas en la presente convocatoria. El director o directora de la ayuda tendrá una vinculación con la Universidad durante el periodo de contratación del beneficiario de la ayuda.

b) Impreso resumen de la relación de méritos, disponible en la misma dirección

http://www.unavarra.es/investigacion/ayudas-y-convocatorias/personal-investigador. Junto al impreso deberá entregarse documentación acreditativa de los méritos alegados. Únicamente se valorarán los méritos acreditados documentalmente puesto que la presentación y acreditación de méritos no es requisito excluyente de la convocatoria, en los casos en los que el solicitante no presente dicha documentación, la Universidad no valorará dichos méritos y no reclamará su acreditación.

No serán tenidos en cuenta los documentos emitidos por personas, órganos o instituciones que no tengan atribuida la competencia para certificar según sus propias normas reguladoras.

c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

d) Fotocopia del título previo al de doctor.

e) Fotocopia del título de doctor o resguardo de haberlo solicitado.

f) Proyecto de investigación que se propone desarrollar.

En el caso de que la documentación solicitada a los interesados en las bases de esta convocatoria ya obre en poder de la Universidad Pública de Navarra, no estarán obligados a presentarla, pero deberán hacer constar esta circunstancia mediante escrito en el que identifiquen el documento de que se trata, la fecha, y la unidad administrativa en que fue presentada.

Si la documentación acreditativa de méritos está expedida en idiomas distintos al español, euskera, inglés o francés, deberá acompañarla de la correspondiente traducción jurada a uno de estos idiomas.

6.–Comisiones de selección.

La selección de candidatos se realizará por las siguientes comisiones de selección, en el caso de instituto de investigación la selección la realizará la Comisión Ejecutiva del Instituto:

Se detallará una comisión de selección para cada una de las ayudas propuestas.

6.1. Ayuda adscrita al grupo de investigación Biofilms Microbianos:

–Cristina Solano Goñi.

–Iñigo Lasa Uzcudun.

–Jon Veramendi Charola.

6.2. Ayuda adscrita al Grupo Comunicación, señales y microondas:

–Carlos A. de la Cruz Blas.

–Javier Fernández de Muniain Comajuncosa.

–Miroslav Zivanovic Jeremic.

6.3. Ayuda adscrita al Grupo Ejercicio físico, salud y calidad de vida:

–Nicolás Martinez Velilla.

–Miguel Barajas Vélez.

–Roberto Aguado Jimenez.

6.4. Ayuda adscrita al Grupo Historia y Economía:

–Joseba de la Torre Campo.

–Gloria Sanz Lafuente.

–Héctor García Montero.

6.5. Ayuda adscrita al Grupo Inteligencia Artificial y Razonamiento Aproximado:

–Humberto Bustince Sola.

–Edurne Barrenechea Tartas.

–Daniel Paternain Dallo.

6.6. Ayudas adscrita al Grupo Psicología clínica y psicopatología:

–José J. López Goñi.

–Raúl Cacho Fernández.

–Alfonso Arteaga Olleta.

6.7. Ayuda adscrita al Instituto IMAB (Institute for Multidisciplinary Research in Applied Biology).

Comisión Ejecutiva del Instituto

7.–Criterios de selección.

La selección de candidatos se realizará teniendo en cuenta lo indicado en este apartado, que será propuesto por la Comisión de Evaluación de cada grupo e instituto de investigación:

7.1. Ayuda adscrita al grupo Biofilms microbianos:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de Investigación presentado por el solicitante, hasta 30 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a las siguientes líneas de investigación del grupo:

  • Ánalisis molecular del proceso de formación de biofilms bacterianos.
  • Bases moleculares que regulan el funcionamiento de sistemas de transducción de señal en bacterias.

–Entrevista personal, 10 puntos (solo a los 3 primeros candidatos, una vez valorados los dos apartados anteriores).

–Experiencia demostrada y acreditable en las siguientes actividades de investigación: manipulación genética de bacterias Gram negativas y Gram positivas. Técnicas de biología molecular. Bioinformática. Ensayos de virulencia de bacterias patógenas en modelos animales. Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, justificantes de cursos realizados, publicaciones científicas, comunicaciones a congresos y se valorará dentro del Currículum.

7.2. Ayuda adscrita al grupo Comunicación, señales y microondas:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 40 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a las siguientes líneas de investigación del grupo:

  • Diseño analógico en baja tensión.
  • Diseño de ASICs analógicos y mixtos.
  • Técnicas de captación y gestión de energía ambiental (energy harvesting).

