BOLETÍN Nº 2 - 3 de enero de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 922/2017, de 30 de octubre, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se procede a la corrección del error advertido en el anexo de la Resolución 863/2017, de 10 de octubre, por la que se autoriza, con carácter transitorio, el funcionamiento de varias unidades en distintos centros educativos concertados de Navarra que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias.

Habiéndose advertido un error en el apartado número 2 del anexo de la Resolución 863/2017, de 10 de octubre, por la que se autoriza, con carácter transitorio, el funcionamiento de varias unidades en distintos centros educativos concertados de Navarra que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, que se refiere a las unidades que se autorizan transitoriamente al centro privado “Sakana Ikastola” de Altsasu/Alsasua, consistente en la omisión de la autorización de una unidad de Educación Secundaria Obligatoria, es necesario proceder a su corrección, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Corregir el número 2, párrafo tercero, del anexo de la Resolución 863/2017, de 10 de octubre, referente al centro privado “Sakana Ikastola” de Altsasu/Alsasua, por la que se autoriza, con carácter transitorio, el funcionamiento de varias unidades en distintos centros educativos concertados de Navarra que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, en los términos siguientes:

Donde dice:

“Unidades que se autorizan transitoriamente: 1 en Educación Especial Básica (Aula de Trastornos Generalizados del Desarrollo), durante el año académico 2017/18; autorización que se hará extensiva hasta el final del año académico 2018/19, siempre que se mantengan las actuales necesidades de escolarización”.

Debe decir:

“Unidades que se autorizan transitoriamente: 1 en primero de Educación Secundaria Obligatoria y 1 en Educación Especial Básica (Aula de Trastornos Generalizados del Desarrollo), durante el año académico 2017/18; autorizaciones que se harán extensivas hasta el final del año académico 2020/21 y 2018/19, respectivamente, siempre que se mantengan las actuales necesidades de escolarización”.

2.º Notificar la presente Resolución a los centros interesados y al Servicio de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas, y a la Sección de Centros, Financiación y Ayudas al Estudio y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa, indicando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 30 de octubre de 2017.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.

Código del anuncio: F1712865