BOLETÍN Nº 228 - 26 de noviembre de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AIBAR

Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal sobre exclusión de la obligación de presentar factura electrónica en aquellas facturas de hasta 5.000,00 euros

El Pleno del Ayuntamiento de Aibar, en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2018, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza municipal sobre la exclusión de la obligación de presentar factura electrónica en aquellas facturas de hasta 5.000,00 euros en el Boletín Oficial de Navarra número 186, de 25 de septiembre.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones procede considerar aprobada definitivamente la citada Ordenanza disponiendo la publicación de su texto íntegro a los efectos pertinentes.

Aibar, 9 de noviembre de 2018.–El Alcalde, Aritz Burguete Blasco.

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE EXCLUSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FACTURA ELECTRÓNICA EN AQUELLAS FACTURAS DE HASTA 5.000,00 EUROS

Fundamentación y exposición de motivos

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, instaura en el ámbito de todas las Administraciones Públicas y con efectos desde el 15 de enero del 2015, la obligación por parte de los proveedores de expedir y remitir factura electrónica por los bienes o servicios prestados, recogiendo en su artículo 4, a su vez, una excepción a esa regla general, cual es la previsión de que las Administraciones Públicas puedan excluir de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000,00 euros, y ello se deberá llevar a cabo, señala la ley, reglamentariamente, esto es, mediante la aprobación de una ordenanza, de conformidad con lo señalado en el artículo 324 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

A efectos de adaptarse a esta nueva regulación de la facturación de las Administraciones Públicas de España, el Ayuntamiento de Aibar/Oibar, mediante Resolución de Alcaldía 137/2014, de 26 de diciembre, resolvió adherirse a la plataforma electrónica habilitada al efecto por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, denominada FACE-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas. Considerando oportuno y conveniente hacer uso de la habilitación legal contenida en el artículo 4 de la ley precitada, el Ayuntamiento de Aibar/Oibar en uso de su potestad reglamentaria y en el ámbito de su competencia viene en adoptar la siguiente disposición general.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo único.–Considerando lo previsto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, el Ayuntamiento de Aibar/Oibar excluye de la obligación de facturación electrónica a los proveedores cuyas facturas tengan un importe de hasta 5.000,00 euros.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor una vez que se haya publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra y haya transcurrido el plazo establecido para el ejercicio por la Administración del Estado o de la Comunidad Foral de Navarra de la facultad de requerimiento a las entidades locales en orden a la anulación de sus actos o acuerdos.

Código del anuncio: L1813736