–Experiencia demostrada y acreditable en todas y cada una de las siguientes actividades de investigación: diseño, simulación y layout de circuitos integrados analógicos de bajo consumo, técnicas de medida experimental de circuitos integrados analógicos, técnicas de captación de energía ambiental. Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, justificantes de cursos realizados, justificantes de participación en proyectos y contratos de I+D, publicaciones científicas, comunicaciones a congresos y se valorará dentro del Currículum.

7.3. Ayuda adscrita al grupo Ejercicio físico, salud y calidad de vida:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 40 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a las siguientes líneas de investigación del grupo:

  • Ejercicio físico y enfermedades asociadas al sedentarismo: diabetes, obesidad, EPOC y riesgo cardiovascular.
  • Entrenamiento de fuerza y resistencia cardiovascular: adaptaciones neuromusculares, cardiovasculares y metabólicas.
  • Fragilidad e indicadores funcionales relacionados con el envejecimiento. Efectos de un programa multi-componente de fuerza, equilibrio y marcha.

–Experiencia demostrada y acreditable en todas y cada una de las siguientes actividades de investigación: a) coordinación y desarrollo de intervenciones con ejercicio físico/dieta en sujetos con enfermedades asociadas al sedentarismo, b) uso de técnicas de bioquímica y metabolismo en ejercicio (espectrofotometría, expresión de proteínas, citometría de flujo, etc.), y c) análisis y tratamiento de datos estadísticos (metaanálisis, ensayos clínicos y minería de datos en estudios poblacionales). Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, publicaciones científicas, o comunicaciones a congresos y se valorará dentro del Currículum.

7.4. Ayuda adscrita al Grupo Historia y Economía:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 40 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a las siguientes líneas de investigación en Historia e Instituciones Económicas:

  • Recursos naturales, energía e instituciones económicas.
  • Trabajo, migraciones y niveles de vida.
  • Políticas económicas y relaciones internacionales contemporáneas.

–Experiencia demostrada y acreditable en técnicas historiográficas y de investigación, conocimiento de archivos y bases de datos. Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, justificantes de cursos realizados, publicaciones científicas, comunicaciones a congresos y se valorará dentro del Currículum.

7.5. Ayuda adscrita al Grupo Inteligencia Artificial y Razonamiento Aproximado:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 40 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a las siguientes líneas de investigación del grupo:

  • Desarrollo de clasificadores difusos para Big Data.

–Experiencia demostrada y acreditable en todas y cada una de las siguientes actividades de investigación: desarrollo de clasificadores difusos, diseño de algoritmos distribuidos para problemas Big Data, programación en Java y Scala, uso de frameworks para Big Data (especialmente Hadoop y Spark), y realización de experimentos en clusters de computación. Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, justificantes de cursos realizados, publicaciones científicas, comunicaciones a congresos, y se valorará dentro del Currículum.

7.6. Ayuda adscrita al Grupo Psicología clínica y psicopatología:

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 30 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a alguna de las siguientes líneas de investigación del grupo:

  • Conductas adictivas.
  • Violencia.
  • Evaluación y tratamiento psicológico.
  • Conductas de riesgo en adolescentes.

Experiencia demostrada y acreditable en los siguientes ámbitos:

Participación en proyectos de investigación. Publicaciones científicas. Participación en congresos. Inglés avanzado. Manejo de programas estadísticos (SPSS). Desarrollo de análisis basados en ecuaciones estructurales. Experiencia en el campo de la psicología clínica/psicología sanitaria. PIR. Máster en Psicología General Sanitaria. Masters y Posgrados relacionados con la formación clínica o con la investigación.

Esta experiencia se acreditará mediante certificado de trabajo, justificantes de cursos realizados, publicaciones científicas, comunicaciones a congresos y se valorará dentro del Currículum.

–Entrevista personal, 10 puntos (sólo a los 3 primeros candidatos, una vez valorados los tres apartados anteriores).

7.7. Ayuda adscrita al Instituto IMAB (Institute for Multidisciplinary Research in Applied Biology):

–Currículum del solicitante según lo indicado en el anexo, hasta 60 puntos.

–Proyecto de investigación presentado por el solicitante hasta 40 puntos, valorando la calidad del proyecto que el candidato plantea desarrollar y su adecuación a la siguiente línea de investigación del instituto.

7.8. El Currículum del o de la solicitante se valorará de acuerdo con la tabla de puntuaciones y desglose del anexo de la convocatoria, normalizando posteriormente el total obtenido al máximo indicado en cada ayuda.

8.–Tramitación y resolución de las solicitudes.

Los requisitos exigidos deberán ser cumplidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto el indicado en el apartado 2.2.a) que deberá ser cumplido a fecha 31 de agosto de 2019.

