BOLETÍN Nº 86 - 7 de mayo de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 1346/2018, de 23 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se corrige un error advertido en la Resolución 850/2018, de 6 de marzo, del Director del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueban los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Se ha detectado un error en la Resolución 850/2018, de 6 de marzo, del Director del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueban los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que tengo delegadas por Resolución 183/2017, de 7 de marzo, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Corregir el error advertido en la Resolución 850/2018, de 6 de marzo, del Director del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueban los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el siguiente sentido:

En el Anexo VII, apartado B, donde dice:

“Aspectos para las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (excepto las de Orientación Educativa y las de la Formación Profesional específica):

–En la elaboración de la unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje, contenidos/contenidos mínimos, actividades de enseñanza/aprendizaje y actividades de recuperación, aspectos metodológicos y organizativos, referentes para la evaluación, procedimientos de evaluación, instrumentos de evaluación y criterios de calificación, así como su vinculación con el desarrollo de competencias básicas (sólo para la etapa de la ESO).”

Debe decir:

“Aspectos para las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (excepto las de Orientación Educativa y las de la Formación Profesional específica):

–En la elaboración de la unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje (criterios de evaluación y estándares de aprendizaje), contenidos, actividades de enseñanza/aprendizaje, aspectos metodológicos y organizativos, procedimientos e instrumentos de evaluación y de recuperación y criterios de calificación, así como su vinculación con el desarrollo de las competencias.”

2.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos y a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa, a los efectos oportunos.

3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 23 de abril de 2018.–El Director del Servicio de Recursos Humanos, Francisco Javier Iglesias Álvarez.

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