BOLETÍN Nº 38 - 22 de febrero de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Convocatoria de contratación temporal de profesor de distintas especialidades impartidas en la Escuela de Música “Julián Gayarre”

Resolución de 31 de enero de 2018 de la Presidenta Delegada del Patronato Municipal de la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal del puesto de trabajo de profesor de las distintas Especialidades impartidas en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) en orden a la cobertura de necesidades que se produzcan.

Estimándose necesaria la elaboración de una relación de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal del puesto de trabajo de Profesor de Música de varias de las Especialidades Impartidas en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) con destino en la citada Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) en orden a la cobertura de necesidades que se produzcan.

En el ejercicio de las atribuciones que legalmente me viene conferidas por las disposiciones de aplicación y en atención al Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio.

RESUELVO:

1.–Aprobar la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal del puesto de trabajo de profesor/a de las Especialidades que a continuación se detallan:

Txistu, Percusión, Acordeón, Guitarra Clásica, Bajo Eléctrico, Canto, Coro, Guitarra Eléctrica, Iniciación Musical, Flauta Travesera, Saxofón, Trompeta, Trombón, Violín, con destino en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) en orden a la cobertura de necesidades que se produzcan.

2.–Aprobar las bases por las que se rige la convocatoria de pruebas selectivas, que se incorporan a esta Resolución como Anexo I.

3.–Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra esta Resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.

c) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución.

Noáin (Valle de Elorz), 31 de enero de 2018.–La Presidenta Delegada, María Cecilia Antolín Astigarraga.

ANEXO I

Bases

Base 1.–Objeto de la convocatoria y normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, constituir, mediante pruebas de selección, listados de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal de los puestos de profesor/a en las especialidades especificadas en el encabezado con destino en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) en orden a la cobertura de necesidades que se produzcan.

1.2. La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra y las bases estarán a disposición de las personas interesadas en página web municipal www.noain.es/es.

1.3. La notificación a los aspirantes de cualquier incidencia, acto o recurso que les afecte sobre la presente convocatoria, sus bases o actos que se dicten en su ejecución, se realizará mediante su publicación en la página web municipal de Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) www.noain.es/es/.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

1.5. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración, equivalente al nivel B de los definidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás conceptos retributivos contemplados, en su caso, en plantilla orgánica y normativa vigente.

1.6. Para las contrataciones que se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba de dos meses, durante el cual podrá rescindirse unilateralmente el contrato por cualquiera de las partes.

Base 2.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, o de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Grado Medio o Profesional de Música en la especialidad instrumental a la que se opte, y en el caso de la especialidad de Iniciación musical además del título de Grado Medio o Profesional de Música la titulación de Maestro, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual. El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Base 3.–Instancias y plazo de presentación.

Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo que figura en el anexo de las presentes bases, en el cualquiera de los Registros del Patronato Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz) sito en la Escuela Municipal de Música (calle San Miguel, 2, 31110 Noáin (Valle de Elorz)). El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Junto con la instancia de participación, los aspirantes deberán aportar la siguiente documentación, sin perjuicio de que cuando sean llamados para su contratación deban aportar la documentación original o copia compulsada o autenticada debidamente, requerida por la normativa vigente:

–Fotocopia del DNI o documento que acredite la identidad y nacionalidad del aspirante y, en su caso, de los requisitos de nacionalidad o parentesco exigidos en la base 2.a de la convocatoria.

–Fotocopia del título señalado en la base 2.c de la presente convocatoria.

–Los méritos que los aspirantes quieran aportar y que deberán ser presentados y acreditados documentalmente en el momento de presentar la solicitud a la cual quedarán adjuntos. En el caso de experiencia laboral se deberá acreditar presentando la vida laboral.

Base 4.–Lista provisional y definitiva.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta del Patronato de Música de la Escuela Municipal de Noáin (Valle de Elorz) aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en la web del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), www.noain.es.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de los cinco días naturales siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Presidenta del Patronato de Música aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en la web del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria comenzando por la primera especialidad del listado arriba especificado. Las fechas y horas del resto de pruebas se irán publicado en la web municipal del ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), www.noain.es.

Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha, hora y lugar de realización de la primera de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria comenzando por la primera especialidad del listado arriba especificado. Las fechas y horas del resto de pruebas se irán publicado en la web municipal del ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) www.noain.es.

Base 5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal de cada Especialidad estará compuesto por los siguientes miembros, si bien su composición definitiva puede quedar fijada en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos:

Presidente: Doña María Cecilia Antolín Astigarraga-Presidenta delegada del Patronato Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente Presidente: Doña Garbiñe Sertutxa Azkarate-Directora de la Escuela Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz).

–Primer vocal: Profesor de la Especialidad a la que se opta.

–Suplente primer vocal: A designar por el titular.

–Segundo vocal: Profesor de cualquier especialidad musical de la Escuela de Música de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente segundo vocal: a designar por el titular.

–Vocal Secretario: Isabel Álvarez Berango.

–Suplente Vocal-Secretario: A designar por el titular.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidenta del Patronato, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la normativa vigente.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución del mismo se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

Base 6.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

6.1. El proceso de selección, para la constitución de la lista, constará de dos partes:

6.1.1.–Valoración de méritos (máximo 30 puntos).

El tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, conforme al siguiente baremo. Los méritos deberán ser presentados y acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la solicitud a la cual quedarán adjuntos.