8.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el plazo máximo de 1 mes, en la página web de la Universidad Pública de Navarra, la relación provisional de solicitantes admitidos a trámite y excluidos por no acreditar alguno de los requisitos establecidos para la ayuda solicitada o por no haber presentado la documentación exigida. Estos medios constituyen el único instrumento de publicidad asumido por la Universidad, sin perjuicio de la utilización, con carácter complementario y no oficial, del aviso por correo electrónico a los interesados. A dichos solicitantes se les concederá un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en la página web de la Universidad de la relación provisional, para que subsanen las deficiencias observadas o completen la documentación correspondiente. De no hacerlo en el plazo fijado, su solicitud no podrá ser admitida a trámite.

8.2. Resueltas las reclamaciones presentadas y a propuesta del Comité Técnico de la Comisión de Investigación, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de solicitudes admitidas a trámite y excluidas. Esta resolución definitiva pone fin a la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación en la página web de la Universidad Pública de Navarra.

8.3. En el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de solicitudes admitidas a trámite, a propuesta de las comisión de selección, se publicarán las puntuaciones y la propuesta de adjudicación provisional de las ayudas en la página web de la Universidad, sin perjuicio de la utilización con carácter complementario y no oficial de un aviso mediante correo electrónico, estableciendo un plazo de reclamaciones de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en la web de la propuesta. Resueltas las reclamaciones, el Vicerrector de Investigación a propuesta de las comisiones de selección, elevará al Rector de la Universidad la propuesta de adjudicación definitiva para su aprobación mediante resolución. Las puntuaciones y la propuesta de concesión definitivas se publicarán en la página web de la Universidad. En el supuesto de no producirse la resolución en el plazo de cuatro meses desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes, las mismas se entenderán desestimadas.

8.4. Contra la resolución rectoral definitiva de concesión de ayudas, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en la web de la Universidad, o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

8.5. Página web de publicación: http://www.unavarra.es/investigacion/ayudas-y-convocatorias.

9.–Condiciones del contrato.

9.1. El disfrute de las ayudas se formalizará mediante contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación entre el beneficiario o beneficiaria y la Universidad Pública de Navarra de acuerdo con lo que establece el artículo 22 de la Ley14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

9.2. El contrato se formalizará por una duración de un año renovable por otro previo informe favorable de la Comisión de Selección y existencia de dotación presupuestaria.

9.3. La dotación anual de las ayudas será de 14 pagas de 1.600euros. De esta dotación mensual se deducirá la cuota de cotización obligatoria y la Universidad asumirá las correspondientes cuotas empresariales de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la legislación vigente.

10.–Obligaciones de los beneficiarios.

10.1. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario o beneficiaria implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la Universidad Pública de Navarra establezca para el seguimiento científico de las ayudas.

10.2. Los beneficiarios deberán:

–Incorporarse a la Universidad Pública de Navarra en la fecha indicada en la resolución de concesión y en el contrato, para la realización del trabajo de investigación objeto de la ayuda, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la ayuda. También se entenderá como renuncia a la ayuda no firmar el contrato en los 5 días siguientes a la recepción del aviso remitido desde la Sección de Recursos Humanos para proceder a la firma del mismo.

–El Vicerrector de Investigación, a solicitud del interesado, con el visto bueno del director o directora de la ayuda, podrá autorizar, cuando existan causas de fuerza mayor, un retraso en la incorporación. Los motivos de incompatibilidad no se consideran causa de fuerza mayor para el aplazamiento en la incorporación.

–Realizar con aprovechamiento su labor en el seno del Grupo o Instituto de Investigación al que se adscribe la ayuda.

–No difundir bajo ninguna forma las informaciones científicas o técnicas a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo del trabajo asociado a la ayuda sin autorización del director o directora de la ayuda.

–Remitir al Vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra los informes que le sean solicitados respecto de la actividad realizada, incluyendo el visto bueno del director o directora de la ayuda.

–Hacer constar en todas las publicaciones u otros resultados que se deriven de las actividades de investigación realizadas durante el periodo de disfrute de la ayuda, la referencia a la financiación recibida de la Universidad Pública de Navarra.

–Presentar, una vez concluido el contrato, una memoria final del trabajo realizado, con el visto bueno del director o directora de la ayuda, así como un certificado de la vida laboral.

10.3. El incumplimiento de las obligaciones mencionadas supondrá la anulación de la ayuda concedida y podrá conllevar el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, conforme a lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, que regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones.

