BOLETÍN Nº 126 - 1 de julio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 69/2019, de 23 de mayo, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación por la que se designa a Planta Solar OPDE 39, S.L., como Interlocutor Único de Nudo en nueva posición en La Serna 400 kV (2.ª posición).

Con fecha 4 de febrero de 2019, don Alejandro Chaves Martínez, en nombre y representación de las sociedades mercantiles Planta Solar OPDE 22, S.L., Planta Solar OPDE 23, S.L., Planta Solar OPDE 25, S.L., Planta Solar OPDE 39, S.L., Planta Solar OPDE 40, S.L., Planta Solar OPDE 41, S.L. y Planta Solar OPDE 42, S.L., ha presentado instancia (N.º Doc.: 2019/76719) dirigida a la Dirección General de Industria, Energía e Innovación en la que solicita la designación de Planta Solar OPDE 39, S.L. como Interlocutor Único de Nudo en una nueva posición en La Serna 400 kV (2.ª posición), ubicado Tudela.

En la citada instancia se indica que con fecha 21 de noviembre de 2018 se depositaron ante la Caja General de Depósitos del Departamento de Hacienda y Política Financiera del Gobierno de Navarra, garantías económicas para tramitar la solicitud de acceso a la red de transporte de las siguientes plantas fotovoltaicas:

PROMOTOR

INSTALACIÓN

PINST / PNOM [MW]

Planta Solar OPDE 22, S.L.

P.V. Iñigo Arista

50 / 42

Planta Solar OPDE 23, S.L.

P.V. García Sánchez I

50 / 42

Planta Solar OPDE 25, S.L.

P.V. García Iñiguez

50 / 42

Estas instalaciones se desarrollarán en los términos municipales de Tudela, Cintruénigo, Murchante, Fontellas, Ablitas, Ribaforada, Cascante, Corella y Fustiñana.

Asimismo se indica que con fecha 20 de diciembre de 2018 se depositaron ante la Caja General de Depósitos del Ministerio de Economía y Empresa garantías económicas para tramitar la solicitud de acceso de los siguientes parques eólicos:

PROMOTOR

INSTALACIÓN

PINST / PNOM [MW]

Planta Solar OPDE 39, S.L.

P.E. Salto del Lobo

100

Planta Solar OPDE 40, S.L.

P.E. Valentuña

100

Planta Solar OPDE 41, S.L.

P.E. Lorbes

100

Planta Solar OPDE 41, S.L.

P.E. Río Riguel

100

Estas instalaciones se desarrollarán en los términos municipales de Sos del Rey Católico, Castilliscar, Uncastillo y Luesia (Zaragoza).

Por otra parte, con fecha 18 de marzo de 2019, don Marco Antonio Macías Rodríguez, en nombre y representación de Buganvilla Solar PV, S.L., ha presentado instancia (N.º Doc.: 2019/211492) solicitando el nombramiento de Buganvilla Solar PV, S.L., como Interlocutor Único de Nudo en la nueva posición en La Serna 400 kV. En la citada instancia se indica que el 28 de diciembre de 2018 se depositaron garantías en la Caja General de Depósitos del Ministerio de Economía y Empresa para tramitar la solicitud de acceso a la red de transporte de las siguientes plantas fotovoltaicas:

PROMOTOR

INSTALACIÓN

PINST / PNOM [MW]

Buganvilla Solar PV, S.L.

Serna I Solar PV

120 /101

Buganvilla Solar PV, S.L.

Serna II Solar PV

120 /101

Estas instalaciones se desarrollarán en los términos municipales de Tudela, Corella, Cintruénigo, Cascante y Fitero.

Las anteriores sociedades mercantiles han mantenido diversas conversaciones con Molinos de La Rioja, S.A., Interlocutor Único de Nudo en la posición contemplada en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 en La Serna 400 kV (1.ª posición), al objeto de analizar las posibilidades de evacuación de las nuevas plantas fotovoltaicas y parques eólicos.

