BOLETÍN Nº 31 - 13 de febrero de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1125/2017, de 13 de diciembre, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se procede a la corrección del error advertido en la Resolución 1070/2017, de 24 de noviembre, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se inscriben las especialidades de Acordeón y Gaita en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela Municipal de Música “Blas de Laserna” de Corella.

Habiéndose advertido un error en el apartado 1.º, letra a), de la Resolución 1070/2017, de 24 de noviembre, por la que se inscriben las especialidades de Acordeón y Gaita en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela Municipal de Música “Blas de Laserna” de Corella, que se refiere a la omisión del Piano entre las enseñanzas inscritas dentro de la “práctica instrumental” con las que cuenta la escuela, es necesario proceder a su corrección, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Corregir el apartado “práctica instrumental” de la letra a) del punto 1.º de la Resolución 1070/2017, de 24 de noviembre, por la que se inscriben las especialidades de Acordeón y Gaita en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela Municipal de Música “Blas de Laserna” de Corella, en los términos siguientes:

Donde dice:

“–Práctica instrumental: Acordeón, Bajo Eléctrico, Clarinete, Flauta Travesera, Gaita, Guitarra, Guitarra Eléctrica, Percusión, Saxofón, Trombón, Trompeta, Viola y Violín.”

Debe decir:

“–Práctica instrumental: Acordeón, Bajo Eléctrico, Clarinete, Flauta Travesera, Gaita, Guitarra, Guitarra Eléctrica, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, Trompeta, Viola y Violín.”

2.º Notificar la presente Resolución al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Corella, indicando que contra la presente Resolución administrativa la Administración Pública interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

3.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la de Centros Escolares, Financiación y Ayudas Escolares y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa.

4.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de diciembre de 2017.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.

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