BOLETÍN Nº 126 - 1 de julio de 2019

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ARGUEDAS

Rescisión de contrato de trabajo

El día 7 de junio de 2019, el Alcalde-Presidente en funciones de este Ayuntamiento dictó la Resolución número 19-109 cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Visto el informe de Intervención de fecha 7 de junio de 2019, en el que se reflejan las sucesivas inasistencias del trabajador don Ángel María Salinas Aguirre a su puesto de trabajo.

Visto que don Ángel María Salinas Aguirre, tiene vinculo contractual con el Ayuntamiento de Arguedas desde el pasado 2 de mayo de 2019 y con una duración determinada de seis meses, siendo personal laboral eventual.

Considerando que el artículo 54 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que establece en su punto 1) que “el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento graves y culpable del trabajador” y que en su apartado 2.a) señala que “Se considerarán incumplimientos contractuales a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo”.

Considerando que las inasistencias han sido los días 2, 3 y del 13 al 23 de mayo y los días 4, 6 y 7 de junio.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones legales que le están conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,

Ha resuelto:

Primero.–Notificar al trabajador don Ángel María Salinas Aguirre, la rescisión del contrato de trabajo de duración determinada teniendo la consideración de despido disciplinario y poniendo a disposición del trabajador la liquidación de finiquito que por todos los conceptos le corresponde.

Segundo.–Dar traslado de la precedente resolución, al Pleno de la Corporación Municipal en la primera sesión hábil que se celebre, a la Intervención Municipal y a los delegados sindicales, a los efectos oportunos.

Lo que notifico a Usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicha resolución podrá interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Arguedas, 12 de junio de 2019.–El Alcalde en funciones, Fernando Mendoza Rodriguez.

Código del anuncio: L1908119