BOLETÍN Nº 49 - 9 de marzo de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

SAN ADRIÁN

Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes
a la contratación temporal como Conserje (nivel D), con el fin
de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan
en el Ayuntamiento

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

Bases

Primera.–Convocatoria.

Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes para desempeñar el puesto de Conserje (nivel D), con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de San Adrián.

La presente convocatoria se rige por el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra y por la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de Gestión de la Contratación Temporal y, demás normativa concordante.

Las funciones serán las propias del nivel y categoría exigidos para desempeñar el puesto de conserje y la jornada laboral se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio. Ambas quedarán descritas en el correspondiente contrato, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de San Adrián.

Segunda.–Requisitos.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en ESO, título de Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de primer grado, o equivalentes, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

f) De acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, es requisito para el desempeño de puestos de trabajo de Conserje, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.c), así como el del apartado 2.1.f), deberán ser acreditados documentalmente, de acuerdo con lo establecido en la norma quinta, 5.3 de la presente convocatoria.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en la base 2.1 de esta convocatoria, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

2.4. Las personas que participen y no posean nacionalidad española, deberán aportar fotocopia de los documentos que acrediten su identidad y nacionalidad y, en su caso, de los requisitos de nacionalidad y parentesco exigidos en la base 2.1.a). También deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su país de origen, el acceso a la Función Pública.

Tercera.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución.

Cuarta.–Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de instancias de participación será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinta.–Instancias.

5.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en la oficina del Ayuntamiento de San Adrián, Avenida de Navarra número 7 o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

5.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo II, que será facilitado en la oficina del Ayuntamiento de San Adrián, Avenida de Navarra número 7 o en el Boletín Oficial de su publicación.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar el Documento Nacional de Identidad.

5.3. Únicamente las personas que resulten llamadas para el desempeño del puesto de Conserje deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación exigido en su respectiva convocatoria, cuando se proceda a la formalización del contrato.

Igualmente, las personas que resulten llamadas para el desempeño de puestos de Conserje, deberán aportar el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.

De igual forma las personas que resulten llamadas para el desempeño de puestos en los que se determine que es preciso tener carnet de conducir, deberán aportar el documento acreditativo de estar en posesión de tal requisito en el momento del llamamiento.

5.4. Quienes participen con una discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Sexta.–Admisión de aspirantes.

6.1. Listas provisionales. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento de San Adrián, Avenida de Navarra número 7, y en la página web municipal la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

A partir de dicha publicación en el tablón y, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

6.2. Listas definitivas. Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, en su caso, por Resolución del Alcalde del Ayuntamiento de San Adrián, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán publicas en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Adrián y en la página web municipal, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base séptima de la presente convocatoria.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

6.3. Con la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los efectos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.–Prueba.

7.1. El proceso selectivo constará de dos pruebas.

7.2. La primera prueba de la convocatoria aprobada por la presente Resolución, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas con cuatro opciones de respuesta, de las que sólo una será válida, sobre la materia contenida en el temario que figura en el Anexo I de la presente Resolución, penalizando las respuestas erróneas.

La duración máxima de la prueba se determinará por el Tribunal Calificador antes de su comienzo. Cada respuesta correcta tendrá un valor de un punto. Cada respuesta incorrecta penalizará una cuarta parte del valor de un acierto.

La prueba será calificada con una valoración máxima de 50 puntos. Superarán la prueba quienes obtengan, al menos, 25 puntos.

7.3. La segunda prueba, de carácter teórico-práctico, se determinará por el Tribunal en el momento de su realización y permitirá demostrar los conocimientos prácticos de los aspirantes sobre funciones del puesto que se convoca, en relación con la materia comprendida en el temario del Anexo I.

La prueba será calificada con una valoración máxima de 50 puntos. Superarán la prueba quienes obtengan, al menos, 25 puntos.

7.4. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que las personas participantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Las que no acrediten su personalidad o no comparezcan quedarán eliminadas.

7.5. Durante el desarrollo de la prueba selectiva se establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

Octava.–Tribunal calificador.

