BOLETÍN Nº 2 - 3 de enero de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 158/2017, de 20 de diciembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Pública de Navarra para el año 2018.

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su Capítulo II, las relaciones con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y demás condiciones en que las entidades colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.

En consecuencia,

ORDENO:

1.º Para el año 2018, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las entidades colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra, serán las que se detallan a continuación:

QUINCENAS

DÍAS QUINCENA
(ambos inclusive)

FECHA VALOR ABONO EN CUENTA CTE. GENERAL

FECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO

Meses

Denomin./mes

Número orden

enero

1.ª

1

21 de diciembre

5 de enero

10 de enero

11 de enero

enero

2.ª

2

6 de enero

22 de enero

26 de enero

29 de enero

febrero

1.ª

3

23 de enero

31 de enero

6 de febrero

7 de febrero

febrero

2.ª

4

1 de febrero

20 de febrero

26 de febrero

27 de febrero

marzo

1.ª

5

21 de febrero

5 de marzo

12 de marzo

13 de marzo

marzo

2.ª

6

6 de marzo

20 de marzo

26 de marzo

27 de marzo

abril

1.ª

7

21 de marzo

5 de abril

10 de abril

11 de abril

abril

2.ª

8

6 de abril

20 de abril

25 de abril

26 de abril

mayo

1.ª

9

21 de abril

7 de mayo

11 de mayo

14 de mayo

mayo

2.ª

10

8 de mayo

21 de mayo

28 de mayo

29 de mayo

junio

1.ª

11

22 de mayo

5 de junio

11 de junio

12 de junio

junio

2.ª

12

6 de junio

20 de junio

26 de junio

27 de junio

julio

1.ª

13

21 de junio

5 de julio

10 de julio

11 de julio

julio

2.ª

14

6 de julio

20 de julio

25 de julio

26 de julio

agosto

1.ª

15

21 de julio

6 de agosto

13 de agosto

14 de agosto

agosto

2.ª

16

7 de agosto

20 de agosto

27 de agosto

28 de agosto

septiembre

1.ª

17

21 de agosto

5 de septiembre

11 de septiembre

12 de septiembre

septiembre

2.ª

18

6 de septiembre

20 de septiembre

25 de septiembre

26 de septiembre

octubre

1.ª

19

21 de septiembre

5 de octubre

10 de octubre

11 de octubre

octubre

2.ª

20

6 de octubre

22 de octubre

26 de octubre

29 de octubre

noviembre

1.ª

21

23 de octubre

5 de noviembre

12 de noviembre

13 de noviembre

noviembre

2.ª

22

6 de noviembre

20 de noviembre

26 de noviembre

27 de noviembre

diciembre

1.ª

23

21 de noviembre

5 de diciembre

11 de diciembre

12 de diciembre

diciembre

2.ª

24

6 de diciembre

20 de diciembre

26 de diciembre

27 de diciembre

2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por correo electrónico a la Sección de Tesorería (seccion.tesoreria@navarra.es) antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.

3.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Presupuestos y Política Financiera, al Servicio de Contabilidad, al Servicio de Intervención General, al Servicio de Recaudación, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las entidades financieras colaboradoras y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de diciembre de 2017.–El Consejero de Hacienda y Política Financiera, Mikel Aranburu Urtasun.

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