BOLETÍN Nº 136 - 15 de julio de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AGRUPACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DE BASABURUA-IMOTZ

Calendario laboral de 2019

La Agrupación de Servicios Administrativos de Basaburua-Imotz, en sesión de 10 de mayo de 2019, aprobó el calendario laboral de festivos entre semana del personal al servicio de la misma, para 2019; de ese modo, días festivos de carácter retribuido y no recuperable de 2019. Se transcriben a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–7 de enero: Lunes siguiente a la festividad de la Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–18 de abril: Jueves Santo.

–19 de abril: Viernes Santo.

–22 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Día de los y las trabajadoras.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–16 de agosto: Festividad local.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–1 de noviembre: Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Además, se establecen otros 4 días festivos a elegir cada empleado/a, con el condicionante de que no se cierre el Ayuntamiento al público.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2019, todos los sábados y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Agrupación de Basaburua-Imotz, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, entre las 7:30 y 16:00 horas.

El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Además, los trabajadores y trabajadoras dispondrán de 3 días de asuntos propios, que deberán ser solicitados a Alcaldía y justificados con la debida antelación.

La distribución de la jornada de trabajo y las vacaciones señaladas en los anteriores apartados, no se aplicará a los empleados/as que, por necesidades del servicio, tengan establecido algún tipo de jornada especial, ni a los trabajadores y trabajadoras adscritas a la escuela infantil, que se regirán por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter general.

La jornada anual será la que con carácter general se establezca definitivamente para la Administración Pública de Navarra. En caso de modificación, se aplicarán los ajustes pertinentes.

Basaburua, 10 de mayo de 2019.–La Presidenta, Esther Lakasta Perez Ilzarbe.

Código del anuncio: L1908391