Ante la imposibilidad de conexión de las nuevas instalaciones en la posición planificada (1.ª posición), las sociedades mercantiles interesadas solicitan la aplicación de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que indica lo siguiente:

“1. Tendrán consideración de instalaciones planificadas de la red de transporte e incluidas en los planes de inversión, hasta un máximo de posiciones equivalente al de una calle de acuerdo con la configuración de la subestación, adicionales a las existentes y a las incluidas en el documento de planificación de la red de transporte aprobado en virtud de lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, así como aquellas posiciones de la red de transporte que dejen de ser utilizadas por sus usuarios en las que se produzca la caducidad de los permisos de acceso y conexión por los motivos previstos en el artículo 23.2.

2. Los titulares de instalaciones de la red de transporte y los gestores de ésta podrán otorgar permisos de acceso y conexión para evacuar generación o para conectar distribución o consumo sobre las posiciones señaladas en el apartado anterior, siempre que se cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Sea posible técnicamente y físicamente.

b) En el caso de generadores, no sea posible conectarse a través de posiciones ya existentes o incluidas expresamente en la planificación de la red de transporte, por motivos técnicos, administrativos o por falta de acuerdo con los titulares de las infraestructuras de evacuación de generación para poder evacuar a través de éstas.

c) Los costes de inversión asociados serán sufragados por los sujetos que deseen conectarse a dicha posición, excepto en el caso de conexión de titulares de red a otra red”.

Por otra parte, el Anexo XV del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos indica que “Cuando varios generadores compartan punto de conexión a la red de transporte, la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión, ante el operador del sistema y transportista, así como la coordinación con este último tras la puesta en servicio de la generación, deberá realizarse de forma conjunta y coordinada por un Interlocutor Único de Nudo que actuará en representación de los generadores, en los términos y con las funciones que se establezcan”.

A los efectos previstos en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas, desde la Dirección General de Industria, Energía e Innovación se han sometido a información pública las solicitudes de Planta Solar OPDE 39, S.L. y de Buganvilla Solar PV, S.L., mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 73 de 15 de abril de 2019. No se han recibido alegaciones o sugerencias de terceros.

Por otra parte, con fecha 21 de mayo de 2019 las sociedades mercantiles Planta Solar OPDE 22, S.L., Planta Solar OPDE 23, S.L., Planta Solar OPDE 25, S.L., Planta Solar OPDE 39, S.L., Planta Solar OPDE 40, S.L., Planta Solar OPDE 41, S.L., Planta Solar OPDE 42, S.L. y Buganvilla Solar PV, S.L. han presentado instancia conjunta (N.º Doc.: 2019/407245) en la que proponen como interlocutor Único de Nudo en la nueva posición en La Serna 400 kV (2.ª posición) a Planta Solar OPDE 39, S.L.

A la vista de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el Anexo XV del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, procede designar a Planta Solar OPDE 39, S.L. como Interlocutor Único de Nudo en una nueva posición La Serna 400 kV (2.ª posición), según lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Designar a Planta Solar OPDE 39, S.L. (B71357248) como Interlocutor Único de Nudo en una nueva posición La Serna 400 kV (2.ª posición), según lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre.

2. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, a los efectos oportunos.

3. Notificar esta Resolución a Planta Solar OPDE 22, S.L. (B71354724), Planta Solar OPDE 23, S.L. (B71354732), Planta Solar OPDE 25, S.L. (B71354757), Planta Solar OPDE 39, S.L. (B71357248), Planta Solar OPDE 40, S.L. (B71357255), Planta Solar OPDE 41, S.L. (B71357263) y Planta Solar OPDE 42, S.L. (B71357271), a Buganvilla Solar PV, S.L. (B88238407) y a Red Eléctrica de España, S.A.U. (A85309219) advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 23 de mayo de 2019.–La Directora General de Industria, Energía e Innovación, Yolanda Blanco Rodríguez.

Código del anuncio: F1907063