BOLETÍN Nº 216 - 8 de noviembre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 52/2018, de 24 de octubre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se convoca el premio BERDINNA 2019 a la igualdad entre mujeres y hombres y se establecen las Bases para su concesión.

Mediante el Decreto Foral 1/2018, de 10 de enero, se crea el Premio BERDINNA a la igualdad entre mujeres y hombres, cuya finalidad es destacar y reconocer públicamente la actuación de quienes se han distinguido por su labor en el campo de la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral de Navarra. Se establece en dicho Decreto Foral que el premio será convocado con una periodicidad anual, a través de Orden Foral de la persona titular del Departamento con competencias en Igualdad entre mujeres y hombres.

Así en cumplimiento de lo dispuesto procede la aprobación y publicación de las bases que deben regir la convocatoria del Premio BERDINNA 2019 a la igualdad entre mujeres y hombres.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, en relación con el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ORDENO:

1. Aprobar las bases reguladoras del Premio BERDINNA 2019 a la igualdad entre mujeres y hombres, que figuran como anexo a esta Orden Foral.

2. Autorizar un gasto de tres mil euros (3.000 euros) con cargo a la partida a B40001 B4200 4809 232300 “Premio BERDINNA” del Presupuesto de Gastos del año 2019 o partida equivalente a la de los Presupuestos de 2018, quedando supeditado a la existencia de crédito suficiente para ello.

3. Publicar esta Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Trasladar la presente Orden Foral a las personas integrantes del Jurado, al Negociado de asuntos económicos y a la Secretaria General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de octubre de 2018.–La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, Ana Ollo Hualde.

ANEXO

El Gobierno de Navarra convoca el Premio BERDINNA 2019, con el objetivo de reconocer la trayectoria de personas o entidades que se hayan distinguido por su labor en el campo de la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con las siguientes,

BASES

1.–Objeto del Premio BERDINNA 2019.

El premio BERDINNA tiene como finalidad destacar y reconocer públicamente la actuación de quienes se han distinguido por su labor en el campo de la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral de Navarra.

2.–Dotación del premio.

El Premio BERDINNA tiene una dotación económica de tres mil euros que se imputarán con cargo a la partida B40001 B4200 4809 232300 “Premio BERDINNA” del Presupuesto de Gastos del año 2019 o equivalente, supeditado a la existencia de crédito suficiente.

Igualmente se realizará un reconocimiento efectuado en acto público por el Gobierno de Navarra

3.–Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.

3.1. Las candidaturas podrán presentarse tanto por canal electrónico a través del Registro General Electrónico como presencialmente en el Registro del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua (calle Alhóndiga, 1-2.º 31002 de Pamplona).

Igualmente podrán presentar las candidaturas a través del correo electrónico (gestionrecursosinai@navarra.es).

3.2. El plazo de presentación de las candidaturas será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

3.3. La presentación de las candidaturas al Premio supone la aceptación total de las presentes bases, así como de los acuerdos que adopte el Jurado del Premio.

4.–Criterios de concesión del Premio.

Al objeto de tomar la decisión, el Jurado valorará las candidaturas recibidas y tendrá en cuenta los siguientes criterios, siendo su ponderación idéntica para cada uno de ellos:

a) Trayectoria de la persona o entidad propuesta en el ámbito de la igualdad de mujeres y hombres en el que ha venido desarrollando su actividad.

b) Relevancia intrínseca de la actuación, acciones, trabajos o proyectos dirigidos al reconocimiento del trabajo de las mujeres y de su empoderamiento o a la promoción de la igualdad de derechos y oportunidades entre sexos.

c) Repercusión e influencia en la sociedad de la actuación, acciones, trabajos o proyectos, o trayectoria desarrollada por la persona o entidad propuesta.

d) Vinculación de la candidatura con la Comunidad Foral de Navarra.

5.–Documentación.

Las entidades o personas interesas presentarán la candidatura adjuntando la siguiente documentación:

a) Formulario de presentación de la candidatura de acuerdo al modelo elaborado para ello, en el que se hará constar el nombre de la persona física o jurídica por la que se presenta candidatura y sus datos de contacto. Este formulario podrá obtenerse en la página web del Instituto Navarro para la Igualdad.

b) Memoria explicativa (máximo 1.000 palabras), en la que se recojan los relevantes méritos que avalan la presentación de la candidatura de la persona o entidad y el resto de información que se crea conveniente y que acredite los méritos estimados para acceder a este premio.

c) En caso de que la candidatura consista en la presentación de un trabajo o proyecto, éste se deberá presentar y habrá de estar realizado en los dos últimos años precedentes a la fecha de la correspondiente convocatoria.

d) Con carácter voluntario se podrán presentar cartas de apoyo a la candidatura.

e) Cualquier otra documentación complementaria que permita avalar y verificar los méritos alegados.

6.–Subsanación de defectos en las candidaturas.

Si las candidaturas no vinieran cumplimentadas en todos sus términos o no fueran acompañadas de toda la documentación, el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días naturales subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución.

7.–Jurado, fallo, concesión y entrega del premio.

7.1. Integran el jurado del Premio las siguientes personas:

Presidenta: Doña Ana Ollo Hualde, Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

Vicepresidenta: Doña Mertxe Leránoz Goñi, Directora Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

Vocales:

–Doña Nerea Alvarez Arruti, Subdirectora de Planificación y Programas del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

–Doña Magdalena Margarita Hernández Salazar, en representación del Consejo Navarro para la Igualdad.

–Doña Trinidad Díez Muñoz, en representación del Consejo Navarro para la Igualdad.

–Don Pablo Azcona Molinet, en representación de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

–Doña Blanca Fernández Viguera, persona a la que se le concedió el Premio Berdinna 2018.

Secretaria:

–Doña María Alba Fernández García, Jefa de la Sección de Gestión y Recursos del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

7.2. Las candidaturas presentadas serán analizadas por el Jurado que valorará los relevantes méritos que en ellas concurran de acuerdo a los criterios establecidos en la presente convocatoria.

El Jurado adoptará sus acuerdos por mayoría simple. En caso de no poder acudir a alguna de las reuniones, las personas del Jurado podrán delegar su voto. La Presidencia del Jurado dirimirá con su voto de calidad los empates que se produzcan. La Secretaria levantará Acta de cuantas actuaciones y acuerdos se adopten, debiendo figurar las razones que justifican el acuerdo adoptado en relación con los criterios de concesión del Premio contenidos en esta convocatoria. El Jurado propondrá el fallo de la concesión, que se elevará al Gobierno de Navarra para la concesión del mismo.

7.3. El fallo se hará público, informando de la concesión del Premio a la entidad o persona ganadora, o en su caso, declaración de que éste ha quedado desierto.

7.4. El premio será concedido por el Gobierno de Navarra, a la vista de la propuesta realizada por el Jurado.

7.5. La entrega del premio se efectuará por la Presidenta del Gobierno en acto público organizado a tal fin, en el marco de la conmemoración del día 8 de marzo de 2019.

7.6. La dotación económica se realizará en un único pago a la persona premiada, por medio de Resolución de la Directora Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y se realizará tras la concesión del Premio.

8.–Recursos.

Contra las bases de la presente convocatoria del Premio BERDINNA 2019 a la igualdad entre mujeres y hombres podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra y contra los actos de aplicación de la misma ante la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

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