BOLETÍN Nº 19 - 26 de enero de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

ACUERDO sobre la aplicación al personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del régimen aplicable al personal funcionario en materia de vacaciones, licencias y permisos y de reducción de jornada.

Con fecha 6 de febrero de 2017, se celebra sesión de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en la que se acuerda que una vez concluido el proceso negociador en curso en ese momento y aprobada la normativa correspondiente, se extenderá al personal laboral de dicho ámbito la aplicación del nuevo régimen en materia de vacaciones, licencias y permisos, así como el correspondiente a la reducción de jornada aplicable al personal funcionario, con efectos desde la entrada en vigor de la referida normativa tras la publicación de los correspondientes decretos forales en el Boletín Oficial de Navarra.

Con fecha 31 de agosto de 2017, se publican en el Boletín Oficial de Navarra el Decreto Foral 71/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero; y el Decreto Foral 72/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, disponiendo ambos su entrada en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Con fecha 22 de septiembre de 2017, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo supraempresarial del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos al objeto de ratificar mediante la formalización del presente Acuerdo lo acordado en su sesión de 6 de febrero de 2017, manifestándose en sentido favorable la mayoría de las organizaciones sindicales integrantes del foro.

En su virtud, en la sesión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Supraempresarial del Personal Laboral al servicio de las Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, celebrada con fecha 22 de septiembre de 2017, se suscribe el siguiente Acuerdo,

1.–Ámbito de aplicación.

El presente Acuerdo será de aplicación al personal laboral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

2.–Vigencia.

El presente Acuerdo se aplicará al personal incluido en su ámbito de aplicación con efectos desde el día 1 de septiembre de 2017.

3.–Objeto.

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer que la regulación en materia de vacaciones, licencias y permisos, así como de reducción de jornada aplicable al personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra en virtud de la normativa en vigor sea aplicable al personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

4.–Registro y depósito

Se delegan en la Administración, a través de la Secretaría de la Comisión Negociadora del convenio colectivo supraempresarial del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, la competencia para la tramitación y gestión en orden al registro y depósito del presente Acuerdo en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependiente del Ministerio de Empleo.

Una vez firmado, el presente Acuerdo será objeto de depósito y registro en el Registro General de Convenios (REGCON) en calidad de Pacto Extraestatutario desde la línea “Convenio o Acuerdo de Eficacia limitada para su depósito (D.A. 2.º), en relación con el código de referencia 31000132011988 del convenio colectivo supraempresarial del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, aprobado por Acuerdo de Gobierno de 15 de enero de 2007.

Se acuerda la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 22 de septiembre de 2017.–Por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos, M.ª José Beaumont Aristu.–Sindicatos ANPE, ELA, CCOO, LAB, SMN y UGT.

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