BOLETÍN Nº 82 - 30 de abril de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BERIÁIN

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de empleado/a de servicios múltiples para el Ayuntamiento de Beriáin, en orden
a la cobertura de las necesidades que se produzcan

Mediante Resolución de Alcaldía 24/2018, de 21 de febrero, se aprobó la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples al servicio del Ayuntamiento de Beriáin, con el fin de cubrir las necesidades que se produzcan, con arreglo a las siguientes Bases:

BASES

Primera.–Normas generales.

Es objeto de la presente convocatoria pública, la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples al servicio del Ayuntamiento de Beriáin, con el fin de cubrir las necesidades que se produzcan (vacantes, excedencias, bajas).

1.1. Los puestos de trabajo estarán dotados con las retribuciones correspondientes al nivel D a tenor de lo establecido en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Beriáin.

1.2. Las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo serán las siguientes.

Servicios múltiples relacionados con las actividades propias de los servicios de exteriores del Ayuntamiento de Beriáin, de mantenimiento general y obras, jardinería y limpieza de la vía pública, así como con las actividades propias de la conservación y mantenimiento de instalaciones municipales, entre los que, a título meramente enunciativo y no excluyente, se encuentran los siguientes:

–Trabajos de albañilería en general y de mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes.

–Manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria, herramienta y utillaje propios del servicio.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano: Postes, señales, farolas, bancos, fuentes, etc.

–Traslado y colocación de mobiliario y enseres. Montaje y desmontaje de escenarios, vallados y demás utensilios.

–Conducción de vehículos y manejo de maquinaria de obra ligera y media (hasta carnet conducción tipo B inclusive).

–Realizar diversas labores de mantenimiento y reparación de infraestructura y dependencias municipales: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, soldadura, carpintería, mecánica, limpieza, apertura y cierre de zanjas.

–Realizar labores de jardinería, dentro de su nivel y categoría, con utilización de las herramientas y maquinaria propias del servicio.

–Realizar labores de limpieza de la vía pública que le puedan ser encomendadas.

–Realizar nuevas instalaciones y acciones de mejora que les sean encomendadas dentro de su nivel así como realizar labores de mantenimiento básico y conservación de los vehículos que usen en el trabajo.

–Colaborar con otros servicios del Ayuntamiento cuando sean requeridos y coordinación con los servicios externos cuando se requiera personal especializado.

Igualmente serán propias del cargo de servicios múltiples, las siguientes tareas generales:

–Cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Comunicar puntualmente al encargado deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales así como fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos así como el estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Alcaldía u órganos delegados, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

3.2. El régimen de jornada se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran. Generalmente será de turno de mañana, pero en cualquiera de los casos, se contempla expresamente la posibilidad de prestación de servicios, en función de los sistemas organizativos y de gestión, mediante turnos rotatorios en horario de mañana y tarde. El cómputo anual de la jornada de trabajo será de 1592 horas o el fijado anualmente para los trabajadores al servicio de las Administraciones públicas de Navarra.

Segunda.–Requisitos.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en E.S.O., Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

f) Carnet de conducir clase B.

Las personas que quieran participar y cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Los requisitos de titulación exigidos en los apartados 2.1.c) y f) de esta base, deberán ser acreditados documentalmente, de acuerdo con lo establecido en el apartado 8.4. de la presente convocatoria.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (excepto el señalado en el apartado 2.1. f) que lo será a fecha de contratación), deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Tercera.–Instancias.

3.1. Las Instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Beriáin (Plaza del Ayuntamiento, número 1, Beriáin), en el plazo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, hasta las 14:00 horas del último día o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Asimismo, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Beriáin, disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Beriáin (www.beriain.es). En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.

3.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo II, que serán facilitadas en las oficinas generales del Ayuntamiento, pudiendo obtenerse además, a través de Internet, en la dirección www.beriain.es. En las instancias los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas.

