BOLETÍN Nº 30 - 12 de febrero de 2018

3. Administración del Estado

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

Resolución de concesión de la ayuda económica regulada
en el programa de recualificación profesional

El Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establece en su artículo 1.12, que la forma y plazos de presentación de solicitudes y tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento se harán de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 1 de agosto de 2013 del Servicio Público de Empleo Estatal, dictada al amparo del Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, dicha resolución ha sido modificada por la Resolución de 9 de octubre de 2017, del Servicio Público de Empleo Estatal, conforme a lo dispuesto en la Disposición final tercera del Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por la que se faculta al Gobierno para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el Real Decreto-Ley, y a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo de este Real Decreto-Ley.

Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación del Director General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo, número 5, de la citada Resolución y asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente.

Acuerda conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 35.820,00 euros.

Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada Resolución, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.

Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 12 de diciembre de 2017.–El Director Provincial, Rafael Hurtado de Mendoza Cabrera.

ANEXO I

Resolución de concesión correspondiente
al mes de noviembre de 2017

BENEFICIARIO

IMPORTE
(euros)

ABABIO, PETER

2.420,28

ACHERKI, RABHA

2.420,28

BOUDJEMAA HAIOUN, ILHEM

2.742,96

CALLE VIEIRA, LORENA

2.420,28

CRISAN, CAMELIA ADRIANA

2.420,28

DE LA CRUZ MAYA, ALBA

2.742,96

ECHEVERRIA JIMENEZ, REMEDIOS

2.420,28

GÁMEZ GONZÁLEZ, INMACULADA

2.742,96

GEORGIEVA PETROVA, VESELA

2.742,96

GOMEZ RUIZ, EVA MARIA

2.420,28

MADINAVEITIA POZO, CRISTINA

2.742,96

PEREZ VILLANUEVA, DAVID

2.420,28

RAMOS ABAD, RUBEN

2.420,28

TABIT, AHMED

2.742,96

TOTAL

35.820,00

Total beneficiarios: 14

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