BOLETÍN Nº 190 - 1 de octubre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 699E/2018, de 11 de septiembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio no someter la Modificación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra (PSIS UPNA) en la parcela 438, polígono 1, en Mutilva, al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria, de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental.

Por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra (PSIS UPNA) en la parcela 438 del polígono 1 de Mutilva (Aranguren), promovida por Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.U.

La Modificación tiene por objeto excluir del ámbito del PSIS UPNA, la parcela 438 del polígono 1, ubicada en la localidad de Mutilva (Aranguren) con la finalidad de destinarla a un nuevo centro escolar, pasando a formar parte de la red de dotacionales locales del municipio.

Mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de 24 de enero de 2018 se inició la tramitación del expediente y se sometió al trámite de información pública durante un periodo de 45 días (Boletín Oficial de Navarra número 30, de 12 de febrero de 2018). Finalizado el periodo de exposición pública no se han recibido alegaciones de contenido ambiental.

La parcela objeto de la Modificación cuenta con unos límites físicos claramente definidos y es un solar que cuenta con dos almacenes y se presenta como una explanada destinada al almacenaje de materiales de construcción. Por lo tanto se trata de una parcela transformada, en la que no se identifican áreas ni hábitats de interés ambiental y/o cultural. Por el sur, resulta colindante con un vial anexo al río Sadar. A partir de la información disponible sobre la inundabilidad y la zonificación del riesgo se concluye que el ámbito de la Modificación no se encuentra afectado por las avenidas periódicas del río.

Desde el punto de vista de las afecciones acústicas, la parcela se integra en el ámbito de los Mapas Estratégicos de Ruido y cuenta con una zonificación acústica aprobada mediante Resolución 1328/2010 de 3 de septiembre. La Modificación del PSIS conlleva un cambio de esta Zonificación acústica, pasando de ser un área acústica Industrial a Docente. Por lo tanto, los objetivos acústicos a cumplir son de 50 decibelios para periodo nocturno y 60 para periodo diurno. A partir de la información disponible (2.ª Revisión de los Mapas Estratégico de Ruido) y considerando el tráfico como la principal fuente de ruido, se cumplen los objetivos de calidad acústica para el uso previsto.

A la vista de la información disponible, se concluye que la Modificación del PSIS UPNA no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. Se trata de una Modificación menor definida en el artículo 5 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, por lo que según se establece en el ámbito de aplicación recogido en su artículo 6, debe someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental Simplificada.

Considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada se ha desarrollado adecuadamente, y, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

RESUELVO:

1.º No someter la Modificación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra (PSIS UPNA) en la parcela 438, polígono 1, en Mutilva, al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria, de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental.

2.º Formular Informe Ambiental Estratégico favorable de la Modificación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra (PSIS UPNA), promovido por Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.U.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución, a la Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio y al Ayuntamiento de Aranguren, a los efectos oportunos.

Pamplona,11 de septiembre de 2018.–El Director del Servicio Jurídico de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, suplente de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (en virtud de la Orden Foral 316/2015, de 23 de diciembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 4, de 8 de enero), Félix Armendáriz Martínez.

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