BOLETÍN Nº 136 - 15 de julio de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

VILLATUERTA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso restringido
al personal funcionario del Ayuntamiento de Villatuerta,
con nivel D, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples
nivel C, sin incremento de puesto en plantilla

Vista la Plantilla Orgánica aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Villatuerta en sesión de fecha 14 de febrero de 2019 y publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 74, de 16 de abril de 2019.

Vista la Oferta Pública de Empleo aprobada por Resolución número 041/2019, de 16 de abril de 2019, de esta Alcaldía.

Teniendo en cuenta la necesidad de proceder a la provisión con carácter funcionarial, mediante concurso restringido al personal funcionario del Ayuntamiento de Villatuerta, con nivel D, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples nivel C, sin incremento de puesto en plantilla.

Redactadas las bases de la convocatoria.

De conformidad con las facultades que me atribuye el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

HE RESUELTO:

1. Aprobar las Bases de la Convocatoria para la provisión con carácter funcionarial, mediante concurso restringido al personal funcionario del Ayuntamiento de Villatuerta, con nivel D, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples nivel C, sin incremento de puesto en plantilla.

2. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Las instancias para participar deberán presentarse en el plazo de los 30 días naturales siguientes al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de Navarra.

Villatuerta, 10 de mayo de 2019.–El Alcalde, Asier Urra Ripa.

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, al amparo del artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, con carácter restringido, al personal funcionario con nivel D del Ayuntamiento de Villatuerta, mediante oposición, de una plaza de servicios múltiples plaza contemplada en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Villatuerta.

1.2. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria tendrá la condición, desde la fecha de toma de posesión, del nivel C, quedando suprimido automáticamente el puesto de trabajo desempeñado hasta ese momento.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, y percibirá las retribuciones y complementos que, en su caso correspondan, previstos en la plantilla orgánica y demás disposiciones aplicables.

1.4. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral, que tuviera el aspirante antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de seguridad social.

Base 2.–Funciones a desempeñar.

Quien obtenga el puesto de trabajo de Empleado de servicios múltiples (Nivel C) continuará desempeñando las funciones que le correspondan con arreglo a la convocatoria que sirvió de base para su selección y nombramiento, más las que se le encomienden y correspondan a su nuevo nivel o grupo de encuadramiento, que sin ánimo exhaustivo serán:

–Será el responsable directo del personal tanto fijo como eventual y subcontratado adscrito a los trabajos de servicios múltiples, obras de todo tipo de mantenimiento, incluyendo las convocatorias en colaboración con el Servicio Navarro de Empleo, empleo social protegido, reinserción, etc.

–Organizará, distribuirá y controlará todos los trabajos y tareas entre todos los trabajadores a su cargo, incluyendo control de horarios y calendario laboral.

–Realizará el control de los trabajos y funcionamiento del personal dependiente del Ayuntamiento de las instalaciones municipales, así como supervisará el funcionamiento de las empresas contratadas para la prestación de servicios municipales.

–Organización y realización de trabajos relativos a la preparación, desarrollo y finalización de actos festivos, culturales, deportivos y similares.

–Coordinará los diferentes equipos de trabajo que se puedan formar, para una mejor gestión y eficacia del servicio.

–Controlará la puntualidad y asistencia del personal a su cargo, comunicando en caso de deficiencias a la persona responsable.

–Priorizará, de acuerdo con el responsable de urbanismo y obras, el orden de los trabajos a realizar.

–Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos, etc., pertenecientes a su servicio.

–Será responsable de la firma y control de todos los vales de compra de materiales, prendas de trabajo, etc.

–Supervisará, organizará y controlará, además, los trabajos correspondientes a los trabajadores de servicios múltiples, y cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

–Control de necesidades de personal y proposición de posibles contrataciones para vacaciones, bajas y trabajos específicos de duración determinada.

–Realizará las labores de difusión de bandos y reparto de los comunicados a los vecinos, así como otros trabajos de asistencia a la organización administrativa.

–Realizará labores de limpieza de las calles del pueblo, edificios e instalaciones municipales.

–Realizará labores de mantenimiento de las zonas ajardinadas y arbolado de calles, paseos y espacios o fincas públicos.

–Realizará labores de albañilería, carpintería, pintura, fontanería, electricidad y de otro cualquier género que no requieran complejidad técnica o de medios.

–Control y mantenimiento del cementerio.

–Vigilancia e inspección del término municipal en cuanto a ordenación del tráfico, estacionamientos, licencias de obras, alumbrado público, ocupación de la vía pública, Guarderío, etc.

–Velar por el cumplimiento y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento en el personal de mantenimiento a su cargo.

–Vigilará el cumplimiento de las normas sobre seguridad e higiene en el trabajo.

–Velar por el cumplimiento de reglamentos, ordenanzas, bandos, resoluciones y demás disposiciones y actos locales.

–Cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

Base 3.–Requisitos de los aspirantes.

3.1. Las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario/a al servicio del Ayuntamiento de Villatuerta y hallarse encuadrado/a en el nivel D.

b) Haber sido nombrado o asignado, para un puesto de empleado de servicios múltiples.

c) Hallarse en posesión del título de Bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalente y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas. La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse por la acreditación de 8 años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separados del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Poseer permiso de conducir B.

g) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de sus funciones.

