BOLETÍN Nº 206 - 24 de octubre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 242/2018, de 2 de octubre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se comunica la aceptación de la abstención de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y avocación para sí misma de las competencias en relación con el procedimiento de concesión de Autorización para el Centro de Tratamiento de Residuos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona en Noáin (Valle de Elorz).

La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer ha comunicado a la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local su intención de abstenerse del conocimiento del expediente relacionado con la implantación del centro de tratamiento de residuos urbanos en Noáin (Valle de Elorz) por ser habitante de una de las localidades de ese municipio y haber desempeñado el cargo de concejante en el mismo en fechas recientes.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 23 que las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas en quienes se den alguna de las circunstancias señaladas se abstendrán de intervenir en los procedimientos administrativos y lo comunicarán al superior jerárquico inmediato, quien resolverá lo procedente.

El artículo señalado considera entre los motivos de abstención tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel.

Atendiendo a la normativa citada y a los motivos expuestos, se considera procedente aceptar la abstención formulada por la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el citado expediente y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 38 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, avocar la competencia para adopción de los actos de tramitación que así lo requieran, así como para la resolución del procedimiento administrativo para la puesta en marcha del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en Noáin (Valle de Elorz).

De conformidad con el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

1.–Aceptar la abstención formulada por la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en la tramitación del procedimiento administrativo para la puesta en marcha del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en Noáin (Valle de Elorz).

2.–Avocar la competencia para adopción de los actos de tramitación que así lo requieran, así como para la resolución del procedimiento administrativo relativo a la puesta en marcha del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en Noáin (Valle de Elorz).

3.–Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Economía Circular y Agua y al Servicio de Territorio y Paisaje a los efectos oportunos.

4.–Notificar la presente Orden Foral a las personas interesadas y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

5.–De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la avocación aprobada en esta Orden Foral no cabe recurso, si bien podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.

Pamplona, 2 de octubre de 2018.–La Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, Isabel Elizalde Arretxea.

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