BOLETÍN Nº 107 - 4 de junio de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 205/2019, de 8 de abril, de la Directora General Universidades y Recursos Educativos, por la que se concede nueva autorización al Centro Privado Docente Extranjero “Creanavarra”, de Pamplona, por cambio de las enseñanzas que oferta.

Visto el expediente incoado a instancias de doña Carolina Beperet Liberal, en representación de la entidad “Creanavarra Centro Superior de Diseño, Sociedad Limitada”, titular del centro docente extranjero “Creanavarra”, de Pamplona, para que se autorice al centro el cambio de las enseñanzas correspondientes al sistema educativo del Reino Unido que tiene actualmente autorizadas, debido a su extinción, por otras del mismo sistema educativo en la modalidad presencial.

Vista la certificación emitida por la entidad “British Council en España”, en la que se indica que las nuevas enseñanzas solicitadas tienen pleno reconocimiento y validez en el Reino Unido.

Y visto el informe emitido por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en los que se indica que los títulos que se pretende impartir, si bien no se pueden homologar/convalidar automáticamente a los correspondientes estudios/títulos de Artes Plásticas y Diseño del sistema educativo español, por no existir tablas de equivalencia entre las enseñanzas del Reino Unido y España, sí lo pueden ser de forma individualizada, previo un estudio exhaustivo de la documentación presentada por cada alumno solicitante.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros extranjeros en España.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Conceder nueva autorización, con efectos del curso 2018/19, al Centro Privado Docente Extranjero “Creanavarra”, de Pamplona (código de centro: 31014633), por cambio de las enseñanzas que imparte en la modalidad presencial

2.º Indicar que los datos del centro que quedarán inscritos en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra serán los siguientes:

–Código de centro: 31014633.

–Titular: Creanavarra Centro Superior de Diseño, Sociedad Limitada.

–Denominación Genérica: Centro Privado Docente Extranjero.

–Denominación Específica: Creanavarra.

–Domicilio: calle Larrabide, 17-19

–Localidad: Pamplona.

–Municipio: Pamplona.

–Enseñanzas autorizadas en la modalidad presencial: los siguientes programas de estudios conducentes a la obtención de determinados títulos de “Bussiness and Technician Education Council (BTEC)” de “Higher National Diploma”, que forman parte del marco de la educación superior del sistema educativo británico, con las capacidades que se indican:

  • ”BTEC Level 5- Higher National Diploma in Art and Design (Graphic Design)”: 30 alumnos.
  • ”BTEC Level 5- Higher National Diploma in Art and Design (Fashion)”: 30 alumnos.
  • ”BTEC Level 5- Higher National Diploma in Art and Design (Interior Design)”: 30 alumnos.
  • ”BTEC Level 5- Higher National Diploma in Art and Design (Product Design)”: 60 alumnos.
  • ”BTEC Level 5- Higher National Diploma in Creative Media Production (Visual Effects)”: 30 alumnos.

–Alumnado autorizado: español y extranjero.

3.º Recordar que, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, la entidad titular del centro deberá solicitar la oportuna autorización a este Departamento, acompañando el correspondiente certificado de la entidad “British Council en España” y de la documentación acreditativa de la variación producida, en el caso de que pretenda cambiar la configuración del centro y ello suponga la modificación de los datos registrales establecidos en apartado 3.º de la presente resolución o la modificación o alteración de sus instalaciones.

4.º Advertir que, la inscripción del centro en el Registro de Centros del Gobierno de Navarra podrá ser cancelada, revocada o modificada, según proceda, previa audiencia del titular interesado, cuando se alteren las condiciones esenciales que sirvieron de base a la inscripción o se contravenga lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, y en las demás normas aplicables, en los términos establecidos por el artículo 17 de dicho Real Decreto.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Notificar la presente Resolución ala titular del centro, indicando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

7.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Inspección Educativa, al de Idiomas y Enseñanzas Artísticas y al de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, a la de Ordenación Académica y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa, y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 8 de abril de 2019.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.

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