BOLETÍN Nº 119 - 20 de junio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 5 de junio de 2019, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Fundación “Miguel Servet”.

Mediante Decreto Foral 211/1986, de 26 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 123, de 6 de octubre, se aprueba la constitución de la Fundación privada “Miguel Servet”, al amparo de la Ley 42 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra, elevándose la oportuna escritura pública con fecha 13 de enero de 1987 ante el Notario de Pamplona don Daniel Pacheco Marroquín, junto con los Estatutos de la Fundación que fueron aprobados por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 1986.

El artículo 91 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud de Navarra, establece que la Fundación “Miguel Servet” servirá como organismo de apoyo científico y técnico de la Administración Sanitaria de la Comunidad Foral para las actividades docentes y el fomento de la investigación sanitaria.

Los estatutos de la Fundación han sido objeto de diversas modificaciones en los años 1989, 1992, 1998, 2006, 2009, 2012 y finalmente en 2019, siendo los actualmente vigentes los aprobados por el Gobierno de Navarra mediante Acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2009, con las modificaciones antes señaladas.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 2 de mayo de 2006, además de modificarse los Estatutos, se atribuyó a la Fundación Miguel Servet el carácter de fundación pública.

La Fundación está acogida al régimen tributario establecido en la vigente Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen Tributario de las Fundaciones y de las actividades de Patrocinio.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 6 de marzo de 2019 se produjo la última modificación de los Estatutos habiéndose detectado dos aspectos que es preciso aclarar.

El Patronato de la Fundación, en sesión celebrada el día 3 de mayo de 2019, ha acordado proceder a la modificación de dos apartados de los Estatutos para su mayor claridad.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Salud,

ACUERDA

1.º Aprobar las siguientes modificaciones de los Estatutos de la Fundación “Miguel Servet”:

Uno.–Se modifican las letras e) y f) del artículo 6 que quedan redactadas como sigue:

“e) Apoyar la investigación que lleven a cabo los profesionales sanitarios de la Administración Sanitaria de Navarra, asesorarles, mediante medios propios o externos, en gestión de proyectos, metodología, y búsqueda y análisis de información científica, y posibilitar su formación continuada en investigación.

f) Impulsar la colaboración, comunicación y cooperación entre diferentes grupos de investigación y de la Fundación con otras instituciones tanto públicas como privadas en el campo de las ciencias de la salud, facilitando la financiación, el desarrollo y la gestión integral de proyectos, grupos de investigación, redes, u otros similares en los que participen investigadores de la Administración Sanitaria de Navarra”.

Dos.–Se modifica el apartado 4 del artículo 7 que queda redactado como sigue:

“4. El Patronato estará constituido por los siguientes miembros:

a) Presidencia: la persona titular del Departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de salud.

b) Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Salud.

c) Vocales:

1) La persona titular de la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

2) La persona titular de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

3) La persona titular de la Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

4) La persona titular de la Gerencia del Complejo Hospitalario de Navarra.

5) La persona titular de la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud.

6) La persona titular del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Pública de Navarra.

7) Una persona en representación del Departamento competente en materia de política económica designada por la persona titular de ese Departamento.

8) Un persona en representación del Departamento competente en materia de I+D+i designada por la persona titular de ese Departamento.

9) La persona titular del Servicio competente en materia de investigación, innovación y formación del Departamento competente en salud.

La persona titular de la Dirección y de la Dirección de Gestión de la Fundación Miguel Servet, asistirán a las reuniones del Patronato y tendrán voz pero no voto. La persona titular de la Dirección ejercerá las funciones de secretariado del Patronato”.

2.º Notificar el presente acuerdo al Presidente del Patronato de la Fundación Miguel Servet y a la Dirección de Gestión de la Fundación Miguel Servet, y trasladarlo a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud y al Departamento de Hacienda y Política Financiera a los efectos oportunos.

3.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra el presente acuerdo.

Pamplona, 5 de junio de 2019.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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