BOLETÍN Nº 76 - 20 de abril de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALTIERRA

Aprobación del calendario laboral correspondiente al año 2018 para el personal al servicio del Ayuntamiento

Que en la sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento, celebrada el pasado día 29 de enero de 2018, por unanimidad, se adoptó, entre otros, el acuerdo, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

Segundo.–Aprobación del calendario laboral correspondiente al año 2018 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Valtierra.

Considerando las previsiones contenidas en el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, por el que se establece el cómputo anual de la jornada de trabajo de los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra sometidos al ámbito de aplicación del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, dictado al amparo del artículo 59 del referido Decreto Foral Legislativo.

Visto Decreto Foral 115/20167 de 20 de diciembre y la Resolución 614/2017, de 1 de junio de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2018 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Considerando la documentación contenida en el expediente, en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y tras informe favorable de fecha 22 de enero de 2018 de la Comisión Informativa de Hacienda, especial de Cuentas y Personal,

SE PROPONE:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de 2018 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Valtierra, con base en el cómputo anual de 1592 horas establecidas en el referido Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, quedando establecidos como festivos y permaneciendo cerradas las oficinas municipales los siguientes días:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–29 de marzo: Jueves Santo.

–30 de marzo: Viernes Santo.

–2 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–17, 18, 20, 21, 22, 23 y 24 de agosto: Fiestas Patronales.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: Día de Navarra.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–18 de diciembre: Virgen de la Esperanza (Fiesta Local).

–25 de diciembre: Navidad.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Valtierra, queda fijado, de conformidad con la Orden Foral 138/2017, de 20 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo para el personal de Oficinas y Brigadas, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá una duración de 7 horas y 30 minutos, para cuadrar el cómputo de días inhábiles durante el periodo de las fiestas patronales (el cómputo general es de 7 horas y 20 minutos). El horario de atención al público y de apertura del Registro General del Ayuntamiento de Valtierra queda establecido de lunes a viernes, de 11:00 a 13:30 horas.

Los Policías Locales tiene la distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Valtierra, fijada, de conformidad con el Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre, en 1.554 horas efectivas de trabajo por trabajar en turnos de mañanas y tardes con trabajo en domingos y festivos, con una jornada de 8 horas diarias.

Se implanta el horario flexible, de acuerdo con lo establecido en la Orden Foral 257/2011, de 10 de marzo, la parte fija del horario estará comprendida entre las 9:30 y las 14:30 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 9:30 horas y entre las 14:30 y las 17:30 horas.

En las que no lo tengan implantado, se trabajará de forma obligatoria de 8:00 a 15:00 horas, quedando los 30 minutos de trabajo restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 8:00 horas y entre las 15:00 y las 15:30 horas.

A su vez, el cuerpo de la brigada tiene también un horario flexible, dependiendo de la época del año, estableciéndose de la siguiente manera:

–De octubre a abril ambos inclusive el horario será a turno partido de 8:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:30 horas.

–De mayo a septiembre ambos inclusive, el horario será de jornada continua de 6:00 a 13:00 horas.

Tercero.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2018, todos los sábados y domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero del presente acuerdo.

Las oficinas municipales permanecerán cerradas todos los sábados y domingos del año, así como los días declarados festivos anteriormente relacionados y contemplados en el Calendario Laboral para 2018.

Cuarto.–Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

Quinto.–Notificar el presente acuerdo junto con el calendario laboral a todo el personal del Ayuntamiento.

Contra el presente acuerdo-que no es firme en vía administrativa- cabe la interposición de cualquiera de los requisitos de los siguientes recursos:

1.–Recurso Potestativo de Reposición ente el mismo órgano municipal autor del presente acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ni Recurso de Alzada hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

2.–Con carácter potestativo, Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 337 y ss de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra; Si se presenta este recurso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presenta del de alzada.

3.–Directamente, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, de conformidad con los artículos 8,1 y 10,1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valtierra, 2 de marzo de 2018.–La Alcaldesa-Presidenta, Victoria Montori Mateo.

Código del anuncio: L1803008