3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por la persona aspirante aprobada que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 4.–Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Villatuerta en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I.

4.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 5.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.2. Dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación de la lista provisional de las admitidas y excluidas, podrán formularse reclamación y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente, dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 6.–Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Don Asier Urra Ripa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villatuerta.

Suplente de Presidente: Doña María Teresa Izcue Ros, Concejala del Ayuntamiento de Villatuerta. Dichas personas podrán ser sustituidas por quien resulte proclamado Alcalde en las próximas elecciones municipales y por la persona que designe como sustituto.

–Vocal 1: Don Francisco Javier Zúñiga Lacruz, Técnico de Mantenimiento de Mancomunidad de Montejurra.

Suplente: Don Luis Zudaire Echarri, Técnico de Mantenimiento de Mancomunidad de Montejurra.

–Vocal 2: Don Enrique Francisco Echeverría Oses, Técnico en electricidad.

Suplente: Jorge Sádaba Otermin, Técnico en electricidad.

–Vocal 3: Don Juan Jesús Nieto Echeverría, Encargado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Oteiza.

Suplente: Don Esteban Haro Legarda, encargado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Ayegui.

–Vocal-Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Villatuerta.

Suplente: La Secretaria del Ayuntamiento de Azagra.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y ampliación de las bases de la convocatoria.

Base 7.–Desarrollo de la oposición.

7.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio.–Consistirá en ejercicios prácticos que serán determinados por el Tribunal sobre conocimientos en materia de albañilería, electricidad, fontanería, carpintería, jardinería y mantenimiento de edificios o instalaciones, con una puntuación máxima 45 puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio es de 120 minutos.

b) Segundo ejercicio.–Consistirá en una prueba de carácter teórico, acerca de las materias contenidas en el Anexo II del temario sobre conocimientos en materia de albañilería, electricidad, fontanería, carpintería, jardinería y mantenimiento de edificios e instalaciones, con una puntuación máxima de 45 puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio es de 60 minutos.

c) Tercer ejercicio.–Entrevista personal con el Tribunal, que versará sobre conocimientos de toponimia, callejero, geografía e historia del término municipal de Villatuerta y sobre las funciones y tareas a realizar, con una puntuación máxima de 10 puntos.

7.2. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 100 puntos, que quedan distribuidos de la siguiente forma, teniendo los ejercicios carácter eliminatorio:

Primer ejercicio.–Un máximo de 50 puntos, siendo necesarios un mínimo de 25 puntos para aprobar, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen la puntuación mínima.

Segundo ejercicio.–Un máximo de 50 puntos, siendo necesarios un mínimo de 25 puntos para aprobar, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen esa puntuación.

Tercer ejercicio.–Un máximo de 10 puntos, no siendo eliminatoria esta prueba.

7.3. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado. La media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

7.4. Las pruebas que lo permitan se realizarán a través del sistema de plicas cerradas y mediante llamamiento único. Los aspirantes que no comparecieran serán eliminados.

Base 8.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida por cada uno, y dará traslado de la misma al Alcalde, a quien elevará propuesta de nombramiento en favor de la persona aspirante aprobada de mayor puntuación. Dicha propuesta será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Dentro de los 15 días naturales siguientes de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de contratación en favor de la persona propuesta deberá presentar, salvo que dichos documentos ya obren en la propia administración, en las oficinas del Ayuntamiento de Villatuerta los siguientes documentos:

a) Certificado del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Original o copia debidamente compulsada, del título exigido o resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición o certificado de los años de servicio en el Ayuntamiento de Villatuerta.

c) Certificado o informe médico acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto psíquico o físico que le impida el desempeño del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar y defender el Régimen Foral de Navarra, acatar la Constitución y las leyes y cumplir fielmente las obligaciones de su cargo.

8.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor suficiente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser designada quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior la plaza se cubrirá con el siguiente candidato o candidata de la lista de puntuaciones.

Base 9.–Nombramiento.

9.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportado por la persona aspirante los documentos a que se refiere la base 8.2 anterior, el Alcalde del Ayuntamiento procederá a su nombramiento como funcionario nivel C del Ayuntamiento de Villatuerta. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

9.2. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de quince días naturales, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario nivel C del Ayuntamiento de Villatuerta.

Base 10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma se podrán interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

d) Contra los actos emanados del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

ANEXO I

Formulario de solicitud (PDF).

ANEXO II

Temario

1.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de electricidad (destornilladores, tijeras, alicates, tipos de llaves, sierras, taladro portátil).

2.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto térmica y diferencial.

3.–Circuitos de alumbrado básico y fluorescente: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

4.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de fontanería.

5.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

6.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de carpintero (martillos, sierras, formones, taladro eléctrico, y accesorios: lijas, colas).

7.–Operaciones básicas de carpintería: Ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

8.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de jardinería y monte (desbrozadora, cortacésped, hacha, motosierra). Limpieza de calles y plazas y riego de zonas verdes.

9.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de limpieza y pintura (diferentes tipos de pinturas y barnices, brocha, rodillo) así como gestión de residuos.

10.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de albañilería.

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