2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
FALCES
Aprobación definitiva de la modificación de tarifas
de las Ordenanzas fiscales para 2018
El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2017, aprobó inicialmente las modificaciones de tarifas de las siguientes Ordenanzas fiscales para el ejercicio del 2018.
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 236 de fecha 12 de diciembre de 2017 la aprobación inicial de las mismas y habiendo transcurrido el plazo de 30 días hábiles, sin haberse presentado ninguna reclamación, han quedado definitivamente aprobadas y de conformidad con el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990 se publica íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra.
Falces, 26 de enero de 2018.–El Alcalde-Presidente, Valentín García Olcoz.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS
b) Certificaciones acreditativas del estado urbanístico de las fincas: 20 euros.
5. Servicios de asistencia técnica de NAMAINSA en materia de actividades clasificadas.
a) Informe favorable o requerimiento de los proyectos de actividades clasificadas descritas en el anejo 4D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: coste de los informes técnicos externos.
b) Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en el anejo 4D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: coste de los informes técnicos externos.
c) Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en los anejos 4A, 4B y 4C de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: coste de los informes técnicos externos.
d) Informes o consultas a instancia de parte: coste de los informes técnicos externos.
e) Visita de técnico para la elaboración del informe correspondiente: coste de los informes técnicos externos.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO Y DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Artículo 7. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 95 euros.
2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración se determinará en función de la cantidad de agua, medida en metros cúbicos, utilizada en la finca.
A tal efecto, se aplicará la siguiente tarifa:
a) Viviendas:
–Cuota fija: 6,60 euros/cuatrimestre.
b) Fincas y locales no destinados exclusivamente a vivienda:
–Cuota fija: 6,60 euros/cuatrimestre.
ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
Artículo 5. El tipo de percepción de derechos se ajustará a la siguiente:
–Tarifas piscinas municipales.
ABONO INDIVIDUAL | TARIFA |
Día | Mensual | Temporada |
Menores de 7 años | – | – | – |
De 7 a 14 años | 3,50 euros | 16 euros | 23 euros |
De 15 a 64 años | 6,50 euros | 36 euros | 47 euros |
Mayores de 65 años | 3,50 euros | 16 euros | 23 euros |
ABONO FAMILIAR | TARIFA TEMPORADA |
Matrimonio / Pareja de hecho registrada | 83 euros |
Personas minusválidas que presenten movilidad reducida conforme al Anexo II del RD 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, tendrán una reducción del 25% en las tarifas de abonos. |
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS PÚBLICAS POR SUMINISTRO DE AGUA
Artículo 5. Las tarifas por la prestación del servicio se girarán por los siguientes conceptos:
c) Por el suministro para cualquier uso, por cada metro cúbico consumido 0,60 euros.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS PÚBLICAS
POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO
Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENO COMÚN
I.1.–Mesas, sillas, veladores:
–Todos los meses del año, a excepción de las fiestas de agosto: 5,50 euros/mesa/mes.
–Fiestas de agosto: 1 euro/mesa/día. El resto del mes de agosto: 5,50 euros/mesa/resto de agosto.
I.3.–Barracas y atracciones:
–Autos de choque: Pza. de los Fueros: 80 euros/puesto/día. Otra ubicación: 30 euros/puesto/día.
–Churrería: Plaza de los Fueros: 33 euros/puesto/día. Otra ubicación: 20 euros/puesto/día.
–Carruseles: Plaza de los Fueros: 48 euros/puesto/día. Otra ubicación: 20 euros/puesto/día.
–Grúas de feria: Plaza de los Fueros: 16 euros/puesto/día. Otra ubicación: 12 euros/puesto/día.
–Tiro de pichón: Plaza de los Fueros: 25 euros/puesto/día. Otra ubicación: 15 euros/puesto/día.
–Fotografía: 20 euros/puesto/día.
–Tiendas: 5,50 euros/puesto/día.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS DERECHOS Y CÁNONES DE TERRENOS COMUNALES CEDIDOS
PARA LA EXTRACCIÓN DE GRAVA, ARENA, TIERRAS, PIEDRA
Y OTROS MATERIALES
Por cada metro cúbico extraído de grava, arena, tierra y otros materiales: 1 euro.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASAS
POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CEMENTERIO
Epígrafe I.–Inhumaciones y derechos de enterramiento.
–En tierra comunal: 70 euros.
–En nicho: 45 euros.
–En panteón: 50 euros.
Epígrafe V.–Concesiones de nichos y terrenos para panteones.
A) Panteones. Concesión de terrenos para panteones para 99 años: 175 euros/m².
B) Nichos. Concesión 99 años: 1.200 euros.
C) Columbarios (para cenizas): 575 euros.
ORDENANZA REGULADORA
DE LOS APROVECHAMIENTOS COMUNALES
–Canon a satisfacer por los beneficiarios de parcelas comunales.
–Aprovechamientos vecinales prioritarios:
TIPO | CANON (euros/robada/año) |
Secano 1.ª | 2,56 euros |
Secano 2.ª | 1,99 euros |
Regadío presión Sector IV-3 | 19,03 euros |
Regadío presión Olando | 21,55 euros |
Regadío a manta | 20,22 euros |
Huertos familiares | 90,76 euros |
–Aprovechamientos vecinales de adjudicación directa:
TIPO | CANON (euros/robada/año) |
Secano 1.ª | 5,12 euros |
Secano 2.ª | 3,97 euros |
Regadío presión Sector IV-3 (1) | 24,08 euros |
Regadío presión Olando (2) | 29,14 euros |
Regadío a manta | 40,44 euros |
Cortes | 10,11 euros |
Huertos familiares | 90,76 euros |
Código del anuncio: L1801211