BOLETÍN Nº 77 - 23 de abril de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Encomienda de gestión a la empresa pública
Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.

El Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el día 26 de enero de 2018, adopto entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de 10 de mayo de 2016 se acordó la constitución de la sociedad limitada unipersonal Elortzibar Servicios Deportivos Sociedad Limitada con capital social íntegramente desembolsado por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), que fue formalizada en escritura pública de 20 de mayo de 2016.

Tal como consta en los estatutos fundacionales la actividad principal de la sociedad es la prestación de los servicios de gestión de las instalaciones deportivas de Noáin.

En el citado acuerdo se aprobó la forma de gestión directa mediante sociedad mercantil local con capital íntegramente de titularidad pública.

Por acuerdo de la Comisión de Hacienda de 14 de junio de 2016 se aprobó el contrato de gestión de servicio público mediante la modalidad de arrendamiento, gestión integral de las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Conforme a lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra y artículo 85 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, la gestión por sociedad mercantil cuyo capital social pertenezca íntegramente a una entidad local es una gestión directa de los servicios público. Igualmente conforme a lo dispuesto en dichos preceptos, el arrendamiento es una modalidad de gestión indirecta.

Vista el acuerdo de uno de abril de 2016 y los estatutos de la mercantil Elortzibar Servicios Deportivos Sociedad Limitada, resulta procedente que la gestión a realizar por ésta se realice como gestión directa y no por gestión indirecta en la modalidad de arrendamiento.

Considerando lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo previsto en los artículos 6 y 8 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio de Contratos Públicos (LFCP).

Sometido el asunto a votación, se acuerda por mayoría:

1.º Dejar sin efecto, por mutuo acuerdo entre las partes, el “contrato de gestión de servicio público mediante la modalidad de arrendamiento. Gestión Integral de las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Noáin”, aprobado por la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) del 14 de junio de 2016.

2.º Realizar encomienda de gestión de las instalaciones y actividades deportivas del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) a Elortzibar Servicios Deportivos Sociedad Limitada en los siguientes términos:

Objeto:

Constituye el objeto encomienda la gestión de las instalaciones y actividades deportivas del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Dichas instalaciones son las siguientes:

–Polideportivo de Noáin.

–Instalaciones de Zulueta.

–Frontón Bidezarra.

–Polideportivo del colegio.

–Piscinas de Verano.

–Campo de Futbol Bidezarra.

En la encomienda de gestión de las instalaciones se incluye, necesariamente la cesión del uso de las mismas.

En consecuencia de lo anterior, también se cede el uso de los siguientes elementos, que se hallan dentro de las instalaciones, cuya explotación podrá arrendar la sociedad mercantil:

–Bar de verano.

–Kiosko de venta de helados.

–Bar polideportivo.

Las actividades deportivas a realizar en dichas instalaciones serán gestionadas por Elortzibar Servicios Deportivos, S.L., en todo aquello que no esté siendo gestionado actualmente por el Patronato de Deportes, con quien deberá coordinar las actividades y horarios.

No obstante lo anterior, la encomienda podrá ampliarse a las actividades que actualmente gestiona el Patronato de Deportes, estableciéndose las condiciones en el acuerdo que la establezca.

Duración:

La encomienda se realiza desde el día de hoy y de manera indefinida hasta su revocación por parte del Ayuntamiento de Noáin-Valle de Elorz. No obstante lo anterior, la misma se entenderá prorrogada mientras el Ayuntamiento no comunique el fin de la misma.

Finalizado el plazo establecido, “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” se compromete a dejar libres, vacíos y expeditos las instalaciones y dependencias y en el mismo estado de conservación que los recibió, teniendo en cuenta el paso del tiempo.

No obstante lo anterior, “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” podrá continuar prestando dicho servicio mientras no se produzca la subrogación de los trabajadores a favor de un tercero.

Medios ecónomicos:

Para el desarrollo de la gestión “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” se ha realizado un estudio de costes, y para sufragarlos contará con los siguientes ingresos:

–Las cuotas o pagos que abonen los usuarios de las instalaciones y servicios.

–Las cuotas que abonen los clubes por el uso de las instalaciones.

–Las rentas por arrendamiento del bar de verano, kiosko, y bar polideportivo.

–Las aportaciones al déficit que se hagan por parte del Ayuntamiento, que conforme al informe económico realizado para esta encomienda, se cifran en 62.835 euros. Estas aportaciones se pagarán en dos plazos correspondientes con los dos semestres del año natural.