3.3. Las personas aspirantes deberán adjuntar conjuntamente con la instancia:

–Copia del Documento Nacional de Identidad. Fotocopia compulsada.

–Justificante de haber abonado en su caso la correspondiente tasa por derechos de examen en la cuenta ES47 2100 5370 7722 0002 6376. El importe a abonar será de 5 euros.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la falta de acreditación determinará la exclusión del aspirante.

Por motivos de agilidad, únicamente las personas que resulten llamadas para la formalización del contrato deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación u otros exigidos en la convocatoria.

3.4. Quienes participen con una discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

3.5. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Cuarta.–Admisión de aspirantes.

4.1. Listas provisionales.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Beriáin dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Beriáin y en la página web del Ayuntamiento de Beriáin (www.beriain.es). En caso de no haber aspirantes excluidos/as se aprobarán directamente las relaciones de admitidos/as como definitivas.

Las personas aspirantes excluidas, dentro de los 5 días naturales siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.2. Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación exclusivamente en el Tablón de anuncios y en la página web municipal www.beriain.es. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

4.3. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a quienes participen la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando del examen de la documentación presentada o de la que obra en poder del Ayuntamiento, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

4.4. Con la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los efectos previstos en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, de 1 de octubre.

Quinta.–Pruebas.

El proceso de selección consistirá en la realización de dos pruebas, una de carácter teórico y otra de carácter práctico, ambas eliminatorias. Se utilizará el sistema de plicas.

Las pruebas se realizarán en las instalaciones del Ayuntamiento de Beriáin.

Las fechas de las pruebas teórica y práctica se anunciarán con la publicación de las listas definitivas.

5.1. Prueba teórica.

Prueba de carácter teórico que consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo de una hora, a un cuestionario de 40 preguntas con tres alternativas de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida sobre la materia incluida en el temario que figura como Anexo I de la presente Convocatoria.

Esta parte se valorará con una puntuación máxima de 40 puntos, penalizándose los errores con 0,20 puntos por cada respuesta errónea. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan, al menos, el 50 por 100 de la puntuación máxima establecida en la prueba (20 puntos). Quienes no hayan alcanzado 20 puntos, no podrán realizar la siguiente prueba.

En la realización de la prueba no se permitirá la consulta de ningún texto, ni el uso de máquinas calculadoras u otro material, salvo bolígrafo.

El Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal la lista de aspirantes con sus calificaciones obtenidas.

5.2. Prueba práctica.

Prueba de carácter práctico que consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas relativas al temario del Anexo I.

El tribunal determinará la realización de las pruebas de este ejercicio en un solo día o en días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 60 puntos, valorándose en la parte proporcional cada ejercicio con los puntos correspondientes a dividir 60 puntos por el número de pruebas a realizar. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan en el conjunto de las pruebas prácticas, al menos, el 30 por ciento de la puntuación máxima establecida.

5.3. Las convocatorias para ambas pruebas se realizarán mediante llamamiento único al que las personas participantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Las que no acrediten su personalidad o no comparezcan quedarán eliminadas.

5.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

Sexta.–Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

Presidente: Jesús Antonio Sanz Astigarraga, Concejal del Ayuntamiento de Beriáin.

Presidente Suplente: Vicente Montes Calso, Concejal del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal: Miguel Ángel Serrano Gijón, Encargado de Exteriores del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal Suplente: Alberto Fernández Ardura, Empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal: Carlos Arizaleta Orrio, Encargado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Galar.

Vocal Suplente: José García Ucle, Empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal: Susana Mendo Echeverría, en representación de los trabajadores del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal Suplente: Jesús Izkue Apesteguía, en representación de los trabajadores del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal-Secretario: César Suescun García, Secretario del Ayuntamiento de Beriáin.

Vocal-Secretario Suplente: Alberto García Pérez, Interventor del Ayuntamiento de Beriáin.

6.2. Quienes componen el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, se podrá recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas a la prueba, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Séptima.–Resultados.

