BOLETÍN Nº 157 - 14 de agosto de 2018

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

CASTEJÓN

Ejecución subsidiaria de orden de ejecución

Desconociéndose el titular del inmueble sito en calle Romeral, 34 de Castejón, por el presente anuncio se pone en conocimiento del mismo, por los medios establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Resolución número 465/2018 dictada por Alcaldía en fecha 8 de agosto de 2018, que se trascribe a continuación:

“Visto que mediante Resolución de Alcaldía de fecha 10 de julio de 2018, sobre necesidad de realizar las actuaciones necesarias para mantener la edificación en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, sita en la calle Romeral, 34, de Castejón, se ordenó la ejecución de las actuaciones necesarias de limpieza del inmueble, conforme al 198 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, estableciendo un plazo de 2 días para ejecutarlas, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, el órgano administrativo competente procedería a su ejecución subsidiaria, a cargo del interesado/a de acuerdo con lo establecido en el artículo 198.3 del mismo Texto Refundido.

Las actuaciones a ejecutar en el referido plazo eran concretamente las siguientes:

–Desbrozado de interior de parcela.

–Poda de arbustos en general.

–Limpieza de linderos y fachada de vivienda.

–Retirada de residuos orgánicos.

–Aplicación herbicida.

–Limpieza, desinfección y desratización.

Visto el informe emitido por el arquitecto municipal de fecha 8 de agosto de 2018, en el que se pone en conocimiento de esta Alcaldía el incumplimiento de la orden referida, una vez transcurrido el plazo concedido a tal efecto.

Considerando que, de acuerdo con el artículo 99 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –LPACAP–, “Las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos... “, y que el artículo 198.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, establece que “el incumplimiento de una orden de ejecución faculta al Ayuntamiento para proceder a su ejecución subsidiaria, o para imponer multas coercitivas, hasta doce sucesivas por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros, hasta el límite del deber legal de conservación. En todo caso, transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la Administración actuante estará obligada a ejecutar subsidiariamente las obras ordenadas, con cargo al obligado”.

De acuerdo con los antecedentes y consideraciones expuestas, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 198 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, y el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

He resuelto:

Primero.–Incoar expediente de ejecución subsidiaria de Resolución de Alcaldía de fecha 10 de julio de 2018, conforme al artículo 198.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, por la que se ordenó la ejecución de las actuaciones necesarias del inmueble, conforme al artículo 198.1 y 2 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, contra los propietarios (herederos legítimos o herencia yacente de doña M.ª Ángeles Lain Grasa o actuales propietarios desconocidos), una vez constatado el incumplimiento de los interesados/as de la orden de ejecución adoptada.

Segundo.–Apercibir a los interesados/as, concediéndole un nuevo plazo de 2 días para que se cumpla en su totalidad la referida resolución. Transcurrido el mismo sin efectuarlo, se procederá por esta Administración a la ejecución subsidiaria de las mencionadas obras, a costa de los obligados/as.

Tercero.–Notificar la presente Resolución a los propietarios (herederos legítimos o herencia yacente de doña M.ª Ángeles Lain Grasa o actuales propietarios desconocidos) mediante publicación de anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de Navarra y en el BOE, así como a todos los interesados en el expediente, dando traslado de la misma a los servicios técnicos municipales”.

Lo que se le notifica, como propietario/a o interesado/a, haciéndole saber que el acto que se le notifica no agota la vía administrativa por tratarse de un acto de trámite y que contra el mismo no procede interponer recurso alguno.

Castejón, 9 de agosto de 2018.–El Alcalde, David Álvarez Yanguas.

Código del anuncio: L1810233