BOLETÍN Nº 163 - 23 de agosto de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 170/2018, de 9 de agosto, del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en términos municipales de Abaurreagaina/ Abaurrea Alta y Jaurrieta.

Con fecha 21 de marzo de 2018, don Eduardo Ryan Murua, en representación de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en aplicación de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de la siguiente instalación eléctrica:

–Expediente: SAT10863 (2017-038 Agr./VGS)

–Finalidad de la instalación: Mejora de calidad de suministro eléctrico en la zona.

–Ubicación: Términos municipales de Abaurreagaina/ Abaurrea Alta y Jaurrieta.

–Características de la instalación: Unión de líneas a 20 kV “Aoiz-Nagore” y “Ustes-Valle de Salazar” y centro de seccionamiento de telemando intercalado.

  • Tramo 1 línea aérea a 20 kV “Ustes-Valle de Salazar”, con origen en el apoyo existente número 63 de la línea “Aoiz-Nagore” y final en el nuevo apoyo número 00.04 de la línea “Ustes-Valle de Salazar”, de 454 metros de longitud, 100-AL1/17-ST1A (antiguo 100A1/S1A).
  • Tramo 2 línea aérea a 20 kV “Ustes-Valle de Salazar”, con origen en el nuevo apoyo número 00.04 de la línea “Ustes-Valle de Salazar” y final en el apoyo a sustituir número 15.28 de la línea “Ustes-Valle de Salazar”, de 6.161 metros de longitud, 100-AL1/17-ST1A (antiguo 100A1/S1A).
  • Tramo 1 línea subterránea a 20 kV “Ustes-Valle de Salazar”, con origen en el nuevo apoyo número 00.04 de la línea “Ustes-Valle de Salazar” y final en nuevo centro de seccionamiento, de 80 metros de longitud, HEPR-Z1 12/20 kV 3x(1x240) Al+H16.
  • Tramo 2 línea subterránea a 20 kV “Ustes-Valle de Salazar”, con origen en nuevo centro de seccionamiento y final en el nuevo apoyo número 00.04 de la línea “Ustes-Valle de Salazar”, de 80 metros de longitud, HEPR-Z1 12/20 kV 3x(1x240) Al+H16.
  • Nuevo centro de seccionamiento telemandado prefabricado de superficie, de 630 kVA, 20/0,42-0,24 kV, dotado dos de celdas SF6 de línea, una de protección y una de medida.

–Presupuesto: 401.131,53 euros.

Mediante Resolución 274E/2017, de 25 de octubre, de la Directora del Servicio de Territorio y Paisaje del Gobierno de Navarra, se concedió autorización de afecciones ambientales a la instalación proyectada, sujeta a la aplicación de determinadas medidas.

Conforme a los artículos 127.1, 131.1 y 146.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, desde el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial se han remitido separatas del proyecto al Servicio de Conservación del Departamento de Desarrollo Económico, al Servicio de Medio Natural del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Con fecha 18 de abril, el Servicio de Conservación emite informe (2018/206882) en el que se hace constar que “los nuevos postes a colocar para el cruce aéreo se sitúan a 26 metros, el más cercano, respecto a la línea exterior de delimitación de la calzada de la NA-140, por tanto, a mayor distancia de la establecida para la línea de edificación, que es de 25 metros, siendo el gálibo de 8 metros, superior también a los 7 establecidos como mínimo”.

Con fecha 27 de abril, el Servicio de Medio Natural del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local emite informe (0003-0102-2017-000338) en el que se establece condicionado para la tramitación del expediente de autorización para tala de arbolado, así como para la valoración del correspondiente canon o indemnización.

Por último, consta en el expediente oficio de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 2 de julio (2018-O-408) en el que se informa favorablemente la actuación.

Asimismo, y a los efectos de lo establecido en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. fue sometida al trámite de información pública durante veinte días, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 68 de 10 de abril de 2018 y en el Diario de Navarra de la misma fecha. Asimismo fue remitida la solicitud para su informe y exposición al público, por igual período de tiempo, al Ayuntamiento de Abaurreagaina/Abaurrea Alta y al Ayuntamiento de Jaurrieta

Con fecha 24 de mayo, el Ayuntamiento de Jaurrieta presenta alegaciones relativas al procedimiento expropiatorio de las parcelas comunales, a la autorización y aprovechamiento de la tala de arbolado, y a la colocación de apoyos en parcelas de propiedad privada.

Conforme a los artículos 127.3, 131.3 y 147.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la alegación del Ayuntamiento de Jaurrieta fue remitida a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., quien en fecha 8 de junio remite respuesta.

En cuanto al procedimiento expropiatorio, Iberdrola hace constar lo establecido en el artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que indica que la declaración de utilidad pública “llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública”. En cuanto a la autorización y aprovechamiento de la tala de arbolado, Iberdrola informa que con fecha 16 de marzo ha solicitado autorización al Servicio de Medio Natural, “estando a la espera de su resolución. Según el procedimiento establecido, dicho Servicio será quien emita informe en el que, entre otros conceptos, constará la valoración técnica de la indemnización y su gestión”. Por último indica que “todas las parcelas afectadas por el proyecto son de naturaleza rústica y en ningún caso se afecta ninguna parcela urbanizable”.

Remitida la respuesta de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. al Ayuntamiento de Jaurrieta (consta acuse de recibo del 18 de junio), el Ayuntamiento no se ha manifestado al respecto. Conforme a los artículos 127.4, 131.4 y 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y transcurridos quince días sin que el Ayuntamiento haya emitido nuevo escrito de reparos, se entiende su conformidad con la contestación efectuada por Iberdrola.

En cualquier caso, el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial remite a lo establecido en el artículo 140.4 de la Ley Foral 6/1190, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que implica la desafectación automática de los bienes comunales una vez tramitado el correspondiente expediente de expropiación conforme a la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Con fecha 11 de junio desde el Ayuntamiento de Abaurreagaina/Abaurrea Alta se remite comunicación en la que consta que “el Pleno por unanimidad acuerda mostrar su conformidad con el proyecto citado y la autorización solicitada para el mismo”.

Vista la documentación obrante en el expediente y atendiendo a lo dispuesto en el la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se propone atender a lo solicitado por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 48/2016, de 15 de enero, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación (Boletín Oficial de Navarra número 20, de 1 de febrero de 2016), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 22 y 36 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa previa a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. para la unión de líneas a 20 kV “Aoiz-Nagore” y “Ustes-Valle de Salazar” y centro de seccionamiento de telemando intercalado.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre que la desarrolla, y con los efectos señalados en el artículo 140.4. de la Ley Foral 6/1190, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial don David Remírez de Ganuza, concediéndole un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

4. Reconocer a la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

5. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

6. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

7. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

8. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, al Servicio de Conservación del Departamento de Desarrollo Económico, y al Servicio de Medio Natural y a la Sección de Comunales del Servicio de Infraestructuras Agrarias, ambos del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, a los efectos oportunos.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

10. Notificar esta Resolución a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Abaurreagaina/Abaurrea Alta, al Ayuntamiento de Jaurrieta y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

Pamplona, 9 de agosto de 2018.–El Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Roberto Yoldi Echarren.

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