A) Experiencia docente (máximo 20 puntos):

A.1.–Por cada curso completo y en proporción a la jornada de servicios prestados como profesor en la especialidad que se solicitan, en conservatorios o escuelas de música de Administraciones Públicas: 1,50 puntos.

Por fracciones de curso y en proporción a la jornada. Por cada mes en las plazas solicitadas: 0,125 puntos.

A.2.–Por cada curso completo y en proporción a la jornada de servicios prestados como profesor de la especialidad solicitada, en Centros de Titularidad Privada (máximo 5 puntos): 0,75 puntos.

Por fracciones de curso y en proporción a la jornada. Por cada mes en las plazas solicitadas: 0,06 puntos.

B) Formación (máximo 4 puntos).

–Para las especialidades instrumentales:

B.1.–Por poseer el título superior en la especialidad instrumental a la que se opte: 3 puntos.

B.2.–Por poseer titulación musical de grado medio o superior en especialidad diferente a la que se opta: 0,50 puntos.

B.3.–Por poseer titulación de índole pedagógica de nivel medio o superior: 0,50 puntos.

–Para la especialidad de Iniciación musical:

B.1.–Por poseer el título superior en cualquier especialidad instrumental: 3 puntos.

B.2.–Por poseer titulación musical de grado medio o superior en especialidad diferente a la señalada en el B.1: 0,50 puntos.

B.3.–Por poseer titulación de índole pedagógica de nivel superior: 0,50 puntos.

C) Otros méritos (máximo 6 puntos).

C.1.–Otros méritos que se desee aportar, que estén relacionados con la especialidad a la que se opta y sean debidamente acreditados por el aspirante y que no hayan sido objeto de valoración en los apartados anteriores.

Concierto como solista: 0,5 puntos.

Concierto en agrupaciones: 0.25 puntos.

Asistencia a cursos de formación: 0,25 puntos.

Publicaciones: 0.5 puntos.

El tribunal podrá solicitar en cualquier momento, aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos presentados por los concursantes.

6.1.2.–Ejercicio práctico (máximo 70 puntos).

Consistirá en la realización de dos pruebas:

A) Prueba práctica musical (35 puntos):

Especialidades instrumentales: Interpretación como solista de dos o varios temas libres que no exceda de veinte minutos de duración. En el caso de Percusión: Interpretación al menos de un tema en láminas y de un tema a la batería y/o multi-percusión. Duración de un máximo de veinte minutos. La Escuela está dotada con aula completa de Percusión Clásica y Batería.

Coro: La prueba consistirá en dirigir un ensayo con alumnos/as de la Escuela de Música en edades comprendidas entre 9 y 12 años durante un máximo de veinte minutos. Se dará tiempo previo para examinar la obra facilitada para el desarrollo de la prueba.

Iniciación Musical: La prueba consistirá en impartir una clase práctica sobre un tema a designar por el tribunal, dirigida a niños/as de 3-6 años durante un máximo de quince minutos. Se dará tiempo previo para diseñar la clase.

B) Prueba escrita (35 puntos):

Realización de un ejercicio escrito desarrollando cuestiones que plantee el Tribunal en torno a la enseñanza en la especialidad a la que se opte.

6.2. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

Base 7.–Relación de aprobados y llamamiento.

7.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Escuela de Música y en la web del Ayuntamiento del Valle de Noáin (Valle de Elorz), www.noain.es la relación de aprobados –por cada especialidad– por orden de puntuación total obtenida, abriendo un plazo para alegaciones de cinco días naturales.

Terminado el plazo, y resueltas en su caso las alegaciones, el Tribunal remitirá a la Presidenta del Patronato para su aprobación, la lista definitiva de aprobados, que incluirán nombre, apellidos, documento identificativo y puntuación, y se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela de Música y en la página web municipal: www.noain.es.

7.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Escuela Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz), de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

Base 8.–Gestión de la lista.

8.1. En cada ocasión que se produzca una necesidad de personal en los puestos reflejados en la presente convocatoria el Patronato Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz) llamará a los candidatos por orden de puntuación total final, de mayor a menor.

El candidato deberá aceptar o rechazar, en caso de imposibilidad justificada, la oferta laboral en el mismo día en que la misma sea realizada y, en todo caso, siempre con la suficiente antelación respecto de la fecha y hora de inicio de la prestación de servicios laborales por parte del candidato.

En caso de que el aspirante no acepte ni rechace la oferta laboral con la antelación suficiente al inicio de la relación laboral e inicio de prestación de servicios laborales, se pasará automáticamente a llamar al siguiente candidato.

En caso de aceptar la oferta laboral y no presentarse apara la prestación de servicios laborales, o bien para la formalización de la documentación precisa para la formalización de la relación laboral, el candidato quedará automáticamente excluido de la lista para futuras ocasiones de necesidad de personal.

El rechazo de la oferta laboral, en caso de imposibilidad justificada, motivada y razonable, no será causa de exclusión de la lista ni será penalizado en forma alguna.

8.2. La lista de candidatos para la cobertura de necesidades de personal en los puestos objeto de la presente convocatoria tendrá una duración indefinida, permaneciendo en vigor hasta la fecha en que finalice un futuro nuevo proceso selectivo que tenga por objeto la misma plaza de Profesor de la Especialidad a la que se opte, que el Patronato Municipal de Música de Noáin (Valle de Elorz) convoque; momento en que quedará automáticamente derogada.

Base 9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido. Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO II

Ficha de inscripción (PDF).

Código del anuncio: L1802066