7.1. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre quienes participen los resolverá el Tribunal Calificador atendiendo a la mayor nota obtenida en la segunda parte de la prueba, de carácter práctico.

7.2. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Beriáin y en la página web (www.beriain.es) la relación de personas que han superado las pruebas por orden de puntuación total obtenida.

Serán incluidas en listas de aspirantes a la contratación temporal todas aquellas personas que habiendo superado la prueba teórica, obtengan en la prueba práctica al menos el 30% (18 puntos) de la puntuación máxima establecida para esa prueba (60puntos).

7.3. La relación de personas aprobadas, por orden de puntuación obtenida, se elevará a la Alcaldía del Ayuntamiento de Beriáin, junto con el expediente completo del proceso selectivo, para su aprobación.

Octava.–Llamamiento a la contratación temporal.

8.1. Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Beriáin, de conformidad con lo establecido en esta Convocatoria y demás normativa de aplicación.

8.2. Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes deberán comunicar, al menos, un teléfono de contacto (sin perjuicio de que puedan comunicar, además, otros teléfonos) y una dirección de correo electrónico, información que deberán mantener permanentemente actualizada.

Cuando sea necesario proceder a la contratación temporal de un puesto de trabajo, se efectuará el llamamiento de la persona aspirante que en ese momento figure en primer lugar de la lista. Se realizarán dos intentos de localización mediante comunicación telefónica en dos días laborales consecutivos, dejándose constancia de cada llamamiento. Simultáneamente al primer intento de localización por teléfono, se enviará un correo electrónico dirigido a la dirección facilitada. Si no se obtiene contestación en el plazo de un día desde dicho envío electrónico ni se puede contactar telefónicamente, se procederá al llamamiento de la siguiente persona en la lista.

Cuando una persona no pueda ser localizada, mantendrá su prioridad en la lista y se contactará con la siguiente hasta que el puesto ofertado sea cubierto.

Si puestos en contacto y realizada una oferta de contratación renuncia a la misma, pasará a ocupar el último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos previstos por causa justificada:

–Incapacidad temporal.

–Permiso de maternidad o paternidad.

–Tener a su cuidado un hijo menos de tres años o un menor de tres años en acogimiento permanente o adoptivo.

–Tener a su cuidado un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

–Matrimonio o situación asimilada, si la fecha de inicio de la contratación ofertada está incluida dentro de los quince días naturales anteriores o siguientes a su constitución.

–Tener en vigor una contratación, laboral o administrativa.

–Tener la condición de discapacitado/a debidamente reconocida y que las características de dicha discapacidad la hagan incompatible con el puesto de trabajo ofertado.

Las personas aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas, deberán acreditarlo documentalmente en el plazo de 7 días naturales desde que se les haya ofertado la contratación al puesto que renuncian. La no presentación conllevará que se pase a ocupar el último lugar de la lista.

8.3. En cuanto a la gestión de la lista de aspirantes formada con la presente convocatoria, en todo aquello que no haya quedado establecido en la misma, se estará a lo dispuesto en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal (Boletín Oficial de Navarra número 31, de 15 de febrero de 2011).

Novena.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso de reposición ante el órgano emanante en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Beriáin, 21 de febrero de 2018.–El Alcalde, José Manuel Menéndez González.

ANEXO I

Tema 1.–Reglas básicas de aritmética y geometría.

Tema 2.–Reglas básicas de escritura y ortografía.

Tema 3.–Conocimientos básicos de normas de seguridad, de higiene en el trabajo, así como de barreras arquitectónicas.

Tema 4.–Conocimientos de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

Tema 5.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y Alicatado. Encofrados y Levante de muros.

Tema 6.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

Tema 7.–Circuitos de alumbrado básico: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

Tema 8.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

Tema 9.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

Tema 10.–Conocimiento de la realidad de Beriáin: calles, edificios municipales, locales, instituciones, normativa municipal.

ANEXO II

Modelo de solicitud (PDF).

Código del anuncio: L1802603