10.4. Quienes renuncien a la ayuda obtenida deberán dirigir un escrito fundamentado de su renuncia al Vicerrector de Investigación con la firma del director o directora de la ayuda. Las bajas de nuevas concesiones iniciales producidas dentro de los 3 meses siguientes al inicio del contrato serán cubiertas entre el resto de los solicitantes de la presente convocatoria según el orden que se haya establecido en la valoración aprobada en la resolución de concesión de ayudas. La solicitud de renuncia a la ayuda deberá de ser presentada con una antelación mínima de 7 días a la fecha de efectos.

10.5. Los beneficiarios de estas ayudas ceden a la Universidad Pública de Navarra todos los derechos que puedan corresponderles sobre los resultados que se generen como consecuencia de su actividad investigadora objeto de la ayuda. La Universidad reconocerá a los beneficiarios de estas ayudas sus derechos como autores o inventores, sobre aquellos resultados en cuya obtención hayan intervenido, en condiciones equivalentes a las que corresponden al personal investigador laboral o funcionario de la Universidad.

11.–Beneficios sociales.

Los beneficiarios de las ayudas disfrutarán de los beneficios laborales y sociales inherentes al contrato suscrito.

12.–Docencia.

12.1. Los beneficiarios de estas ayudas podrán solicitar la autorización a prestar colaboraciones en tareas docentes de un Departamento universitario con fines formativos, previa conformidad del Director de la ayuda y del Director del Departamento implicado. Esta colaboración podrá efectuarse hasta un máximo de ochenta horas anuales.

12.2. La autorización se solicitará de acuerdo al procedimiento aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 30 de mayo de 2018, presentando en la Unidad de Apoyo Administrativo correspondiente el impreso normalizado según lo indicado en el citado procedimiento.

13.–Suspensión de las ayudas.

Los beneficiarios de estas ayudas tendrán derecho a la percepción de las prestaciones propias del régimen de la acción protectora de la Seguridad Social, en los términos previstos en el mismo, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social durante el periodo que duren las contingencias que las causaren. En lo referido a permisos se atendrán a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y legislación vigente que sea de aplicación.

De acuerdo con el artículo 22.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato.

Se podrá solicitar la ampliación del contrato en las situaciones de incapacidad temporal con una duración igual o mayor a 3 meses y en el resto de casos por el mismo tiempo que haya durado el hecho causante. Esta ampliación se podrá conceder únicamente en el caso de informe favorable de aprovechamiento de la ayuda y existencia de dotación presupuestaria y tendrá que ser solicitada con una antelación límite de dos meses antes de la finalización del contrato.

14.–Publicación.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y se difundirá a través de los medios electrónicos de la Universidad.

15.–Recursos.

Contra la resolución aprobatoria y las bases contenidas en la presente convocatoria, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

ANEXO

Baremo para la valoración del curriculum

CATEGORÍAS

Publicaciones

20

Congresos

8

Estancias

10

Participación proyectos

5

Disfrute ayudas pre-doctorales

10

Otros méritos

7

APORTACIÓN

PUNTOS

CATEGORÍA

PUNTOS

1

Artículos JCR en Q1

1

Publicaciones en los temas indicados en el apartado 7 en cada una de las ayudas

Máximo normalizado

20

2

Patentes

1

3

Artículos JCR en Q2

0,75

4

Artículos JCR en Q3

0,5

5

Artículos JCR en Q4

0,25

6

Monografías

1

7

Libros completos internacionales.

1

8

Libros completos nacionales.

0,5

9

Capítulos de libros internacionales

0,4

10

Capítulos de libro nacionales.

0,1

11

Otras publicaciones.

0,2

12

Ponencias invitadas en congresos internacionales

1,2

Congresos en los temas indicados en el apartado 7 en cada una de las ayudas

Máximo normalizado

8

13

Ponencias invitadas en congresos nacionales

0,4

14

Comunicaciones o pósters en congresos internacionales

0,5

15

Comunicaciones o pósters en congresos nacionales

0,3

16

Estancias

Puntuación máxima

10

17

Proyectos de la Unión Europea.

0,6

Proyectos en los temas indicados en el apartado 7 en cada una de las ayudas

Máximo normalizado

5

18

Proyectos del Plan Nacional o asimilados.

0,4

19

Proyectos de ámbito autonómico.

0,2

20

Proyectos competitivos financiados por Universidades.

0,2

21

Participación en contratos. Artículo 83 LOU

0,1

22

Disfrute de ayudas pre-doctorales

Puntuación máxima

10

23

Idiomas

2

Otros méritos

Máximo normalizado 7

24

Actividad profesional relacionada con el tema*

3

25

Cursos de formación*

2

* En los temas indicados en el apartado 7 en cada una de las ayudas

–Detalle del cálculo de los méritos:

En todos los casos se considerarán las contribuciones aceptadas o publicadas. La participación en proyectos, cursos, etc., ha de estar suficientemente documentada.

