BOLETÍN Nº 75 - 19 de abril de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 54E/2018, de 14 de marzo, de la Directora de Servicio de Territorio y Paisaje por la que procede declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Aneyek Recuperaciones, S.L., para almacén temporal de tierra vegetal de la preparación del terreno de la planta de recuperación de hormigón de Arruazu en la parcela 122 del polígono 10 de Ergoiena, en Unanu.

Con fecha 1 de agosto de 2017 ha tenido entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje el expediente señalado en el párrafo anterior.

A la vista de la documentación técnica presentada para la solicitud y tras recibir el informe municipal de Ergoiena con carácter desfavorable, se requirió a Aneyek Recuperaciones, S.L., mediante escrito notificado en fecha de 18 de octubre de 2017, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación, entre la que se debía incluir las modificaciones que estimase oportunas para corregir las deficiencias recogidas en el indicado informe municipal.

En dicho requerimiento se advertía expresamente que la paralización del expediente por un plazo superior a tres meses, si no enviara tal documentación, daría lugar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a la caducidad de la solicitud y al consiguiente archivo de las actuaciones, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido ampliamente el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, en virtud del Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Aneyek Recuperaciones, S.L., para almacén temporal de tierra vegetal de la preparación del terreno de la planta de recuperación de hormigón de Arruazu en la parcela 122 del polígono 10 de Ergoiena en Unanu y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el decreto foral 93/2006, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al interesado, al Ayuntamiento de Ergoiena, a la sección de Estrategia y Ordenación del Territorio, a la Sección de Guarderío, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 14 de marzo de 2018.–La Directora de Servicio de Territorio y Paisaje, Carmen Ursúa Sesma.

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