BOLETÍN Nº 228 - 26 de noviembre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 796/2018, de 6 de noviembre, del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra, por la que se aprueba, un coeficiente de actualización de 0,68 para su aplicación en el ejercicio 2019 a los valores catastrales de todos los bienes inmuebles ubicados en el término municipal de Tafalla inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial.

El artículo 22 de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, establece que “Para determinar el valor registral de los bienes inmuebles se tomará como referencia su valor de mercado, sin que aquél pueda exceder de éste ni ser inferior al obtenido mediante la aplicación del método aditivo a que se refiere el artículo 24.2.a) de la presente Ley Foral, salvo que este último resulte superior al valor de mercado.”

Mediante Resolución 27/2011, de 13 de septiembre, del Director del Servicio de la Riqueza Territorial de la Hacienda Tributaria de Navarra, se aprobó el documento de Ponencia de Valoración del municipio de Tafalla, teniendo efectos los valores resultantes de su aplicación en el período impositivo siguiente, tal y como dispone el artículo 38 de la citada Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre.

Con fecha 29 de octubre de 2018 ha sido trasladado al Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tafalla, en sesión celebrada el día 23 de octubre de 2018, en el que “Visto el informe suscrito por los Servicios Técnicos Municipales... “ se solicita al Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra “... la aprobación del coeficiente de actualización de 0,68 para su aplicación en el ejercicio 2019 a los valores catastrales de todos los bienes inmuebles”.

El artículo 23.2.i) de la Ley Foral 12/2006 indica que son parámetros generales de valoración aprobados por el Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra los elementos necesarios en la aplicación de los métodos de valoración para establecer una homogeneidad de los valores inmuebles en el conjunto del territorio, entendiéndose como tales, entre otros “... los coeficientes de actualización del valor y coeficientes de fijación del valor que se determinen reglamentariamente”, indicándose en el número 1 de la Norma 12 de la Orden Foral 20/2010, de 22 de febrero, por la que se aprueban las normas técnicas generales de valoración de los bienes inmuebles objeto de inscripción en el Registro de la Riqueza Territorial de Navarra, que “... se podrán aprobar por el Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra, como parámetros de valoración a que se refiere el artículo 23.2.i) de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, coeficientes de actualización del valor de determinados conjuntos de inmuebles de características homogéneas que se encuentren ubicados en aquél ámbito territorial que se determine expresamente en la respectiva resolución... los coeficientes así aprobados se aplicarán con carácter anual a los valores catastrales inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial... “

Visto lo anterior, procede aprobar un coeficiente de actualización para su aplicación a los valores catastrales de los bienes inmuebles ubicados en el término municipal de Tafalla inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial en el ejercicio 2019.

En consecuencia,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar un coeficiente de actualización de 0,68 para su aplicación en el ejercicio 2019 a los valores catastrales de todos los bienes inmuebles ubicados en el término municipal de Tafalla inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Segundo.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de noviembre de 2018.–El Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra, Luis Esain Equiza.

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