Las cuotas o tasas a abonar por los usuarios de las instalaciones, incluso clubes, serán aprobadas por el Ayuntamiento y podrán modificarse por éste cuando así lo considere pertinente. En tal caso se estudiará la repercusión en la economía de la encomienda pudiendo modificarse las aportaciones al déficit.

Obligaciones de mantenimiento e inversiones:

“Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” restituirá en el momento de finalización del contrato lo que se deteriore o rompiere, de tal manera que al concluir la encomienda de gestión dejará exactamente lo recibido, teniendo en cuenta a la hora de valorar su estado el uso dado durante el período de gestión por parte de “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.”. “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” se obliga a cuidar debidamente las instalaciones cedidas, así como del mobiliario, maquinaria, material y utillajes, corriendo con todos los gastos de limpieza diaria, reparaciones ordinarias y mantenimiento.

Elortzibar deberá realizar un inventario que habrá de ser aprobado por el Ayuntamiento.

En lo que respecta a inversiones que se lleven a cabo en las diferentes instalaciones objeto de gestión, el coste de las mismas serán a cargo y cuenta del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), siempre que el coste de la inversión supere los 6.000,00 euros, IVA excluido, y la inversión tenga una vida útil superior a 1 año. Si la inversión es inferior a 6.000,00 euros, IVA excluido, el coste lo soportará Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.”.

Suministros:

“Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” satisfará la totalidad de las facturas que genere la realización de sus actividades y a dejar, cuando concluya el contrato, al corriente de pago a la totalidad de sus proveedores.

En particular “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” asumirá los siguientes gastos:

1) Agua, luz y gas, mantenimiento y personal y seguro responsabilidad civil.

2) Mantenimiento de las instalaciones (productos, personal, reparaciones, contratos mantenimientos...).

En lo que respecta a la limpieza viaria se hará cargo el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

El consumo de gas de las instalaciones de piscinas de verano correrá a cargo del Ayuntamiento, girando éste a “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” los consumos de junio, Julio, agosto y septiembre.

En lo que respecta al consumo de luz de piscinas de verano, el coste lo asumirá “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.”, repercutiendo a los arrendatarios del bar del centro cívico su consumo mensual.

El consumo de agua en piscinas de verano corresponderá a Elortzibar Servicios Deportivos, S.L., repercutiendo a los arrendatarios del bar del centro cívico su consumo mensual. La tasa de basura se pagara a partes iguales entre el arrendatario del centro cívico y Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.

El contrato de mantenimiento de la caldera del polideportivo del colegio ira a cargo del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Seguro de responsabilidad:

“Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” será directamente responsable de todos los daños y accidentes de cualquier clase que se produzcan en las instalaciones cedidos como consecuencia de las actividades realizadas por “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.”, estando obligada a contratar póliza de seguro para cubrir suficientemente el riesgo de la actividad a desarrollar, comprometiéndose expresamente a atender puntualmente al pago de las primas de dicha póliza de forma que esté vigente mientras dure el contrato.

Cuentas y auditoria:

“Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.” deberá presentar sus cuentas al Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) anualmente, así como justificar cualquier cuestión relativa a las mismas que, en cualquier momento, le sea requerida por el Ayuntamiento.

Las cuentas habrán de ser todos los años auditadas y presentadas al Ayuntamiento, con el resultado de dicha auditoría. Los costes de la misma serán de cuentas de “Elortzibar Servicios Deportivos, S.L.”.

Modificación y revocación:

Cuando sea necesario introducir alguna modificación en la Encomienda, deberá acordarse por el Ayuntamiento, acompañando la misma de una justificación de las repercusiones técnicas y económicas de la misma.

La Encomienda podrá ser revocada por el Ayuntamiento, previos los informes técnicos y/o jurídicos que lo justifiquen. Son causas de revocación:

–El incumplimiento de la prestación de los servicios o el déficit en el mismo.

–La falta de mantenimiento e inversiones necesarias para el servicio.

–La no presentación anual de las cuentas auditadas.

–La concurrencia de causas de interés público, debidamente motivadas en el expediente, que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia de la encomienda de gestión.

Noáin (Valle de Elorz), 13 de febrero de 2018.–El Alcalde-Presidente, Alberto Ilundain Avellaneda.

Código del anuncio: L1802224