8.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

–Presidente: Don Emilio Cigudosa García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián.

–Suplente: Doña Concepción Ruiz López (Concejala del Ayuntamiento de San Adrián).

–Vocal: Don Jesús Sola Aranda, primer Teniente Alcalde del Ayuntamiento de San Adrián.

–Suplente: Doña M.ª Gracia Alcoya Carricas, 2.ª Teniente Alcalde del Ayuntamiento de San Adrián.

–Vocal: Don Alberto Gárriz Munilla (Jefe de brigada del ayuntamiento).

–Suplente: Don José Antonio García Munilla (Jefe de brigada del ayuntamiento).

–Vocal: Don Carlos Sobrevilla Torrecilla, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de San Adrián.

–Suplente: Don Manuel Ballester, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de San Adrián.

–Vocal-Secretario: Doña Natividad Azcona Comas, Secretaria del Ayuntamiento de San Adrián.

–Vocal-Secretario suplente: Don Edgar Laínez Goñi (Interventor del Ayuntamiento).

8.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir como tales cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

8.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

8.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

8.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

Novena.–Resultados.

9.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Adrián, en la página web del mismo y en el lugar de celebración de las pruebas la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida.

9.2. Los aspirantes que figuren en la lista, podrán ser llamados de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

9.3. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

Décima.–Llamamiento a la contratación temporal.

10.1. El llamamiento y, en su caso, la contratación se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 88 y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en las bases de esta convocatoria, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal (Boletín Oficial de Navarra número 31, de 15 de febrero de 2011) y demás normativa que resulte de aplicación.

10.2. Las personas llamadas deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.

Las personas que resulten llamadas deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos en su respectiva convocatoria aportando fotocopia del título de Graduado en ESO, título de Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de primer grado, o equivalentes, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición, obtenidos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Las personas que no cumplan con los requisitos exigidos serán excluidas del procedimiento selectivo por Resolución de Alcaldía y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la correspondiente convocatoria.

Undécima.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

San Adrián, 20 de febrero de 2018.–El Alcalde-Presidente, Emilio Cigudosa García.

ANEXO I

Temario

1.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de electricidad (destornilladores, tijeras, alicates, tipos de llaves, sierras, taladro portátil...).

2.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto térmica y diferencial.

3.–Circuitos de alumbrado básico y fluorescente: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

4.–Circuitos de sonería (pulsadores, timbres...).

5.–Circuitos singulares (alarmas, alumbrado de emergencia, circuito cerrado de televisión...).

6.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de fontanería.

7.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

8.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de carpintero (martillos, sierras, formones, taladro eléctrico, y accesorios: lijas, colas...).

9.–Operaciones básicas de carpintería: Ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

10.–Conocimientos básicos de manejo de centralita de teléfonos, fax, fotocopiadoras, encuadernadoras, material audiovisual, y destructoras de documentos.

11.–Normas de seguridad e higiene en edificios. Precauciones en mantenimiento y reparaciones de fontanería, carpintería y electricidad.

12.–Interpretación de símbolos, imágenes y gráficos sencillos, así como la interpretación y cumplimiento de impresos, cuestionarios, formularios sencillos, documentos bancarios, instancias e impresos de correos.

13.–Mantenimiento y control de tablones oficiales de anuncios, de existencias de material diverso de oficina, de mobiliario y de limpieza.

14.–Trabajos de ensobrado, etiquetado, reparto de paquetería y correspondencia dentro y fuera del edificio, así como el franqueo o sellado de correspondencia oficial.

15.–Conocimiento y dominio del orden alfabético y numérico para el manejo fluido de guías, listados, teléfonos, sencillos controles y archivo de documentos.

16.–Estructura y órganos de Gobierno del Ayuntamiento de San Adrián.

17.–San Adrián.–Relieve, clima, situación geográfica, fauna y flora.

18.–Conocimientos de cultura general propios del nivel exigido en la convocatoria.

ANEXO II

Formulario de solicitud (PDF).

Código del anuncio: L1802853