Publicaciones, comunicaciones y ponencias: acreditar aceptación o publicación. No se puntuarán como publicaciones los libros de actas de congresos. La asistencia a congresos sin participación se consignará en el apartado de cursos de formación.

Proyectos: es necesario aportar constancia de que el solicitante está oficialmente en el equipo investigador o de trabajo del proyecto, excepto los proyectos cuyo organismo responsable sea la Universidad Pública de Navarra, en cuyo caso se indicarán los datos del proyecto y convocatoria para facilitar la localización de documentación. No se admitirán como válidos los documentos justificativos expedidos por el/la investigador/a responsable del proyecto.

Contratos: únicamente se valorarán las adscripciones a contratos según el artículo 83 LOU en las que aparezcan como parte del equipo en el texto del contrato o en las que hayan disfrutado de una beca o contrato laboral.

Cada mérito se puntuará una sola vez no pudiendo acreditar el mismo mérito en dos apartados diferentes.

–Publicaciones: máximo normalizado 20 puntos. Las aportaciones se valoran como a continuación se indica: artículos en revistas en Q1 1 punto, Q2 0,75 puntos, Q3 0,5 puntos y Q4 0,25 puntos. Monografías y libros completos internacionales 1 punto; patentes 1 punto; libros completos nacionales 0,5 puntos; capítulos de libro internacional 0,4 puntos; capítulos de libro nacional 0,1 punto, otras publicaciones 0,2 puntos. Posteriormente se normalizan las puntuaciones, otorgando 20 puntos al solicitante más valorado.

–Participación en congresos (comunicaciones o pósters en congresos), máximo normalizado 8 puntos. Las aportaciones se valoran como a continuación se indica: ponencias invitadas en congresos internacionales, 1,2 puntos; ponencias invitadas en congresos nacionales, 0,4 puntos; comunicaciones o pósters en congresos internacionales, 0,5 puntos; comunicaciones o pósters en congresos nacionales, 0,3 puntos. Posteriormente se normalizan las puntuaciones, otorgando 8 puntos al solicitante más valorado. En el caso de ponencias invitadas es necesario acreditar documentalmente la invitación.

–Estancias en centros de investigación: hasta 10 puntos. Cada mes de estancia en entidad diferente a la de origen se puntuará 0,5. Es necesario acreditar la realización y duración total de la estancia.

–Participación en proyectos de investigación financiados, máximo normalizado 5 puntos. Las aportaciones se valoran como a continuación se indica: participación en proyectos de la Unión Europea, 0,6 puntos; participación en proyectos del Plan Nacional o asimilados, 0,4 puntos; participación en proyectos de ámbito autonómico, 0,2 puntos; participación en proyectos competitivos financiados por Universidades, 0,2 puntos; participación en contratos artículo 83 LOU, 0,1 punto. Posteriormente se normalizan las puntuaciones, otorgando 5 puntos al solicitante más valorado.

–Disfrute de ayudas pre-doctorales, hasta 10 puntos. Se otorgarán 2,5 puntos por cada año de ayuda disfrutado. Es necesario acreditar la duración total del disfrute de la ayuda. Presentar la notificación de concesión no es suficiente ya que no justifica que se haya disfrutado la totalidad del tiempo.

–Otros méritos, máximo normalizado 7 puntos.

  • Idiomas de interés científico: máximo 2 puntos. Se valorarán únicamente los certificados oficiales de Escuelas de Idiomas Oficiales, Goethe Institut, Alliance Française, Cambridge University, etc. Se puntuará acreditación nivel C2 con 0,75 puntos; acreditación nivel C1 0,5 puntos, acreditación nivel B2 0,25 puntos.
  • Cursos de formación: máximo 2, puntos. Se valorarán los que se acrediten hasta un máximo de 200 horas, incluidas otras titulaciones diferentes a las que han dado acceso al programa de doctorado, CAP, etc. Incluyendo asistencia a jornadas y congresos, que computarán 5 h/día. Si no se especifica la duración se computarán 10 horas. Cada 10 horas se puntuará como 0,1 puntos.
  • Actividad profesional de interés relacionada con la investigación: máximo 3 puntos equivalen a 15 meses a jornada completa. No se puntuarán el disfrute de becas para la formación ni las colaboraciones en tareas docentes. Los contratos con cargo a proyectos de investigación se valorarán en el apartado de proyectos.

Posteriormente se normalizan las puntuaciones, otorgando 7 puntos al solicitante más valorado.

Finalmente se suman las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados.

Código del anuncio: F1909155