BOLETÍN Nº 178 - 13 de septiembre de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 38/2018, de 30 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se modifica la habilitación al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB) para la emisión a través de los cinco múltiples de cobertura local asignados a la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en su artículo 40.4, establece que “la emisión del servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres de una Comunidad o Ciudad Autónoma en otra limítrofe y con afinidades lingüísticas y culturales podrá ser efectuada siempre que así lo acuerden mediante convenio, y exista reciprocidad”.

La Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron el 15 de julio de 2016 un Convenio para la difusión de los servicios de EiTB en Navarra en los términos previstos en el artículo 40.4 de la Ley 7/2010 de 31 de marzo, de Comunicación Audiovisual.

Por este Convenio, el Gobierno de Navarra se compromete a arbitrar las soluciones técnicas más adecuadas para la difusión de los servicios de EiTB en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, en función de los canales digitales disponibles y de las circunstancias concurrentes, bien sea mediante el uso más eficiente del espectro en el múltiple autonómico actual o mediante un futuro segundo múltiple autonómico, o bien a través de los múltiples de TDT de ámbito local o de cualquier otra alternativa que fuese viable en virtud del régimen jurídico aplicable y de los recursos disponibles.

A la vista de nuevas disponibilidades en los canales digitales asignados a Navarra, el 29 de agosto de 2018, el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo, ha modificado la reserva de espacio en los diferentes múltiples de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local y autonómico de la Comunidad Foral de Navarra para la difusión de los servicios de EiTB, al amparo de las competencias previstas en el artículo 40.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Dicho Acuerdo, entre otras cuestiones, dispone la habilitación del ente público vasco para emitir ETB-3 a través de los múltiples locales de TDT de Navarra: demarcación de Estella-Lizarra (canal 24); demarcación de Pamplona/Iruña (canal 38); demarcación de Sangüesa/Zangoza: canal 45; demarcación de Tafalla (canal 31); y demarcación de Tudela (canal 39).

Por todo ello, se propone modificar la Orden Foral 49/2016 de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilita al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB-2 y ETB-3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra, reduciendo la reserva a un único canal en cada múltiple local, con el objeto de que se emita el programa de ETB-3 y dejando sin efecto la habilitación de un segundo canal en los múltiples de Estella-Lizarra, Sangüesa/Zangoza, Tafalla y Tudela para la emisión de ETB-2, que conforme al citado Acuerdo del Gobierno de Navarra de 29 de agosto de 2018 pasará a ser difundido desde el múltiple autonómico de TDT, lo que hace innecesaria su difusión a través de los múltiples de TDT local.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ORDENO:

1.º Modificar el apartado 1.º de la Orden Foral 49/2016, de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilita al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB-2 y ETB-3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra (canales 38, 31, 24, 45 y 39), que fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 184, de 22 de septiembre, y que queda redactado de la siguiente manera:

“1.º Habilitar al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB), con CIF Q0191001G, y domicilio en la calle Capuchinos de Basurtu, 2, Bilbao (Bizkaia), para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre de ámbito local en la Comunidad Foral de Navarra, mediante la emisión del programa ETB-3 a través de los siguientes canales:

–Demarcación de Estella-Lizarra: canal 24.

–Demarcación de Pamplona/Iruña: canal 38.

–Demarcación de Sangüesa/Zangoza: canal 45.

–Demarcación de Tafalla: canal 31.

–Demarcación de Tudela: canal 39.”

2.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra para conocimiento general.

3.º Notificar la presente Orden Foral al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB).

4.º Dar traslado de la presente Orden Foral a la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, a la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones e Innovación Pública, Nasertic, S.A., a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Navarra, a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, y notificarlo a Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A., Abian Media, la Asociación Cultural Xaloa y a Francisco Javier Ramos Cizaurre (Nixara), a los efectos oportunos.

5.º Contra la presente Orden Foral podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 30 de agosto de 2018.–La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, Ana Ollo Hualde.

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