BOLETÍN Nº 72 - 16 de abril de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALLE DE EGÜÉS

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza
que regula la cesión de uso de locales municipales
a asociaciones ciudadanas o entidades locales sin ánimo de lucro

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2017, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza de cesión de espacios afectante a sus artículos 2, 3 y 12.2 e igualmente realizar una modificación en el modelo de solicitud puntual de cesión de espacios.

El anuncio de la aprobación inicial de dichas modificaciones y de su exposición reglamentaria se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 12, de 17 de enero de 2018, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Durante el plazo de información pública no se presentaron alegaciones a las mismas. En virtud de lo establecido al respecto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, quedan aprobadas definitivamente, con arreglo al texto que se adjunta.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y demás legislación de aplicación.

En el artículo 2, sobre las entidades que pueden ser beneficiarias, se incluye un párrafo final en los siguientes términos:

2.3. Podrán ser beneficiarias, como máximo una vez al año, si hubiese espacios disponibles, aquellas Comunidades de Vecinos y Vecinas del Valle de Egüés que así lo solicitasen.

En el artículo 3, que recoge los espacios a ceder, se incluye un párrafo final en los siguientes términos:

–Cualquier otro espacio municipal que, no apareciendo en esta Ordenanza, sea autorizado por el Ayuntamiento del Valle, por ser susceptible de uso por las entidades, siempre y cuando no interfiera en otras actividades o tareas municipales. Queda expresamente excluido el Salón de Plenos del Ayuntamiento.

En el artículo 12.2, relativo a los plazos de solicitud, se incluye un párrafo final en los siguientes términos:

Cesión de espacios a Comunidades de Vecinos y Vecinas: Las solicitudes se podrán realizar a lo largo de todo el año, siendo necesaria su presentación con un mínimo de 15 días de antelación a la fecha de inicio del desarrollo actividad para la que se ceden.

Se propone igualmente, realizar una modificación en el modelo de Solicitud Puntual de Cesión de Espacios, al objeto de facilitar al Ayuntamiento su tramitación, que consiste en identificar, si fuese susceptible de subvención, la convocatoria en que ha concurrido la acción. El texto propuesto es el siguiente:

Actividad subvencionada por alguna de las Convocatorias aprobadas por el Ayuntamiento: (Sí o No).

¿Qué convocatoria? ...........................................................................

Sarriguren-Valle de Egüés, 1 de marzo de 2018.–El Alcalde, Alfonso Etxeberria.

Código del anuncio: L1803475