BOLETÍN Nº 119 - 20 de junio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 137E/2019, de 14 de mayo, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua, por la que se revisa la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fábrica de cartón para embalajes, cuyo titular es Solidus San Andrés, S.L., ubicada en término municipal de Villava/Atarrabia.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 885/2008, de 30 de abril, del Director General de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 256E/2014, de 11 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

El artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, establece la obligación de revisar las condiciones de la autorización, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las mejores técnicas disponibles que, en el caso del sector industrial al que pertenece esta instalación, se llevó a cabo mediante la Decisión 2014/687/UE de Ejecución de la Comisión, por la que se establecieron las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para la fabricación de papel y pasta de papel, conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales.

Con fecha 12 de junio de 2018, en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 26 del texto refundido de la Ley 16/2002, de 1 de julio, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, se requirió a Solidus San Andrés, S.L., la presentación, antes del 30 de noviembre de 2017, de la documentación técnica necesaria para poder tramitar el procedimiento de revisión de su autorización ambiental integrada con el fin de adaptar la instalación a las condiciones exigidas por la Decisión de Ejecución 2014/687/UE de la Comisión, la cual fue presentada por el titular con fecha 13 de noviembre de 2017.

El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado por el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de treinta días. En Anejo de la presente Resolución se incluye una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

Primero.–Revisar la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fábrica de cartón para embalajes, cuyo titular es Solidus San Andrés, S.L., ubicada en término municipal de Villava/Atarrabia, con objeto de llevar a cabo la adaptación de la instalación a la Decisión 2014/687/UE de conclusiones sobre MTD, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en los correspondientes expedientes administrativos de Autorización Ambiental Integrada y, además, las condiciones incluidas en el Anejo de la presente Resolución.

Segundo.–Antes del 1 de mayo de 2020, el titular deberá haber ejecutado el proyecto de tratamiento y aislamiento acústico de la pared norte de la zona de preparación de pastas en la nave de máquinas 3, con el fin de cumplir la técnica g) de la MTD 17, tal y como se describe en la apartado 4, Mejores técnicas disponibles, del Anejo II de la autorización ambiental integrada, con objeto de reducir el nivel de inmisión de ruido producido por la instalación.

Asimismo, antes del 1 de mayo de 2020, el titular deberá presentar ante el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, una declaración responsable de puesta en marcha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en relación con la ejecución del mencionado proyecto de tratamiento y aislamiento acústico.

Tercero.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

Cuarto.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Sexto.–Trasladar la presente Resolución a Solidus San Andrés, S.L., al Ayuntamiento de Villava/Atarrabia y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de mayo de 2019.–El Director del Servicio de Economía Circular y Agua, César Pérez Martín.

Nota: los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9, planta baja, Servicio de Economía Circular y Agua; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/.

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