BOLETÍN Nº 227 - 23 de noviembre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 821E/2018, de 30 de octubre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se desautoriza el gasto de la partida correspondiente a la concesión de subvenciones aprobada mediante Resolución 1612/2017, de 2 de junio, para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social. BDNS 381919.

Por Resolución 1612/2017, de 2 de junio de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.

Mediante Resolución 48E/2018, de 16 de abril, se autorizó un gasto de 1.5000.000 euros con cargo a la partida 950001 96100 4709 241204 “Incentivos a la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada” del presupuesto de Gastos de 2018.

Teniendo en cuenta que a lo largo de todo el año 2018 el volumen de solicitudes es muy inferior a la cuantía autorizada para gestionar las mencionadas ayudas y poder hacer frente a otros compromisos de gasto.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1. Desautorizar gasto en la siguiente partida y por el siguiente importe:

–Subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social reguladas por Resolución 1612/2017 de 2 de junio, 700.000 euros con cargo a la partida 95001 96100 4709 241204 denominada “Incentivos a la Contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada” del presupuesto de Gastos de 2018.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 30 de octubre de 2018.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

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